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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (16/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 34

El Peruano Sábado 16 de noviembre de 2013 507228 intendencias de aduana de Paita, Salaverry, Chimbote, Marítima del Callao, Pisco, Mollendo e Ilo. 1. A través de la SER de operaciones asociadas al manifi esto de carga de ingreso y desconsolidado, el OCE tramita las rectifi caciones de las OAM señaladas en los incisos a), c), d), e) y f) del numeral 3 de la sección VI del presente procedimiento. La solicitud de rectifi cación correspondiente al supuesto señalado en el inciso b) del numeral 3 de la sección VI del presente procedimiento se tramita a través de la presentación de un expediente para la evaluación correspondiente. 2. La aprobación automática de la SER de operaciones asociadas se efectúa bajo las condiciones señaladas en el siguiente cuadro: SER DE LAS OAM TIPO DE DOCUMENTO CONDICIONES PARA LA APROBACIÓN AUTOMÁTICA RECTIFICACIÓN DE DATOS Fecha y hora de llegada Que el manifi esto de carga no cuente con registro del término de la descarga. Nota de tarja Que la carga no haya salido del puerto y se encuentre dentro del plazo de ocho (8) horas siguientes al término de la descarga. ICA y tarja al detalle Que la mercancía no se encuentre en alguno de los siguientes supuestos: 1. En abandono legal; 2. Con ACE vigente; 3. Datada; 4. Rectifi que bultos de menos. ANULACIÓN Bultos faltantes o sobrantes Que el documento de transporte no cuente con ACE vigente. 3. En caso la SER de operaciones asociadas no cumpla con las condiciones para su aprobación automática, el OCE debe tramitar su solicitud a través de la presentación de un expediente para la evaluación correspondiente. A.3 Rectifi cación del manifi esto de carga de ingreso, desconsolidado y de las OAM en las demás intendencias de aduana de la República. 1. En la Intendencia de Aduana Aérea del Callao, el OCE puede realizar la rectifi cación automática del manifi esto de carga de ingreso hasta antes del registro de fecha y hora de llegada del medio de transporte. Tratándose del manifi esto de carga desconsolidado puede realizar la rectifi cación automática siempre que se transmita antes de la aceptación de la desconsolidación; de no proceder la rectifi cación automática se somete al proceso de presentación física. La rectifi cación de errores de descripción de las mercancías en el manifi esto de carga requiere necesariamente la presentación de documentación sustentatoria indicada de manera referencial en el anexo 4 del presente procedimiento. 2. En las intendencias de aduana donde no se realiza la transmisión electrónica de las solicitudes de rectifi cación del manifi esto de carga, o cuando éstas no se puedan realizar el OCE se sujeta al proceso de presentación física de las solicitudes de rectifi cación del manifi esto. 3. El OCE presenta la solicitud de rectifi cación (anexos 1, 2 y 3), la que debe contener los fundamentos correspondientes, adjuntando copia del documento de transporte en caso corresponda y la documentación que se detalla de manera referencial en el anexo 4 del presente procedimiento, sin perjuicio que la autoridad aduanera pueda requerir otros documentos. 4. El funcionario aduanero designado verifi ca que la solicitud se encuentre debidamente sustentada, foliada, fi rmada por el representante legal del OCE y que haya sido presentada dentro de los plazos señalados en el presente procedimiento. Para el trámite de las solicitudes es de aplicación lo señalado en el literal A.1 de la presente sección del procedimiento, en lo que corresponda. B. RECTIFICACIÓN DEL MANIFIESTO DE CARGA DE SALIDA, CONSOLIDADO Y DE LAS OAM 1. En las intendencias de aduana que cuentan con transmisión electrónica del manifi esto de carga de salida y consolidado, el OCE rectifi ca en forma electrónica dichos documentos dentro del plazo señalado en el segundo párrafo del numeral 8 de la sección VI del presente procedimiento, caso contrario la solicitud se somete al proceso de presentación física, siendo de aplicación lo señalado en el literal A de la presente sección del procedimiento, en lo que corresponda. En todos los casos las solicitudes de rectifi cación de las OAM se somete al proceso de presentación física. VIII. FLUJOGRAMA Publicado en el portal web de la SUNAT (www.sunat. gob.pe). IX. INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS Es aplicable lo dispuesto en la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053, su Tabla de Sanciones aprobada por Decreto Supremo Nº 31-2009-EF, la Ley de Delitos Aduaneros aprobada por Ley Nº 28008 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 121- 2003-EF y otras normas aplicables. X. REGISTROS - Rectifi caciones automáticas del manifi esto de ingreso: Código : RC-01-INTA-PG.09.02 Tipo de almacenamiento : electrónico Tiempo de conservación : permanente Ubicación : SIGAD Responsable : Intendencia de Aduana. - Rectifi caciones con evaluación previa del manifi esto de ingreso: Código : RC-02-INTA-PG.09.02 Tipo de almacenamiento : electrónico Tiempo de conservación : permanente Ubicación : SIGAD Responsable : Intendencia de Aduana. - Incorporaciones automáticas del manifi esto de ingreso: Código : RC-03-INTA-PG.09.02 Tipo de almacenamiento : electrónico Tiempo de conservación : permanente Ubicación : SIGAD Responsable : Intendencia de Aduana. - Incorporaciones con evaluación previa del manifi esto de ingreso: Código : RC-04-INTA-PG.09.02 Tipo de almacenamiento : electrónico Tiempo de conservación : permanente Ubicación : SIGAD Responsable : Intendencia de Aduana. - Solicitudes de incorporación de documentos de transporte o rectifi cación del manifi esto de carga de salida con expediente: Código : RC-05-INTA-PG.09.02 Tipo de almacenamiento : físico Tiempo de conservación : 5 años Ubicación : Intendencia de Aduana Responsable : Intendencia de Aduana. XI. VIGENCIA El presente procedimiento entrará en vigencia a partir del 9.12.2013, excepto para la jurisdicción de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao en la cual entrará en vigencia el 3.2.2014. XII. ANEXOS Publicados en el portal web de la SUNAT (www.sunat. gob.pe) Anexo 1: Solicitud de Rectifi cación del Manifi esto de Carga. Anexo 2: Solicitud de Incorporación de Documentos de Transporte al Manifi esto de Carga. Anexo 3: Solicitud de Rectifi cación de las Operaciones Asociadas al Manifi esto de Carga. Anexo 4: Documentos sustentatorios para las rectifi caciones del Manifi esto de Carga.