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El Peruano Sábado 16 de noviembre de 2013 507248 Que, la petición se ampara en las disposiciones contenidas en el artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y, en el artículo 67º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009- 93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la peticionaria ha presentado Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, mediante Resolución de fecha 08 de noviembre del 2013 se aprueba el Plan de Manejo Ambiental de la Central Térmica Tantahuatay, y se anexa el instrumento ambiental al expediente de Autorización para la Generación eléctrica de la Central Térmica Tantahuatay, para fi nes de fi scalización. Que, la Ofi cina de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 126- 2013-GR.CAJ/DREM/E-SSFO; Estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas, D.S. Nº 056-2009-EM y el ítem 05 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Cajamarca y con la opinión favorable del Director Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional Cajamarca, el Representante de la Ofi cina de Electricidad y el Representante de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de ésta Dirección Regional; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización a favor de la CIA. MINERA COIMOLACHE S.A, para desarrollar la actividad de Generación de Energía Eléctrica en las instalaciones de la Central Térmica Tantahuatay, con una potencia instalada de 1, 250 kW, ubicada en el distrito de Hualgayoc, provincia de Hualgayoc y Departamento de Cajamarca. Artículo 2º.- La titular está obligada a operar cumpliendo los compromisos asumidos en la declaración jurada y el Plan de Manejo Ambiental que forma parte del expediente de solicitud de autorización para generación de Energía Eléctrica; por tanto queda obligada a cumplir con las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como, al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución Directoral Regional, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) días calendario siguientes a su expedición, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR E. CUSQUISIBAN FERNANDEZ Director de la Dirección Regional de Energía y Minas Gobierno Regional Cajamarca 1014488-1 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en periodo comprendido entre el 1 de agosto al 31 de octubre de 2013 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 237-2013-GRL-GRDE-DREM Huacho, 5 de noviembre de 2013 VISTO: La relación de Títulos de Concesión Minera, otorgados por la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Lima, durante el periodo comprendido entre el 01de Agosto de 2013 al 31 de Octubre de 2013 y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27857 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejercerán funciones específi cas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas asumir las funciones en materia de minas, entre las cuales se establece la función de otorgar Concesiones para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance regional, conforme lo señala el inciso f) del artículo 59 de la ley referida; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 503-2007-PRES se aprobó el Manual de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Lima, en la cual se establece que el Director Regional de Energía y Minas tiene dentro de sus funciones específi cas “otorgar petitorios y concesiones mineras para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance Regional”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 046-2008- MEM/DM, de fecha 02 de febrero de 2008 se declara que el Gobierno Regional de Lima ha concluido con el proceso de transferencias de funciones sectoriales en materia de energía y minas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 139-2008- MEM/DM, de fecha 27 de marzo del 2008 se aprueba la relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Energía y Minas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, la autoridad competente publicará en el Diario Ofi cial “El Peruano”; por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados; De conformidad con la atribución establecida en el artículo 59º de la ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Resolución Ministerial Nº 046-2008-MEM/DN y con la facultad conferida a la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Lima; SE RESUELVE: Artículo Único.- PUBLÍQUESE en el Diario Ofi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en el durante el periodo comprendido entre el 01de Agosto de 2013 al 31 de Octubre de 2013, de acuerdo a la nomenclatura siguiente: A) NOMBRE DE LA CONCESION, B) CODIGO, C) NOMBRE DEL TITULAR, D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION DIRECTORAL, E) ZONA, F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS Y G) CORDENADAS UTM DE AREAS A RESPETAR; siendo estos los siguientes: 1.- A) PURA ROSA REM B) 650000512 C) GARAYAR ROCHA OLIVIA DEL ROSARIO D) 180-2013-GRL-GRDE- DREM 14/08/2013 E) 18 F) V1: N8810 E251 V2: N8809 E251 V3: N8809 E249 V4: N8810 E249 2.- A) PEDRO CESAR DOS B) 650000711 C) CHICASACA QUISPE PEDRO CESAR D) 178-2013-GRL-GRDE-DREM 14/08/2013 E) 18 F) V1: N8769 E264 V2: N8769 E266 V3: N8768 E266 V4: N8768 E264 3.- A) DON GOYO II B) 650000812 C) HUAMAN ALVARADO PERCY FRANK GREGORIANO D) 181-2013- GRL-GRDE-DREM 14/08/2013 E) 18 F) V1: N8741 E274 V2: N8739 E274 V3: N8739 E273 V4: N8741 E273 4.- A) DON BALBINO SALVADOR UNO B) 650000912 C) COMPAÑIA MINERA AURORA DEL NORTE S.A.C. D) 195-2013-GRL- GRDE-DREM 02/09/2013 E) 18 F) V1: N8843 E270 V2: N8840 E270 V3: N8840 E271 V4: N8838 E271 V5: N8838 E269 V6: N8843 E269 5.- A) NORTEÑITO B) 650001112 C) TORRE CHAVEZ HILARIO D) 182-2013-GRL-GRDE-DREM 14/08/2013 E) 18 F) V1: N8852 E206 V2: N8851 E206 V3: N8851 E205 V4: N8850 E205 V5: N8850 E204 V6: N8852 E204 6.- A) VIRGEN DE LOS DOLORES 2012 B) 650002312 C) RAMIREZ FIGUEROA MANUEL ALEJANDRO D) 183- 2013-GRL-GRDE-DREM 14/08/2013 E) 18 F) V1: N8722 E271 V2: N8722 E276 V3: N8720 E276 V4: N8720 E271 7.- A) MIRELLA VIII B) 650004112 C) BARRIENTOS ARONES ALFONSO D) 234-2013-GRL-GRDE-DREM 30/10/2013 E) 18 F) V1: N8658 E327 V2: N8657 E327 V3: N8657 E325 V4: N8658 E325 8.- A) RIO SECO XXI B) 650004212 C) PORTILLA BARRERA WILFREDO PEDRO D) 184-2013- GRL-GRDE-DREM 14/08/2013 E) 18 F) V1: N8702 E297 V2: N8701 E297 V3: N8701 E296 V4: N8702 E296 9.- A) DON BALBINO SALVADOR DOS B) 650004812 C) COMPAÑIA MINERA AURORA DEL NORTE S.A.C. D) 196-2013-GRL- GRDE-DREM 02/09/2013 E) 18 F) V1: N8842 E276 V2: N8841 E276 V3: N8841 E278 V4: N8840 E278 V5: N8840 E275 V6: N8842 E275 10.- A) TUNSHUCOCHA UNO B) 650005012 C) CONTRERAS LOPEZ LUIS CESAR D) 185- 2013-GRL-GRDE-DREM 14/08/2013 E) 18 F) V1: N8722