Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2013 (08/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA 8 de setiembre de 2013

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CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el articulo 51º del referido texto legal, que senala los requisitos documentales; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 956-2012MTC/15 de fecha 05 de marzo de 2012, se autorizo a la empresa denominada VEHICULOS PERUANOS S.A.C. - VEHPERU, con RUC Nº 20477455515 y con domicilio en Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 238, Dpto Nº 504 (Edificio Centro Empresarial Alfa), Distrito de Chimbote, Provincia del MORDAZA, Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III, y de la Clase B Categoria II-c, asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; Que, mediante Resoluciones Directorales Nºs. 24182012-MTC/15, 3587-2012-MTC/15 y Oficio Nº 2933-2013MTC/15.03, se autorizo a La Escuela, el incremento de su plana docente y de su flota vehicular; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 4853-2012MTC/15 de fecha 05 de diciembre de 2012, se autorizo a La Escuela, la modificacion de su domicilio autorizado mediante Resolucion Directoral Nº 956-2012-MTC/15 al local ubicado en Jr. MORDAZA MORDAZA Nºs. 127-129, Casco MORDAZA Central, Distrito de Chimbote, Provincia de MORDAZA, Departamento de Ancash; Que, mediante Parte Diario Nº 090094 de fecha 02 de MORDAZA de 2013, La Escuela solicita autorizacion para impartir los cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener una licencia de conducir de la clase A categoria I; Que, el literal c) del articulo 47º de El Reglamento senala que las Escuelas de Conductores deben cumplir con la siguiente obligacion "Informar a la Direccion General de Transporte Terrestre sobre cualquier modificacion de los terminos de la resolucion de autorizacion como Escuela de Conductores, debiendo de ser el caso gestionar la modificacion de la misma, o sobre cualquier informacion que deba ser registrada en el Registro Nacional de Escuela de Conductores"; Que, la Octava Disposicion Complementaria Final de El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, ademas de capacitar a los conductores de las clases A categoria II y III y Clase B categoria II-c, podran impartir cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de la Escuela de Conductores, cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos, indicados en el articulo 53º de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 1135-2013MTC/15.03.A.A.ec, procede emitir el acto administrativo correspondiente; y, Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444

Ejecutivo del Programa Nacional denominado "Sistema de Atencion Movil de Urgencia", SAMU; Que, el articulo 82° del Reglamento de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90PCM, establece que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado, solo procede en ausencia del titular para el desempeno de funciones de responsabilidad directiva con niveles de MORDAZA superior a la del servidor; Que, en tal sentido resulta necesario atender el pedido formulado por el Despacho Viceministerial del Ministerio de Salud y adoptar las acciones de personal pertinentes, a fin de asegurar el normal funcionamiento de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud (e); y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dar por concluida la designacion del Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director General, Nivel F-5, de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Dar por concluido el encargo de funciones, efectuado al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, como Director Ejecutivo del Programa Nacional denominado "Sistema de Atencion Movil de Urgencia", SAMU del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 3°.- Designar al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director General, Nivel F-5, de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud. Articulo 4°.- Encargar, al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud, las funciones de Director Ejecutivo del Programa Nacional denominado "Sistema de Atencion Movil de Urgencia", SAMU, en adicion a sus funciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 985062-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a la empresa Vehiculos Peruanos S.A.C. - VEHPERU impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener licencia de conducir, en su calidad de Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3175-2013-MTC/15 MORDAZA, 07 de agosto de 2013 VISTO: El Parte Diario Nº 090094, presentado por la empresa denominada VEHICULOS PERUANOS S.A.C. - VEHPERU; y,

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