TEXTO PAGINA: 14
El Peruano Viernes 11 de octubre de 2013 504644 RELACIONES EXTERIORES Nombran a Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Confederación Suiza para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante el Principado de Liechtenstein RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 189-2013-RE Lima, 10 de octubre de 2013 VISTAS: La Resolución Suprema N° 149-2013/RE, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Confederación Suiza, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Juan Chuquihuara Chil; y, La Resolución Ministerial N° 0637-2013/RE, que fi jó el 1 de agosto de 2013, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Confederación Suiza; CONSIDERANDO: Que, el inciso 12) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 5500, del Despacho Viceministerial, de 20 de setiembre de 2013; y la Nota de la Oficina para los Asuntos Extranjeros del Principado de Liechtenstein, de 11 de setiembre de 2013, la cual comunica que se ha concedido el beneplácito de estilo para que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Juan Chuquihuara Chil se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Principado de Liechtenstein, con residencia en la ciudad de Berna, Confederación Suiza; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318; el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003/RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065-2009/RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Confederación Suiza, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Juan Chuquihuara Chil, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante el Principado de Liechtenstein, con residencia en la ciudad de Berna, Confederación Suiza. Artículo 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 999017-5 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión en la localidad de Pisac, departamento de Cusco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 463-2013-MTC/03 Lima, 12 de setiembre de 2013 VISTO, el Expediente Nº 2012-048085 presentado por la señora MAGALI YAÑEZ LAZARTE, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Pisac, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es defi nido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión; Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses; Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión indica que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detallan; Que, con Resolución Viceministerial Nº 108-2004- MTC/03 y sus modifi catorias se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para las localidades del departamento de Cusco, entre las cuales se encuentra la localidad de Pisac; Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias de la localidad de Pisac, establece 0.5 Kw. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según la Resolución Ministerial Nº 207-2009- MTC/03, que modifi có las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 250 w. hasta 500 w. de e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de antena, se clasifi can como Estaciones de Servicio Primario Clase D3, consideradas de baja potencia; Que, en virtud a lo indicado, la señora MAGALI YAÑEZ LAZARTE no se encuentra obligada a la presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, según se establece en el articulo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, con Informe Nº 1902-2013-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que se considera viable otorgar la autorización solicitada por la señora MAGALI YAÑEZ LAZARTE para la