Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2013 (05/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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Nº 005-2005-MTC; las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1° de la Resolucion Viceministerial N° 093-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Pasco, a fin de incorporar a la localidad de MORDAZA, conforme se indica a continuacion: Localidad: MORDAZA Plan de Asignacion de Frecuencias Plan de Canalizacion Plan de Asignacion MORDAZA Frecuencia (MHz) 203 88.5 217 91.3 281 104.1 295 106.9 298 107.5 - Total de canales: 5 - La MORDAZA e.r.p. a ser autorizada en esta localidad sera de 0.1 KW. Articulo 2º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones tecnicas previstas en los Planes de Asignacion de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluacion de las solicitudes de autorizacion y de modificacion de caracteristicas tecnicas observara su estricto cumplimiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

El Peruano Sabado 5 de octubre de 2013

la modificacion de la MORDAZA, la que cuenta con las opiniones favorables de la Direccion de Seguridad Aeronautica, la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones, la Direccion de Regulacion y Promocion y la Asesoria Legal, otorgadas mediante memoranda Nº 1476-2013-MTC/12.04, N° 16482013-MTC/12.07, N° 831-2013-MTC/12.08 y Nº 1417-2013MTC/12.LEG, respectivamente; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el texto de modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 139 "Certificacion de Aerodromos", el cual forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil

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Otorgan a Aeronasca Peru S.A.C. permiso de operacion de aviacion comercial: transporte aereo especial
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 459-2013-MTC/12
MORDAZA, 13 de setiembre de 2013 Vista la solicitud de la compania AERONASCA PERU S.A.C., sobre Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Especial; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro N° 2013-042368 del 15 de MORDAZA del 2013 y Documento de Registro N° 114753 del 12 de agosto del 2013 la compania AERONASCA PERU S.A.C. solicito Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Especial; Que, segun los terminos del Memorando Nº 11692013-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 277-2013-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Tecnico de Certificaciones, Memorando Nº 1592013-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Tecnico de Licencias e Informe Nº 272-2013-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones que forman parte de la presente resolucion segun lo dispuesto por el Articulo 6.2 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, la administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del articulo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la compania AERONASCA PERU S.A.C., Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Especial de acuerdo a las caracteristicas

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Aprueban texto de modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 139 "Certificacion de Aerodromos"
RESOLUCION DIRECTORAL N° 456-2013-MTC/12
MORDAZA, 10 de septiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru, siendo competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronauticas del Peru ­ RAP, conforme lo senala el literal c) del articulo 9º de la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, y el articulo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 0502001-MTC; Que, por su parte, el articulo 7º del citado Reglamento, senala que la Direccion General de Aeronautica Civil pondra en conocimiento publico los proyectos sujetos a aprobacion o modificacion de las RAP con una antelacion de quince dias calendario; Que, en cumplimiento del referido articulo, mediante Resolucion Directoral Nº 390-2013-MTC/12, del 26 de MORDAZA de 2013, se aprobo la difusion a traves de la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del proyecto de modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru ­ RAP 139 "Certificacion de Aerodromos"; Que, ha transcurrido el plazo legal de difusion del proyecto mencionado, sin recibirse recomendaciones o comentarios, siendo necesario expedir el acto que apruebe

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