Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2013 (06/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Miercoles 6 de noviembre de 2013

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Asamblea Nacional de Rectores, precisando en el articulo 32° del mencionado Reglamento las funciones del fedatario de la institucion, entre ellas, refrendar las certificaciones de resoluciones de reconocimiento de MORDAZA y titulos asi como certificar y autenticar documentos oficiales que soliciten interesados oficiales que soliciten los interesados a la Asamblea Nacional de Rectores; Que, la Direccion General de Asesoria Juridica mediante su informe de vistos, opina que en merito a las normas ya MORDAZA precitadas resulta procedente que la Asamblea Nacional de Rectores pueda designar un Fedatario Adjunto, para refrendar las certificaciones de resoluciones de reconocimiento de MORDAZA y Titulos y certificar y autenticar los documentos oficiales que soliciten los interesados a la ANR; Que, con memorando N° 1075-2013-SE, la Secretaria Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone la elaboracion de una resolucion designando al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Fedatario Adjunto de la institucion; Estando a lo autorizado por la Alta Direccion; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.Designar como Fedatario Adjunto de la Secretaria General de la Asamblea Nacional de Rectores al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien debera refrendar las certificaciones de resoluciones de reconocimiento de MORDAZA y Titulos y certificar y autentificar los documentos oficiales que soliciten los interesados a la Asamblea Nacional de Rectores en ausencia, impedimentos o recargadas labores del Fedatario Titular. Articulo 2º.- Encargar a la Secretaria General y a las Direcciones Generales pertinentes tomar las acciones necesarias para el cumplimiento de los establecido en el articulo precedente. Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en la pagina web de la institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 1009605-1

SE RESUELVE: Articulo Primero: DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del 2° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, a partir del 06 de noviembre del presente ano y mientras dure la licencia de la doctora MORDAZA Soto. Articulo Segundo: DESIGNAR a la doctora MORDAZA MINNELLI MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del 12° Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de MORDAZA, a partir del 07 de noviembre del presente ano y mientras dure la licencia de la doctora Llaque Napa. Articulo Tercero: PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1009935-1

ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Designan Fedatario Adjunto Secretaria General de la ANR
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1543-2013-ANR MORDAZA, 22 de octubre de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El memorando N° 0757-2013-SG, de fecha 18 de setiembre de 2013; informe N° 735-2013-DGAJ, de fecha 25 de setiembre de 2013; memorando Nº 1075-2013-SE, de fecha 30 de setiembre de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, el Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores, solicita a la Secretaria Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores, la necesidad urgente de designar un MORDAZA fedatario adjunto en la Secretaria General; Que, la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone en su articulo 127°, inciso 1), que cada entidad designa fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepcion documental, en numero proporcional a sus necesidades de atencion, quienes, sin exclusion de sus labores ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, el precitado articulo senala ademas que "El fedatario tiene como labor personalisima, comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la MORDAZA presentada, la fidelidad del contenido de esta MORDAZA para su empleo en los procedimientos de la entidad, tambien puede a solicitud de los administrados, certificar firmas previa verificacion de la entidad del suscriptor, para las actuaciones administrativas concretas en que sea necesario"; Que, el Reglamento de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria dispone en el inciso j) del articulo 31°, que el Secretario General es el Fedatario Titular de la

de

la

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Otorgan duplicado de diploma de grado academico de bachiller de la Universidad Nacional del Centro del Peru
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU RESOLUCION Nº 1906-CU-2013 Huancayo, 27 de agosto de 2013. EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 21668 de fecha 25 de MORDAZA del 2013, por medio del cual MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita Duplicado de Diploma de Grado Academico de Bachiller en Pedagogia y Humanidades. Especialidad: Biologia y Quimica, por perdida.

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