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El Peruano Viernes 22 de noviembre de 2013 507501 sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 4º.-. La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1017984-1 Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra a la República de Corea, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 728-2013-DE/MGP Lima, 21 de noviembre de 2013 Visto, el Ofi cio G.500-4430 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 15 de noviembre de 2013; CONSIDERANDO: Que, el señor Pedro Álvaro CATERIANO Bellido, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, viajará en Misión Ofi cial a la ciudad de Seúl, República de Corea con la fi nalidad de fortalecer e impulsar las relaciones bilaterales y la cooperación en el ámbito de la Seguridad y Defensa, del 24 de noviembre al 1 de diciembre de 2013; Que, siendo de interés institucional es necesario autorizar el viaje del señor Almirante Carlos Roberto TEJADA Mera, Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, quien acompañará al señor Ministro de Defensa; Que, el viaje que se autoriza no se encuentra considerado en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013 aprobado con Resolución Suprema Nº 091-2013-DE, del 15 de marzo de 2013, y su modifi catoria aprobada con Resolución Suprema N° 405-2013-DE/ del 12 de agosto de 2013, Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando es a un país de otro continente; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Almirante Carlos Roberto TEJADA Mera, identifi cado con CIP. 09708418 y DNI. 43345036, Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, a la ciudad de Seúl, República de Corea, para los fi nes expuestos en la presente Resolución, del 24 de noviembre al 1 de diciembre de 2013. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima – Seúl (República de Corea) - Lima US$. 4,950.00 US$. 4,950.00 Viáticos: US$. 500.00 x 8 días US$. 4,000.00 TOTAL A PAGAR: US$. 8,950.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El Ofi cial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modifi catoria. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1017984-2 Autorizan viaje de oficial FAP a la República de Corea, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 729-2013-DE/FAP Lima, 21 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el señor PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, viajará en Misión Ofi cial a la ciudad de Seúl, República de Corea, con la fi nalidad de fortalecer e impulsar las relaciones bilaterales y la cooperación en el ámbito de la Seguridad y Defensa, del 24 de noviembre al 01 de diciembre de 2013;