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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (13/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 101

El Peruano Viernes 13 de setiembre de 2013 502919 c.12) Promover una Gestión municipal efi caz, efi ciente y transparente. c.13) Promover relaciones de complementación económica entre los distritos integrantes de la Mancomunidad Municipal a fi n de mejorar la economía local. c.14) Promover el desarrollo institucional mediante el fortalecimiento de capacidades humanas y tecnológicas. c.15) Promover el desarrollo del capital humano a partir de políticas y programas de información, educación y comunicación para la promoción y práctica de los valores ciudadanos. Artículo Tercero.- Aprobar el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal de Lima Sur”, ratifi cando el contenido en el Acta de Constitución, que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- Delegar las competencias y funciones a la Mancomunidad Municipal de LIMA SUR”, las que se detallan a continuación: a) Gestionar y concertar con instituciones del sector público y privado sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo de los distritos conformantes de la Mancomunidad Municipal. b) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las obras de infraestructura urbana y rural que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos de la Mancomunidad Municipal. c) Participar en los procesos del Presupuesto Participativo y en otros espacios de concertación y participación ciudadana en los diferentes niveles de gobierno. d) Planifi car, ejecutar, monitorear actividades de apoyo directo e indirecto a la Seguridad Ciudadana, Infraestructura Vial y Ordenamiento Urbano, Gestión Ambiental, Desarrollo Económico Local y otros campos que determine el Consejo Directivo. e) Concertar con instituciones del sector público y privado, sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico. f) Impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo urbano, con enfoque de gestión territorial, en el ámbito territorial de la mancomunidad municipal. Las municipalidades distritales intervinientes acuerdan delegar a la Mancomunidad Municipal, las siguientes funciones específi cas compartidas: Artículo Quinto.- Ratifi car la designación de la Señora SILVIA BARRERA VASQUEZ, en el cargo de Presidente del Consejo Directivo, y del Señor ISIDRO PERCY CHAMBERGO CAMPOS, en el cargo de Gerente General de la Mancomunidad Municipal, de conformidad a los acuerdos señalados en el Acta de Constitución. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 986505-1 Delegan al Gerente Municipal la facultad de emitir Resoluciones Gerenciales de Aprobación de Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático de la Municipalidad de Villa El Salvador RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 526-2013-ALC/MVES Villa El Salvador, 6 de setiembre de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTO: El Informe Nº 398-2013-OAJ-MVES, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú concordado con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 72.1 del artículo 72º de la Ley del Procedimiento Administrativo General-Ley Nº 27444, establece: “Los titulares de los órganos administrativos pueden delegar mediante comunicación escrita la fi rma de actos y decisiones de su competencia en sus inmediatos subalternos, o a los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan, salvo en caso de resoluciones de procedimientos sancionadores, o aquellas que agoten la vía administrativa.”; Que, el numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; señala: “Las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de las Ofi cinas de Presupuesto o el de que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación a través de disposición expresa, la misma que debe de ser publicada en el diario ofi cial El Peruano.”; Que, mediante Informe Nº 398-2013-OAJ-MVES el Gerente de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, refi ere que la norma acotada en el considerando precedente, señala que la Aprobación de las Modifi caciones Presupuestarias a Nivel Funcional Programático, puede ser delegadas por el titular de la entidad, precisando que por costumbre jurídica la delegación de facultades recae sobre el Gerente Municipal siendo responsable por su actuación, a lo que recomienda que el presente dispositivo municipal sea publicado en el diario Ofi cial El Peruano; Estando a lo informado, en uso de las facultades conferidas en el inciso 6 del Artículo 20º, así como del Artículo 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR al Sr. MIGUEL ANGEL RICARDO CHAVEZ APARICIO, Gerente Municipal de este Corporativo Edil, la facultad de emitir Resoluciones Gerenciales de Aprobación de Modifi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático de la Municipalidad de Villa El Salvador, siendo responsable por su actuación, de conformidad a los considerandos expuestos en la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y a la Unidad de Presupuesto, el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el diario Ofi cial El Peruano y a la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el portal institucional www.munives.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 986504-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Aprueban el Plan Regulador para Vehículos Menores Motorizados del Distrito de Chancay ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2013-MDCH Chancay, 23 de julio de 2013