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El Peruano Sábado 5 de octubre de 2013 504380 SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación de la actualización del Perfi l Ocupacional. Aprobar la actualización del Perfi l Ocupacional del Cortador(a) de Piezas para Confección, cuya denominación anterior fue Perfi l Ocupacional del Cortador de Piezas para Confecciones. Artículo 2°.- Incorporación y vigencia. Incorpórese el Perfi l Ocupacional del Cortador(a) de Piezas para Confección, actualizado, al Catálogo Nacional de Perfi les Ocupacionales, el mismo que tendrá una vigencia de dos (02) años y servirá de base para procesos de evaluación y certifi cación de competencias laborales que se inicien. Artículo 3º.- Vigencia de procesos iniciados. Los procesos de evaluación y certifi cación de competencias laborales iniciados en base al Perfi l Ocupacional del Cortador de Piezas para Confecciones, aprobado mediante Resolución Directoral N° 007-2011/ MTPE/3.19, continuarán vigentes hasta que concluyan conforme a la normatividad de la materia. Artículo 4°.- Publicación. Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en la separata de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano, así como en el portal web institucional de la entidad (www.trabajo.gob.pe) donde se adicionarán el Mapa Funcional, Perfi l Ocupacional y el Anexo de puestos de trabajo vinculados a sus unidades de competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.- ASTRID AIMEE SÁNCHEZ FALERO Directora General de Formación Profesional y Capacitación Laboral 997008-3 Aprueban la actualización del Perfil Ocupacional de Cuidador (a) de Niños RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 31-2013-MTPE/3/19 Lima, 29 de agosto de 2013 VISTOS: El Ofi cio N° 756-2013-MTPE/3/19.2 de fecha 29 de agosto de 2013, de la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, así como el Informe Nº 06-2013-MTPE/3/19.2/CJHG de fecha 26 de agosto de 2013 y el Informe N° 031-2013-MTPE/3/19.2/MAAA de fecha 29 de agosto de 2013, en relación a la actualización del Perfi l Ocupacional de Cuidador(a) de Niños; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, se establece como una de las áreas programáticas del sector, la de normalización y certifi cación de competencias laborales (literal “h” del Artículo 4°), ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional (numeral 5.1. del Artículo 5°), así como función rectora formulando, planifi cando, dirigiendo, coordinando, ejecutando, supervisando y evaluando las políticas nacionales y sectoriales (literal “a”, numeral 3.1., Artículo 3° del Decreto Supremo N° 004-2010-TR); Que, conforme al Decreto Supremo N° 004-2010-TR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral como órgano de línea, es responsable de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar las políticas públicas (Artículo 71°) y tiene como función específi ca emitir y aprobar lineamientos, directivas, mecanismos y procedimientos en el ámbito nacional y sectorial (literal “c” del artículo 72°), en normalización y certifi cación de competencias laborales; Que, de acuerdo al citado Decreto Supremo, constituye función específi ca de la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales: proponer, validar, actualizar y promover la elaboración de perfi les ocupacionales en base a competencias laborales (literal “b” del artículo 75°); Que, mediante Resolución Ministerial N° 026-2010-TR, son aprobados los Criterios del Proceso de Certifi cación de Competencias Laborales, estableciendo el marco procedimental y contenido mínimo de un Perfi l Ocupacional, siendo instancias competentes para proponerlo la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, así como las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, de conformidad al numeral Segundo del Anexo adjunto a la Resolución Ministerial N° 026-2010-TR, los Perfi les Ocupacionales se actualizan de acuerdo a los cambios tecnológicos y productivos del sector económico; Que, mediante Resolución Directoral N° 005-2010/ MTPE/3/11.2, se refrendó el Perfi l Ocupacional de Cuidador(a) de Niños, vigente por un período de tres años, prorrogándose con Resolución Directoral N° 019-2013/ MTPE/3/19, hasta la fecha de aprobación de la actualización correspondiente; Que, la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, luego de la revisión y análisis correspondiente, mediante ofi cio e informes de vistos propone actualizar el Perfi l Ocupacional referido precedentemente; Que, de conformidad al sustento técnico realizado en el Informe Nº 06-2013-MTPE/3/19.2/CJHG, y los alcances técnicos brindados por la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana, se indica entre otros que, en relación al Perfi l Ocupacional referido, que dado a cambios tecnológicos y productivos ocurridos en el sector correspondiente, se han incorporado nuevos procedimientos para el desempeño de la labor y condiciones de desempeño en las unidades de competencia a efectos de responder a las demandas actuales; adicionalmente se advierte la necesidad de identifi car los puestos de trabajo vinculados a las unidades de competencia del Perfi l Ocupacional de Cuidador(a) de Niños, dado que permite una mejor comprensión por parte de los actores involucrados en la normalización y certifi cación de competencias laborales; Que, la actualización propuesta cuenta con el control de calidad efectuado según Informe N° 031-2013-MTPE/3/19.2/ MAAA, en base a la “Matriz de control de calidad del diseño de un Perfi l Ocupacional” aplicada a tal efecto; Que, estando a las facultades y atribuciones de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral y en el ejercicio de sus funciones específi cas asignadas por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación de la actualización del Perfi l Ocupacional. Aprobar la actualización del Perfi l Ocupacional de Cuidador(a) de Niños, propuesta por la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2°.- Incorporación y vigencia. Incorpórese el Perfi l Ocupacional de Cuidador(a) de Niños actualizado, al Catálogo Nacional de Perfi les Ocupacionales, el mismo que tendrá una vigencia de tres (03) años y servirá de base para procesos de evaluación y certifi cación de competencias laborales que se inicien. Artículo 3º.- Vigencia de procesos iniciados. Los procesos de evaluación y certifi cación de competencias laborales iniciados en base al Perfi l Ocupacional de Cuidador(a) de Niños, aprobado mediante Resolución Directoral N° 005- 2010/MTPE/3/11.2, continuarán vigentes hasta que concluyan conforme a la normatividad de la materia. Artículo 4°.- Publicación. Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en la separata de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano, así como en el portal web institucional de la entidad (www.trabajo.gob.pe) donde se adicionarán el Mapa Funcional, Perfi l Ocupacional y el Anexo de puestos de trabajo vinculados a sus unidades de competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese ASTRID AIMÉE SÁNCHEZ FALERO Directora General de Formación Profesional y Capacitación Laboral 997008-4