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El Peruano Viernes 22 de noviembre de 2013 507506 Fuerzas Militares de Colombia, de fecha 26 de agosto de 2013. CONSIDERANDO: Que, en el Entendimiento Quinto del Acta de la I Reunión Tripartita de Comandos Conjuntos de las Fuerzas Armadas y Militares de Colombia, Ecuador y Perú, aprobada el 30 de enero de 2013, en la ciudad Iquitos - Perú, se establece que la II Reunión Tripartita entre las Fuerzas Armadas y Militares de los citados países, tendrá lugar en la ciudad de Medellín - República de Colombia, durante el segundo semestre de 2013; Que, mediante documento del Visto, el Comandante General de las Fuerzas Militares de Colombia, hace extensiva una invitación al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a los Ofi ciales miembros de la delegación de la República del Perú, con el fi n de asistir a la II Reunión Tripartita entre las Fuerzas Armadas y Militares de Colombia, Ecuador y Perú, programada del 26 al 29 de noviembre de 2013, en la ciudad de Medellín - República de Colombia; Que, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Medellín – República de Colombia, a los Ofi ciales representantes de la delegación peruana que se nombran en la parte resolutiva, a fi n que participen en la referida II Reunión Tripartita, la cual tiene por fi nalidad el fomento de la cooperación y confi anza mutua para contrarrestar las amenazas que se presentan actualmente en el área de frontera común, así como la cooperación entre nuestros países, fortaleciendo los acuerdos y mecanismos existentes entre las autoridades castrenses de Colombia, Ecuador y Perú, contribuyendo a la paz y estabilidad en la zona fronteriza, por cuanto los conocimientos y experiencias a tratarse redundarán en benefi cio del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú; Que, la citada Comisión ha sido incluida en el ítem 213 del rubro 5.- Medidas de Confi anza Mutua, del anexo 1 (R.O.) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado con Resolución Suprema Nº 091-2013-DE de fecha 15 de marzo de 2013, y conforme a la modifi cación aprobada con Resolución Suprema Nº 405-2013-DE, de fecha 12 de agosto de 2013; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del Personal Militar durante la totalidad de la reunión antes indicada, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM del 5 de junio de 2002, modifi cada por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a los Ofi ciales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas que se indica a continuación, integrantes de la delegación peruana, para que participen en la II Reunión Tripartita entre las Fuerzas Armadas y Militares de Colombia Ecuador y Perú, a realizarse en la ciudad de Medellín – República de Colombia, del 26 al 29 de noviembre de 2013; así como autorizar su salida del país el 25 de noviembre de 2013: DNI CIP Contralmirante Ricardo Antonio PIN Nieto 43319088 01720995 Capitán de Navío Oswaldo Enrique MURILLO Rocha 43290674 01888456 Capitán de Fragata Humberto PIÉROLA Moreno 07873395 00963033 Capitán FAP Percy Carlos PÉREZ Vásquez 43342426 O-9697399 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima – Medellín (República de Colombia) – Lima: US$. 720.00 x 4 Ofi ciales (Incluye TUUA) US$. 2,880.00 Viáticos: US$. 370.00 x 4 días x 4 Ofi ciales US$. 5,920.00 --------------------- TOTAL: US$. 8,800.00 Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorización a que se refi ere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4°.- El Personal Militar comisionado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. Artículo 5°.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1017985-7 Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 734-2013-DE/ Lima, 21 de noviembre de 2013 Vista, la Carta Nº 20134000179461/CGFM-JEMC- JEIMC-DASIN-60,1 del Comandante General de las Fuerzas Militares de Colombia, de fecha 26 de agosto de 2013. CONSIDERANDO: Que, en el Entendimiento Quinto del Acta de la I Reunión Tripartita de Comandos Conjuntos de las Fuerzas Armadas y Militares de Colombia, Ecuador y Perú, aprobada el 30 de enero de 2013, en la ciudad Iquitos – República del Perú, se establece que la II Reunión Tripartita entre las Fuerzas Armadas y Militares de los citados países, tendrá lugar en la ciudad de Medellín – República de Colombia, durante el segundo semestre de 2013; Que, mediante documento del Visto, el Comandante General de las Fuerzas Militares de Colombia, hace