Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2013 (12/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano Jueves 12 de setiembre de 2013

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Que, de la revision del MORDAZA legal previamente citado y tomando en cuenta los procedimientos de altas, bajas y disposicion de bienes muebles que se han realizado en la Municipalidad, el area de Control Patrimonial ha propuesto a traves de la Subgerencia de Logistica y Gestion Patrimonial y de la Gerencia de Administracion, la reformulacion de la Ordenanza Nº 043-2008/MDLV y su modificatoria, a fin de incorporar casos no contemplados en dichas normas tales como la donacion bienes perecibles, asi como flexibilizar los procedimientos de altas y bajas de bienes muebles, con el objeto de darle celeridad a los mismos y de esta forma cumplir oportunamente con los plazos de ley, sin desnaturalizar los mecanismos establecidos en las normas de la materia, entre otros aspectos; En merito a los fundamentos expuestos y las normas legales glosadas, contando con el pronunciamiento de la Gerencia Municipal, la Gerencia de Asesoria Juridica, la Gerencia de Administracion y la Subgerencia de Logistica y Gestion Patrimonial, cuyos informes se detallan en el Dictamen Conjunto de vistos; y en uso de las atribuciones otorgadas en los articulos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Nº 27972 ­Ley Organica de Municipalidades­, el Concejo Municipal de La MORDAZA aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ALTAS, BAJAS Y DISPOSICION DE LOS BIENES MUEBLES DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de Altas, Bajas y Disposicion de los Bienes Muebles de la Municipalidad de La MORDAZA, el cual consta de cinco (5) Titulos, siete (7) capitulos, sesenta y cinco (65) articulos y una (1) Disposicion Final, cuyo texto asi como los Anexos que contiene forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Derogar las Ordenanzas Nº 043-2008/ MDLV y Nº 057-2008/MLV, asi como cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente Ordenanza. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Administracion y a la Subgerencia de Logistica y Gestion Patrimonial el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Encargar a la Subgerencia de Tecnologia de la Informacion la publicacion de la presente Ordenanza en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de La MORDAZA (www.munilavictoria.gob.pe). Articulo 5º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA REGLAMENTO DE ALTAS, BAJAS Y DISPOSICION DE LOS BIENES MUEBLES DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA TITULO I DISPOSIONES GENERALES Articulo 1º.- El presente Reglamento tiene por objeto desarrollar los mecanismos y procedimientos que permitan una gestion eficiente de los bienes muebles estatales de la Municipalidad de La MORDAZA, maximizando su rendimiento economico y social, contribuyendo al MORDAZA de modernizacion de la gestion de la entidad (en adelante la Municipalidad). Articulo 2º.- Base Legal. · Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. · Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales. · Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, que aprobo el Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales. · Decreto Supremo Nº 007-2010-VIVIENDA, que modifico el Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales.

de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del Servicio de Administracion Tributaria-SAT. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA NUNEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA 986103-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban Reglamento de Altas, Bajas y Disposicion de los Bienes Muebles de la Municipalidad de La MORDAZA
ORDENANZA Nº 173-2013/MDLV La MORDAZA, 28 de agosto de 2013 El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO; en sesion ordinaria de la fecha el Dictamen Conjunto Nº 015-2013-CPPPAL-CPAFSFC/MLV de la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y de la Comision Permanente de Administracion, Finanzas, Sistemas, Fiscalizacion y Control, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con los articulos II y IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­Ley Organica de Municipalidades­ los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico, teniendo como finalidad representar al vecindario y promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales; Que, el articulo 56º numeral 1) de la Ley Organica de Municipalidades, establece que son bienes de las municipalidades, los bienes muebles e inmuebles de uso publico destinados a servicios publicos locales. Asimismo, el articulo 57º de la citada MORDAZA senala que cada municipalidad abre y mantiene actualizado el denominado Margesi de Bienes, y en concordancia con ello el articulo 59º de la misma MORDAZA establece que los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotacion, arrendados o modificados sus estado de posesion o propiedad mediante cualquier otra modalidad por acuerdo municipal y cualquier transferencia de propiedad o concesion sobre bienes municipales se hace a traves de subasta publica; Que, la Ley Nº 29151 ­Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales­ indica en su articulo 9º que los actos que realizan los gobiernos locales, respecto de los bienes de su propiedad, asi como los de dominio publico que se encuentran bajo su administracion, se ejecutan conforme a la Ley Nº 27972 ­Ley Organica de Municipalidades­ asi como a la Ley 29151 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008­VIVIENDA en lo que fuera aplicable; Que, la citada Ley Nº 29151 establece en su articulo 3º que los bienes estatales comprenden los bienes muebles e inmuebles de dominio privado y publico que tienen como titular al Estado o a cualquier otra entidad que conforma el Sistema Nacional de Bienes Estatales, independientemente del nivel de gobierno al que pertenezcan; Que, en el MORDAZA de las normas legales MORDAZA citadas el Concejo Municipal emitio la Ordenanza Nº 043-2008/ MDLV que aprueba el Reglamento de Altas, Bajas y Disposicion de Bienes Muebles de la Municipalidad de La MORDAZA, estableciendo el procedimiento que se debe seguir en cada uno de dichos casos, la cual fue modificada mediante Ordenanza Nº 057-2008/MLV;

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