Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2013 (06/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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El Peruano Miercoles 6 de noviembre de 2013

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban desafectacion de su condicion de dominio publico de terreno ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, a fin que se incorpore al dominio privado del Estado
SUBDIRECCION DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCION Nº 081-2013/SBN-DGPE-SDDI MORDAZA, 4 de noviembre de 2013 Visto el Expediente Nº 247-2013/SBN-SDDI, que corresponde al tramite de transferencia predial a titulo gratuito a favor del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, respecto del terreno de 68 485.57 m², que forma parte del denominado Parcela J (Casco MORDAZA de San Bartolo) Lote Remanente 2, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales­SBN, en merito a la Ley Nº 29151 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA, asi como al Decreto Supremo Nº 0582011-PCM, que actualiza la calificacion y relacion de los organismos publicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, es el Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de adquisicion, disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion esta a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social; Que, el Estado es propietario del area de 233 113,61 m², denominado "Parcela J" (Casco MORDAZA de San Bartolo) Lote Remanente 2, distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrita en la Partida Nº P03288980 del Registro de Predios de MORDAZA y con Registro SINABIP Nº 17449 del departamento de Lima; Que, con Resolucion Nº 181-2011/SBN-DGPESDAPE, de fecha 24 de junio de 2013, modificada por Resolucion Nº 210-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 15 de MORDAZA de 2013, se califico como bien de dominio publico y se aprobo la entrega en administracion a favor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA el area de 34 030,30 m², que forma parte del predio descrito en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion, para que sea utilizado como area verde; Que, con Resolucion Nº 182-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 24 de junio de 2011, se califico como bien de dominio publico y se aprobo la entrega en administracion a favor de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA el area de 14 934,28 m², que forma parte del predio descrito en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion, para que sea utilizado como area verde; Que, con Resolucion Nº 164-2013/SBN-DGPESDAPE, de fecha 04 de octubre de 2013, se aprobo la extincion de la asignacion en administracion a favor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de las areas de 34 030,30 m² y 14 934,28 m², que forman parte del predio descrito en el MORDAZA parrafo de la presente Resolucion; Que, con Oficio Nº 405-2013/VIVIENDA-VMCS de fecha 13 de agosto de 2013, la Viceministra de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, traslada el Oficio Nº 592013/PROINVERSION/DPI/SDGPE/JPSA.04 de fecha 06 de agosto de 2013, en el que el Jefe del Proyecto de

Saneamiento de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION solicita se transfiera a favor del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento el dominio el area de 68 485.57 m², que forma parte del predio descrito en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion, para la ejecucion del proyecto denominado "Provision de Servicios de Saneamiento para los distritos del Sur de Lima"; Que, las areas de 34 030,30 m² y 14 934,28 m², mencionadas en el tercer y MORDAZA considerando de la presente Resolucion forman parte de la extension del area de 68 485,56 m², solicitados en transferencia por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, con fecha 17 de octubre de 2013, profesionales de esta Superintendencia llevaron a cabo la inspeccion tecnica al predio solicitado en transferencia por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, observandose que se trata de un terreno casi plano en un 40 % de su extension, y el resto esta compuesto por cumbre y ladera de cerro, con pendiente accidentada, encontrandose la totalidad libre de ocupacion, constatandose que no se ha cumplido con la finalidad para la cual fue otorgada; Que, el articulo 43º del Reglamento de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales", aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias, establece que la desafectacion de un bien de dominio publico, procedera cuando MORDAZA perdido la naturaleza o condicion apropiada para su uso publico o para prestar un servicio publico y debera ser aprobada por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; excepcionalmente, a solicitud de la entidad, previo informe sustentatorio, la SBN procedera a aprobar la desafectacion de los predios de dominio publico; Que, es preciso senalar que en nuestra legislacion la desafectacion administrativa es de caracter formal, requiere de una declaracion administrativa y recaer sobre una situacion factica, sustentada en hechos concretos que evidencien que el predio ha perdido su naturaleza o condicion apropiada de bien de dominio publico; Que, en atencion a lo senalado en el considerando precedente, la desafectacion administrativa puede definirse como el acto administrativo por el cual se declara el cese de la condicion de dominio publico de un bien estatal para ingresar al dominio privado del Estado, con lo cual pierde los atributos inherentes del dominio publico, tales como son la inalienabilidad e imprescriptibilidad; debe ser declarada por la autoridad administrativa competente como producto de la aplicacion del hecho concreto, situacion que declara la imposibilidad de destinar el predio a un fin publico; Que, de acuerdo a lo senalado en el literal f) del articulo 48º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0162010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, corresponde a la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario, aprobar la desafectacion de bienes de dominio publico, incorporandolo al dominio privado del Estado, de conformidad con la normatividad vigente; Que, estando a los fundamentos senalados en el Informe Tecnico Legal Nº 0177-2013/SBN-DGPE-SDDI, de fecha 04 de noviembre de 2013, corresponde declarar la desafectacion de su condicion de dominio publico de los predios MORDAZA descrito, de conformidad con el articulo 43º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, dado que el predio no cumple con su condicion de uso publico ni de soporte para la prestacion de un servicio publico; y, Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales", su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias, Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la desafectacion de su condicion de dominio publico del terreno de propiedad del Estado de 34 030,30 m², que forma parte del predio de mayor extension denominado "Parcela J", ubicado a la altura del Kilometro 52 de la carretera Panamericana Sur, distrito de

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