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El Peruano Viernes 22 de noviembre de 2013 507510 Productividad y que resultan de interés nacional y de este Ministerio; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente que la señorita Pierina Carolina Agurto Salazar, profesional de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, participe en la Reunión antes citada; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, dispone que los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, se autorizan mediante Resolución del Titular de la entidad; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su modifi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; así como, la Resolución Ministerial Nº 662-2012-EF/43, que aprueba la Directiva Nº 003-2012- EF/43.01 – Directiva para la Tramitación de Autorizaciones de Viajes por Comisión de Servicios al Exterior e Interior del País; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de la señorita Pierina Carolina Agurto Salazar, profesional de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 25 al 28 de noviembre de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US$ 620,00 Viáticos (2 + 1 días) : US$ 1 110,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada profesional deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la profesional cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1017969-1 Modifican Índices de Distribución del Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN del departamento de Ayacucho correspondiente al año 2013 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 330-2013-EF/15 Lima, 21 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30086 se creó el distrito Anchihuay en la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho; asimismo, mediante la Ley N° 30087 se creó el distrito Canayre en la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho; Que, la Ley N° 27555, Ley que autoriza la reasignación y aplicación de recursos en los nuevos distritos creados, autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas a reasignar los recursos del Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN a los nuevos distritos creados, estableciendo que dicha reasignación implica la modifi cación de los índices de distribución y transferencia de los montos que correspondan a cada circunscripción resultante; Que, el Reglamento de la Ley N° 27555, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2002-EF, contempla los procedimientos para la reasignación prevista en la citada Ley y dispone que los índices de distribución recalculados para los nuevos distritos y para los distritos de origen serán aprobados mediante resolución ministerial expedida por el Ministerio de Economía y Finanzas, en función a la información que proporcione el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI y otras dependencias responsables; Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF/43, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que los índices de distribución del FONCOMUN son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante resolución ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, sobre la base de la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática mediante Oficio N° 1071-2013-INEI/DTDIS, la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas ha efectuado los cálculos correspondientes para la modificación de los Índices de Distribución del Fondo de Compensación Municipal – FONCOMUN del departamento de Ayacucho correspondiente al año 2013, aprobados mediante la Resolución Ministerial N° 183-2013-EF/15, según lo indicado en el Informe N° 136-2013-EF/64.03; Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes es conveniente modifi car los mencionados Índices de Distribución del FONCOMUN del departamento de Ayacucho para el año 2013; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27555, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2002-EF, y el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifíquense los Índices de Distribución del Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN del departamento de Ayacucho correspondiente al año 2013, aprobados mediante Resolución Ministerial N° 183-2013- EF/15, a fi n de incorporar en la distribución a los distritos Canayre y Anchihuay, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- La presente Resolución Ministerial y su respectivo Anexo serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas