Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2013 (06/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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establecido en el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4º.- La titular de la autorizacion renovada esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados. Articulo 5º.- La titular de la autorizacion renovada debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1008953-1

El Peruano Miercoles 6 de noviembre de 2013

Renuevan plazo de autorizacion otorgada a favor de Radio y Television Red MORDAZA E.I.R.L., para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 543-2013-MTC/03 MORDAZA, 24 de octubre del 2013 VISTA, la solicitud de registro Nº 2012-010202 del 23 de febrero de 2012, presentada por la empresa RADIO Y TELEVISION RED MORDAZA E.I.R.L. sobre renovacion de autorizacion de la estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en la localidad de Puno-Juliaca-Huancane-Lampa-Moho-Azangaro-Putina-Ilave-Ayaviri, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 5512002-MTC/15.03 del 06 de agosto de 2002, se otorgo a la empresa RADIO Y TELEVISION RED MORDAZA E.I.R.L. autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de Puno; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 235-2005MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), para las localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Puno-JuliacaHuancane-Lampa-Moho-Azangaro-Putina-Ilave-Ayaviri; Que, a traves del escrito de registro Nº 2012010202 del 23 de febrero de 2012, la empresa RADIO Y TELEVISION RED MORDAZA E.I.R.L. solicito la renovacion de la autorizacion otorgada con Resolucion Viceministerial N° 551-2002-MTC/15.03; Que, conforme al articulo 15 de la Ley de Radio y Television ­ Ley No. 28278, concordado con los articulos 21 y 67 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69, 70 y 71 del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion

de autorizaciones otorgadas para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el articulo 68 del citado Reglamento de la Ley de Radio y Television, dispone que la solicitud de renovacion puede presentarse desde los seis (6) meses previos a la fecha de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion hasta el mismo dia de su vencimiento; verificandose en el presente caso, que la solicitud de renovacion fue presentada el 23 de febrero de 2012, esto es, MORDAZA que venciera la vigencia de la autorizacion; Que, mediante Informe N° 5797-2012-MTC/29.02 del 28 de diciembre de 2012, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones da cuenta de la inspeccion tecnica realizada el 18 de noviembre de 2012 a la estacion de radiodifusion autorizada a la empresa RADIO Y TELEVISION RED MORDAZA E.I.R.L., senalando que se encuentra prestando el servicio de radiodifusion sonora en Onda Media (OM), conforme a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas autorizadas, cumpliendo con las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y el objetivo y programacion del proyecto de comunicacion, siendo favorable el resultado de la inspeccion tecnica; Que, con Hojas Informativas N° 07091 y N° 070922013-MTC/28 del 04 de octubre de 2013, el Responsable de Recaudacion en Comunicaciones informa que la empresa RADIO Y TELEVISION RED MORDAZA E.I.R.L. y su Titular-Gerente, senor MORDAZA MORDAZA UGARTE, respectivamente, no adeudan importe alguno por concepto de canon, tasa, multa o derecho; es decir, no registran deudas con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Informe N° 2494-2013-MTC/28 del 18 de octubre de 2013, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones concluye que en merito de la evaluacion tecnica y legal es procedente otorgar a la empresa RADIO Y TELEVISION RED MORDAZA E.I.R.L., por el plazo diez (10) anos, la renovacion de la autorizacion de operacion de la estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) ubicada en la localidad de Puno-Juliaca-Huancane-Lampa-MohoAzangaro-Putina-Ilave-Ayavari, departamento de Puno; Que, por lo tanto, corresponde aprobar la renovacion de la autorizacion de la estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) de la empresa RADIO Y TELEVISION RED MORDAZA E.I.R.L., ubicada en localidad de Puno-Juliaca-Huancane-Lampa-MohoAzangaro-Putina-Ilave-Ayaviri, departamento de Puno; Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, de acuerdo a sus competencias establecidas en el articulo 82 del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 0212007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1.- Renovar el plazo de vigencia de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial N° 551-2002-MTC/15.03 a favor de la empresa RADIO Y TELEVISION RED MORDAZA E.I.R.L., para que continue prestando el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Puno-JuliacaHuancane-Lampa-Moho-Azangaro-Putina-Ilave-Ayaviri, departamento de Puno. Articulo 2.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la MORDAZA renovacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial N° 551-2002-MTC/15.03, el mismo que vencera el 25 de febrero de 2023. Articulo 3.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procedera de acuerdo a lo establecido en el

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