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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (11/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Viernes 11 de octubre de 2013 504642 América Latina y el Caribe - CEPAL invita al Despacho Ministerial de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a participar de la XII Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, a desarrollarse del 15 al 18 de octubre de 2013, en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana; Que, el objetivo de la referida conferencia es la de examinar la aplicación de los compromisos internacionales adquiridos en el Programa de Acción Regional para las Mujeres de América Latina y el Caribe, aprobado en la Sexta Conferencia Regional de 1994 y ratifi cado en el 2004 en el Consenso de México, D.F., en el 2007 en el Consenso de Quito y en el 2010 en el Consenso de Brasilia, y de ratifi car también los Consensos Regionales aprobados en las anteriores Conferencias sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, con ese propósito, la Conferencia se abocará a examinar los logros y desafíos regionales para alcanzar la igualdad de género, con énfasis en la autonomía de las mujeres en la economía digital y la sociedad de la información; Que, a su vez, mediante Carta s/n del 1 de agosto de 2013, la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe - CEPAL comunica al Despacho Ministerial de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, sobre la 49º Reunión de la Mesa Directiva de la Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, que se celebrará el 14 de octubre de 2013, en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana y de la cual el Estado Peruano forma parte; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en tal sentido y siendo de interés para la institución, resulta necesario autorizar el viaje de la señora Marcela Patricia María Huaita Alegre, Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; cuyos gastos de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal Nº 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - Unidad Ejecutora 001; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señora Marcela Patricia María Huaita Alegre, Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 13 al 19 de octubre de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo al Pliego Presupuestal Nº 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - Unidad Ejecutora 001, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluye TUUA y otro) US$ 1 257,06 Viáticos (por seis días) US$ 2 580,00 -------------------- TOTAL US$ 3 837,06 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 999017-3 PRODUCE Designan miembro del Consejo Directivo del IMARPE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 007-2013-PRODUCE Lima, 10 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 015-2012- PRODUCE, de fecha 08 de junio de 2012, se designó al señor SANTIAGO DE JESUS DAVILA PHILIPPON como miembro del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú – IMARPE; Que, la citada persona ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando como miembro del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, por lo que corresponde designar a su reemplazante; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Decreto Legislativo N° 95, Ley del Instituto del Mar del Perú – IMARPE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor SANTIAGO DE JESUS DAVILA PHILIPPON, como miembro del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar como miembro del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú – IMARPE al señor JAIME HUMBERTO MENDO AGUILAR. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GLADYS MONICA TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 999017-4