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El Peruano Sábado 16 de noviembre de 2013 507222 de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modifi catorias; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje la señorita VERONICA JOANNA PAREDES SARMIENTO, Asesora del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Salt Lake City, Utah, Estados Unidos de América, del 18 al 22 de noviembre de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US $ 2,707.52 Viáticos : US $ 1,760.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria deberá presentar al Despacho Ministerial, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. TERESA NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1015251-1 Aprueban actualización del Perfil Ocupacional de Operario(a) de Limpieza RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 35-2013-MTPE/3/19 Lima, 31 de octubre de 2013 VISTOS: El Ofi cio N° 953-2013-MTPE/3/19.2 de fecha 31 de octubre de 2013, de la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, así como los Informes N° 002-2013-MTPE/3/19.2/CJHG-PACC y N° 036- 2013-MTPE/3/19.2/MAAA, en relación a la actualización del Perfi l Ocupacional de Operario(a) de Limpieza; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, se establece como una de las áreas programáticas del sector, la de normalización y certifi cación de competencias laborales (literal “h” del artículo 4°), ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional (numeral 5.1. del artículo 5°), así como función rectora formulando, planifi cando, dirigiendo, coordinando, ejecutando, supervisando y evaluando las políticas nacionales y sectoriales (literal “a”, numeral 3.1., Artículo 3° del Decreto Supremo N° 004-2010-TR); Que, conforme al Decreto Supremo N° 004-2010-TR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral como órgano de línea, es responsable de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar las políticas públicas (artículo 71°) y tiene como función específi ca emitir y aprobar lineamientos, directivas, mecanismos y procedimientos en el ámbito nacional y sectorial (literal “c” del artículo 72°), en normalización y certifi cación de competencias laborales; Que, de acuerdo al citado Decreto Supremo, constituye función específi ca de la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales: proponer, validar, actualizar y promover la elaboración de perfi les ocupacionales en base a competencias laborales (literal “b” del artículo 75°); Que, mediante Resolución Ministerial N° 026-2010-TR, son aprobados los Criterios del Proceso de Certifi cación de Competencias Laborales, estableciendo el marco procedimental y contenido mínimo de un Perfi l Ocupacional, siendo instancias competentes para proponerlo la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, así como las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, de conformidad al numeral Segundo del Anexo adjunto a la Resolución Ministerial N° 026-2010-TR, los Perfi les Ocupacionales se actualizan de acuerdo a los cambios tecnológicos y productivos del sector económico; Que, mediante Resolución Directoral N° 004-2010- MTPE/3/11.2, se refrendó el Perfi l Ocupacional de Operario(a) de Limpieza, vigente por un período de tres años, siendo prorrogado su vigencia mediante Resolución Directoral N° 019-2013-MTPE/3/19; Que, la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, luego de la revisión y análisis correspondiente, mediante ofi cio e informes de vistos propone actualizar el Perfi l Ocupacional referido precedentemente; Que, de conformidad al sustento técnico realizado en el Informe N° 002-2013-MTPE/3/19.2/CJHG-PACC, se indica entre otros, en relación al Perfi l Ocupacional referido, que dado a cambios tecnológicos y productivos ocurridos en el sector correspondiente, se han incorporado nuevos procedimientos para el desempeño de la labor y condiciones de desempeño en las unidades de competencia a efectos de responder a las demandas actuales; adicionalmente se advierte la necesidad de identifi car los puestos de trabajo vinculados a las unidades de competencia del Perfi l Ocupacional de Operario(a) de Limpieza, dado que permite una mejor comprensión por parte de los actores involucrados en la normalización y certifi cación de competencias laborales; Que, la actualización propuesta cuenta con el control de calidad efectuado según Informe N° 036-2013-MTPE/3/19.2/ MAAA, en base a la “Matriz de control de calidad del diseño de un Perfi l Ocupacional” aplicada a tal efecto; Que, estando a las facultades y atribuciones de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral y en el ejercicio de sus funciones específi cas asignadas por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación de la actualización del Perfi l Ocupacional Aprobar la actualización del Perfi l Ocupacional de Operario(a) de Limpieza, propuesta por la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Incorporación y vigencia Incorpórese el Perfi l Ocupacional de Operario(a) de Limpieza actualizado, al Catálogo Nacional de Perfi les Ocupacionales, el mismo que tendrá una vigencia de tres (03) años y servirá de base para procesos de evaluación y certifi cación de competencias laborales que se inicien. Artículo 3º.- Vigencia de procesos iniciados Los procesos de evaluación y certifi cación de competencias laborales iniciados en base al Perfi l Ocupacional de Operario(a) de Limpieza, aprobado mediante Resolución Directoral N° 004-2010-MTPE/3/11.2, continuarán vigentes hasta que concluyan conforme a la normatividad de la materia. Artículo 4°.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en la separata de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano, así como en el portal web institucional de la entidad (www.trabajo.gob.pe) donde se adicionarán el Mapa Funcional, Perfi l Ocupacional actualizado y el Anexo de puestos de trabajo vinculados a sus unidades de competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ASTRID AIMÉE SÁNCHEZ FALERO Directora General de Formación Profesional y Capacitación Laboral 1014676-1