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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (16/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 57

El Peruano Sábado 16 de noviembre de 2013 507251 constituir una Comisión Mixta, encargada de articular, evaluar y facilitar el diseño de Planes Urbanos Específi cos, Proyectos Urbanos Estratégicos y Proyectos de Vivienda en el marco del proceso del Plan de Desarrollo Urbano Metropolitano de Lima; Que, corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima en sujeción a su competencia en materia de planifi cación, desarrollo urbano y vivienda, declarar de interés metropolitano las solicitudes que se formulen en relación a dichas materias, con el apoyo consultivo de la referida Comisión Mixta, como órgano colegiado integrado por representantes de las diferentes entidades públicas y privadas con injerencia en los procesos de Reajuste de Zonifi cación, Habilitación Urbana, Edifi caciones y Promoción Urbana; con la fi nalidad de priorizar su ejecución en razón al interés de la ciudad de Lima; De conformidad con lo establecido en el inciso 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Créase la Comisión Mixta, cómo órgano de apoyo y asesoramiento de la Municipalidad Metropolitana de Lima, encargada de articular, evaluar y facilitar Planes Urbanos Específi cos, Proyectos Urbanos Estratégicos y Proyectos de Vivienda en el marco del proceso del Plan de Desarrollo Urbano Metropolitano de Lima, a efectos de declararlos de interés local, metropolitano o nacional, y en merito a ello priorizar las actuaciones conducentes a la emisión del acto administrativo o acto de gobierno que corresponda. Para lo cual, realizará las siguientes acciones: 1.1 Identifi car zonas prioritarias dentro de la provincia de Lima para la promoción de Planes Específi cos, programas y proyectos de desarrollo y renovación urbana. 1.2 Acordar los programas de usos y estrategias de dichos Planes Específi cos, según los lineamientos de políticas del Plan Urbano de Lima. 1.3 Coordinar y facilitar la gestión y zonifi cación del suelo para poner en marcha programas y proyectos de desarrollo, renovación urbana y vivienda con inversión pública y privada. 1.4 Coordinar y planifi car la provisión de infraestructura de agua, alcantarillado y vías, energía y otros necesarios como acciones previas para la puesta en marcha de programas y proyectos prioritarios de desarrollo urbano. 1.5 Convocar y coordinar con otras entidades del Gobierno Nacional y con las Municipalidades distritales, según corresponda, para consensuar las iniciativas priorizadas, concordar los permisos y autorizaciones necesarias para el inicio, prosecución y culminación de los proyectos. 1.6 Proponer instrumentos, procedimientos y mecanismos fi nancieros de gestión que aseguren la viabilidad y continuidad de los proyectos propuestos, así como los mecanismos para tal fi n. 1.7 Proponer reformas normativas y reglamentarias para simplifi car y mejorar la gestión del suelo y del desarrollo urbano en Lima. Así como, para la aplicación de las normas procedimentales y técnicas vigentes que optimicen la dotación de equipamientos, servicios y espacios públicos que generen mejor calidad de vida. 1.8 Evaluar las propuestas que se formulen en materia de planifi cación, desarrollo urbano y vivienda, para acordar si constituyen de interés local, metropolitano o nacional y en mérito a ello se impulsará la priorización de las actuaciones administrativas relacionadas a las licencias de habilitación urbana y de edifi cación y a los actos previos como las factibilidades de servicios, planeamientos integrales, estudios de impacto vial y ambiental, así como actos de gobierno que regulen el uso del suelo según corresponda. Artículo 2º.- La Comisión Mixta estará integrada por: • El Director Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Planifi cación, en representación de la Alcaldesa, quien lo presidirá; • El Gerente de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en calidad de Secretario Técnico; • El Director Nacional de Urbanismo, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; • El Director Nacional de Saneamiento, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; • El Presidente o Gerente General de la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios - ADIPERU, como representante del sector inmobiliario; • El Presidente o Gerente General de la Cámara Peruana de la Construcción – CAPECO, como representante del sector infraestructura; • Dos integrantes del Equipo Técnico encargado de la elaboración del Plan Metropolitano de Desarrollo Urbano. La Comisión Mixta deberá invitar a participar de sus sesiones a los representantes de las municipalidades distritales en cuya jurisdicción se ubica el predio materia de la propuesta, asimismo podrá invitar a representantes de otras entidades públicas o privadas cuando así lo requieran. Artículo 3º.- La Comisión Mixta se deberá instalar en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles de publicada la presente Resolución de Alcaldía, para lo cual las entidades públicas y privadas mencionadas en el artículo precedente, acreditarán a sus representantes (titular y alterno), por escrito ante la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima dentro del citado plazo. El funcionamiento de la Comisión Mixta no demandará gastos adicionales a la Municipalidad Metropolitana de Lima, sus integrantes actuarán Ad Honorem. Los diferentes órganos integrantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima prestarán el apoyo para la realización de las funciones de la Comisión Mixta, cuando ésta lo requiera. Artículo 4º.- La Comisión Mixta será permanente, a partir de la publicación de la presente Resolución de Alcaldía, y deberá presentar informes trimestrales a la Alcaldesa Metropolitana así como el Informe Final de las actividades realizadas a los 15 meses de instalada. Artículo 5º.- Encargar a Secretaria General del Concejo efectuar la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano y su notifi cación a las entidades a que hace referencia el artículo 2º. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1014140-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Modifican la Directiva “Normas y procedimientos para la ejecución y control del Sorteo VPSI-2012”, aplicable al “Sorteo VPSI 2013” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-ALC/MSI San Isidro, 14 de noviembre de 2013 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO VISTO: El Memorándum N° 0688-2013-1100-GAT/MSI de la Gerencia de Administración Tributaria que remite un proyecto de Decreto de Alcaldía que modifi ca la Directiva N° 011-2012/MSI “Normas y procedimientos para la ejecución y control del Sorteo VPSI-2012”, aprobada por Decreto de Alcaldía N° 017-ALC/MSI del 24 de agosto de 2012, modifi cada por Decreto de Alcaldía N° 021-ALC/MSI del 28 de noviembre de 2012, cuyas reglas son aplicables al “Sorteo VPSI-2013”, según Decreto de Alcaldía N° 004- ALC/MSI del 22 de marzo de 2013. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 264-MSI, modifi cada por Ordenanza N° 285-MSI, se aprobó el “Programa de Incentivos VPSI” dirigido a los contribuyentes, personas naturales, propietarias de predios destinados a uso casa habitación, que se encuentran al día en el pago de sus obligaciones tributarias y los que se encuentren registrados en el Directorio de Principales Contribuyentes aprobado