Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2013 (06/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA 6 de octubre de 2013

504501
Predios Calificados Registralmente como Rusticos para el MORDAZA de Habilitaciones Urbanas de Oficio en el Distrito de MORDAZA de Surco: "Disponer la identificacion de predios registralmente calificados como Rusticos conforme lo establece el Articulo 24º de la Ley Nº 29090, que se encuentren en Zonas Urbanas consolidadas, priorizando aquellos predios rusticos ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de MORDAZA de Surco. Los predios ubicados en los demas sectores, seran atendidos cuando exista motivacion expresa de autoridad superior basada en el cumplimiento de atencion de una causa de caracter social (cantidad de poblacion beneficiada, condicion de requerimientos o solicitudes existentes), por la necesidad de desarrollar proyectos municipales de interes local, o cuando se trate de lotes rusticos y/o semi rusticos de hasta 1,500 m2, ubicadas en zonas urbanas consolidadas"; concordante con el Articulo 2º del Decreto de Alcaldia Nº 11-2011MSS, del 04.07.2011, que aprueba el Reglamento que establece el Procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio, en el Distrito de MORDAZA de Surco; Que, la declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento administrativo que por sus particularidades es excepcional y resulta procedente ante la verificacion por parte de la Autoridad Municipal de tres supuestos; que el predio se encuentre registralmente calificado como rustico; que este ubicado en zonas urbanas consolidadas y; que cuente con edificaciones destinadas a viviendas y demas complementarias a dicho uso, con servicios publicos domiciliarios de agua potable, desague o alcantarillado, energia electrica y alumbrado publico e inscrito registralmente como predio rustico; Que, el Articulo 2º del Decreto de Alcaldia Nº 11-2011-MSS, instituye que: "La Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, a traves de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, identificara los predios matrices que podran ser beneficiados por el procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio. Los predios deberan ubicarse en zonas urbanas consolidadas, priorizando aquellos predios ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de MORDAZA de Surco. Los predios ubicados en los demas sectores, seran atendidos cuando exista motivacion expresa de autoridad superior basada en el cumplimiento de atencion de una causa de caracter social (cantidad de poblacion beneficiada, condicion de requerimientos o solicitudes existentes), por la necesidad de desarrollar proyectos municipales de interes local, o cuando se trate de lotes rusticos y/o semi rusticos de hasta 1,500 m2, ubicadas en zonas urbanas consolidadas (...)"; Que, con Informe Nº 227-2013-GDU-MSS del 22.07.2013, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA remite la propuesta de Habilitacion MORDAZA de Oficio del terreno situado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, de la provincia de MORDAZA, de acuerdo a los planos PU-016-2013-SGPUCMSS, PP-017-2013-SGPUC-MSS, PTL-018-2013SGPUC-MSS, y PA-019-2013-SGPUC-MSS; fundando la misma en el Informe Nº 326-2013-SGPUC-GDU-MSS, del 19.07.2013 de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, que contiene el Informe Tecnico Nº 011-2013MVH, del 15.07.2013, en el cual se indica que los lotes 1, 2, 3, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 23-24-2529 , 26-28, 27, 30-31, 32, 33; MORDAZA Sub Lotes A-1, A-2, A-3, A-8, A-9, A-10, A-11, A-12, A-13, A-14, A-15, A-16, A-17, A-18, A-23, A-24, A-25 y A-29, A-27, A-28, A-30/31, A-32 y A-33, inscritas en las Partidas Registrales Nros. 11843047, 11843048, 11843049, 11843054, 11843055, 11843056, 11843057, 11843058, 11843059, 11843060, 11843061, 11843062, 11843063, 11843064, 12297848, 11843075, 12997568, 12016395, 11843080 y 11843081 respectivamente, con un area total de 7,435.46m2, constituido por parte del Fundo San Pedrito, del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, registralmente se encuentra calificado como predio MORDAZA, inserto dentro de una MORDAZA MORDAZA consolidada, con edificaciones de caracter residencial, trazos viales, manzaneo y lotizacion definida, acorde con los planes urbanos. No presenta superposicion de areas con predio de terceros, cuenta con servicios publicos domiciliarios de agua, desague, energia electrica y comunicaciones conectados a predios independientes; en cuanto a los servicios publicos complementarios, se

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Declaran la habilitacion MORDAZA de oficio de la Urbanizacion Cercado, conformada por diversos lotes de terreno
RESOLUCION Nº 822-2013-RASS. D.S. Nºs. 017024200722, 2244642010, 2128262012. MORDAZA de MORDAZA, 24 de setiembre del 2013. EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El Informe Nº 227-2013-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº 326-2013SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, el Informe Nº 554-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y los D.S. Nros. 017024200722, 2244642010, 2128262012, a traves de los cuales los pobladores de los terrenos que formaron parte del Fundo San Pedrito, ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, conformado por los lotes 1, 2, 3, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 23-24-25-29, 27, 2628, 30-31, 32, 33; MORDAZA Sub Lotes A-1, A-2, A-3, A-8, A-9, A-10, A-11, A-12, A-13, A-14, A-15, A-16, A-17, A-18, A23, A-24, A-25 y A-29, A-27, A-28, A-30/31, A-32 y A-33, respectivamente, e inscritas en las Partidas Registrales Nº 11843047, 11843048, 11843049, 11843054, 11843055, 11843056, 11843057, 11843058, 11843059, 11843060, 11843061, 11843062, 11843063, 11843064, 12297848, 11843075, 12997568, 12016395, 11843080 y 11843081, de la MORDAZA Registral Nº IX, Sede MORDAZA, Oficina Registral MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos; y, CONSIDERANDO: Que, el Numeral 3.6.1) del Articulo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que, constituye funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo; normar regular y otorgar autorizaciones, y realizar la fiscalizacion de Habilitaciones Urbanas, correspondiendo a la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro promover la habilitacion MORDAZA de oficio, en area rusticas consolidadas, conforme a lo dispuesto en el numeral d) del Articulo 134º de la Ordenanza Nº 439MSS que aprueba la Reestructuracion Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y Estructura Organica de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; Que, el Articulo 24º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificada por la Ley Nº 29898, establece que: "Las municipalidades declaran la habilitacion MORDAZA de oficio de los predios registralmente calificados como rusticos ubicados en zonas urbanas consolidadas, que cuentan con edificaciones y servicios publicos domiciliarios. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de la habilitacion urbana"; Que, el primer parrafo del numeral 40.1 del Articulo 40º del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, establece que: "La habilitacion MORDAZA de oficio, es aquel procedimiento administrativo, mediante el cual las municipalidades declaran habilitado de oficio un predio ubicado en zonas urbanas consolidadas que cuentan con edificaciones destinadas a viviendas y demas complementarias a dicho uso, con servicios publicos domiciliarios de agua potable, desague o alcantarillado, energia electrica y alumbrado publico e inscrito registralmente como predio rustico"; Que, el Articulo 1º de la Ordenanza Nº 388-MSS, Ordenanza que Dispone la Identificacion de los

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