Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2013 (22/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Viernes 22 de noviembre de 2013

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Nacional de Inversion Publica y dicta las normas tecnicas, metodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversion Publica; Que, el literal a. del numeral 3.2 del articulo 3° del Reglamento del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobado por Decreto Supremo N° 102-2007-EF, senala que la Direccion General de Politica de Inversiones aprueba a traves de Resoluciones las Directivas necesarias para el funcionamiento del Sistema Nacional de Inversion Publica; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 19.2 del articulo 19° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, el Sistema Nacional de Inversion Publica, se desarrolla y descentraliza progresivamente en el ambito regional y local, conforme las disposiciones que dicta el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, el articulo 1º de la Ley N° 29768, Ley de Mancomunidad Regional, senala que tiene por objeto establecer el MORDAZA legal para la coordinacion entre gobiernos regionales previsto en el articulo 190° de la Constitucion Politica del Peru, y desarrollar el ejercicio de las competencias constitucionales establecidas en el articulo 192° de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 9° de la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el articulo 2° del Reglamento de la Ley N° 29768, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2013-PCM, senala que las Mancomunidades Regionales tienen por objeto la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras o proyectos de inversion publica, en el MORDAZA de la promocion de la creacion de regiones; Que, los numerales 27.2 y 27.3 del articulo 27° Reglamento de la Ley N° 29768, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2013-PCM, establecen que la formulacion de estudios de preinversion estara a cargo de la Mancomunidad Regional, previamente registrada de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 6° de la Ley N° 29768 y que las funciones y responsabilidades de la Oficina de Programacion e Inversiones ­ OPI seran asumidas, en base a un acuerdo del Comite Ejecutivo, por uno de los Gobiernos Regionales que la integran; En concordancia con las facultades dispuestas por la Ley N° 27293 y sus modificatorias, normas reglamentarias y complementarias; por la Resolucion Ministerial N° 2232011-EF/43 y la Resolucion Ministerial N° 287-2013EF/10; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion de Formatos relacionados con los Proyectos de Inversion Publica de las Mancomunidades Regionales Para fines de la formulacion y evaluacion de los proyectos de alcance interdepartamental de las Mancomunidades Regionales, se aprueban los Formatos SNIP-01C y SNIP-02C de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobada por Resolucion Directoral Nº 003-2011-EF/68.01 y modificatorias; los cuales se detallan a continuacion y que forman parte integrante de la presente Resolucion Directoral: - Formato SNIP-01C - Inscripcion de Unidad Formuladora - Mancomunidad Regional en el Banco de Proyectos; el cual debe ser remitido a la DGPI, debidamente suscrito por el Responsable de la Oficina de Programacion e Inversiones que evalua los proyectos de la Mancomunidad Regional. - Formato SNIP-02C - Registro de la Oficina de Programacion e Inversiones - Mancomunidad Regional en el Banco de Proyectos; el cual debe ser remitido a la DGPI, debidamente suscrito por el Presidente de la Mancomunidad Regional. Ademas, debera adjuntarse MORDAZA del Acta del Acuerdo del Comite Ejecutivo de la Mancomunidad Regional, segun lo establecido en el numeral 27.3 del articulo 27º del Reglamento de la Mancomunidad Regional. Articulo 2º.- Publicacion Los Formatos SNIP-01C y SNIP-02C aprobados por la presente Resolucion Directoral, seran publicados en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Politica de Inversiones

Precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. Nº 115-2001-EF a , importaciones de maiz, azucar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 023-2013-EF/15.01 MORDAZA, 20 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia; Que, por Decreto Supremo N° 164-2013-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importacion de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en el periodo del 1° de MORDAZA hasta el 31 de diciembre de 2013; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo del 1 al 15 de noviembre de 2013; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. ----------------------------------------------------------------------Leche Fecha Maiz Azucar Arroz entera en polvo ----------------------------------------------------------------------Del 1/11/2013 al 15/11/2013 236 497 457 5163 ----------------------------------------------------------------------Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GASHA TAMASHIRO Viceministro de Economia 1017978-1

Aprueban Formatos SNIP-01C y SNIP02C de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica
RESOLUCION DIRECTORAL N° 010-2013-EF/63.01 MORDAZA, 19 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, en el numeral 3.1 del articulo 3° de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, modificado por el articulo unico de la Ley N° 28802, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Resolucion Ministerial N° 2232011-EF-43, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Politica de Inversiones, es la mas alta autoridad tecnico normativa del Sistema

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