Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2013 (05/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Sabado 5 de octubre de 2013

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VERTICE 4 5 6 7 8 ESTE 495 363,25 496 159,51 503 133,02 505 634,81 501 175,11 NORTE 8 296 175,21 8 295 515,43 8 292 767,78 8 296 436,92 8 298 876,69

Articulo 5.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

994230-1

Otorgan concesion temporal a favor de Cobra Instalaciones y Servicios S.A., para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica MORDAZA Torocco
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 406-2013-MEM/DM
MORDAZA, 24 de setiembre de 2013 VISTO: El Expediente Nº 27330113 sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica MORDAZA Torocco, presentado por COBRA INSTALACIONES Y SERVICIOS S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11119293 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, COBRA INSTALACIONES Y SERVICIOS S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 2309595 de fecha 05 de MORDAZA de 2013, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica MORDAZA Torocco, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de MORDAZA y Marcona, provincias de Caraveli y Nazca y departamentos de MORDAZA e Ica, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 592-2013-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas y el item CE02 del Anexo Nº 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar concesion temporal a favor de COBRA INSTALACIONES Y SERVICIOS S.A., que se identificara con el codigo Nº 27330113, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica MORDAZA Torocco, para una capacidad instalada estimada de 75 MW, los cuales se realizaran en los distritos de MORDAZA y Marcona, provincias de Caraveli y Nazca y departamentos de MORDAZA e Ica, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 ESTE 503 136,65 495 891,66 498 547,70 NORTE 8 306 673,05 8 302 527,07 8 300 119,47

Articulo 3º.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1 de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto de la ejecucion de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

993882-1

Establecen servidumbre temporal de ocupacion para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la generacion de energia electrica para la futura Central Solar Tesoro, a favor de concesion temporal de la que es titular Enel Green Power Peru S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 410-2013-MEM/DM
MORDAZA, 24 de setiembre de 2013 VISTO: El Expediente Nº 11227413, presentado por Enel Green Power Peru S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 12657310 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de establecimiento de servidumbre temporal de ocupacion para realizar estudios para la futura Central Solar Tesoro; CONSIDERANDO: Que, Enel Green Power Peru S.A., titular de la concesion temporal para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica para la futura Central Solar Tesoro, ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, en merito de la Resolucion Ministerial N° 168-2013-MEM/DM, publicada el 09 de MORDAZA de 2013, ha solicitado el establecimiento de la servidumbre temporal de ocupacion, por el plazo que dure dicha concesion temporal, para la citada Central, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo a la declaracion de Enel Green Power Peru S.A., mediante la documentacion que obra en el Expediente, los terrenos destinados para la realizacion de los estudios de factibilidad para la futura Central Solar Tesoro son de propiedad del Estado; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del articulo 109 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados a utilizar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o Municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones, por lo cual, en el

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