NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (13/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 100
El Peruano Viernes 13 de setiembre de 2013 502918 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Aprueban la Constitución y el Estatuto de la Mancomunidad Municipal de Lima Sur ORDENANZA MUNICIPAL Nº 282-MVES Villa El Salvador, 29 de agosto de 2013 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Nº 01-2013-CAL/MVES, de la Comisión de Asuntos Legales 2013, el Ofi cio Nº 308- 2013-SG/MVMT de la Municipalidad de Villa María del Triunfo, el Informe Nº 84-2013-OPP/MVES de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 355-2013- OAJ/MVES de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, sobre propuesta de aprobación de la Constitución y el Estatuto de la Mancomunidad Municipal de “Lima Sur”; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 194º, y la Ley Orgánica de Municipalidades, en el artículo II de su Título Preliminar, prescriben que las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341, se estableció el marco jurídico para el desarrollo de las relaciones de asociatividad municipal, previstas en el artículo 124º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 2º de la Ley de la Mancomunidad Municipal defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de municipalidades, para la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras, con los fi nes de promover el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos; en el artículo 5º, se establece que la voluntad de constituir una mancomunidad y su estatuto, se aprueban por ordenanza municipal de las municipalidades intervinientes, sustentadas en los informes técnicos que den viabilidad a su creación; Que, el artículo 11º del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, establece el procedimiento para la constitución de las mancomunidades municipales; se señala que la ordenanza municipal aprueba la constitución de la mancomunidad municipal, con la ratifi cación del contenido del Acta de Constitución, su Estatuto, y la designación del primer presidente del Consejo Directivo y del primer Gerente General; Que, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 081-2012/ MVES del 24 de julio de 2012, el Concejo Municipal de Villa El Salvador, acordó por unanimidad “EXPRESAR EL INTERÉS INSTITUCIONAL de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador de conformar una Mancomunidad Municipal de Lima Sur con las Municipalidades Distritales de San Juan de Mirafl ores, Villa María del Triunfo y Pachacamac, a efecto que posteriormente se formalice la voluntad y estatuto correspondiente a través de una Ordenanza, a fi n de continuar con los procedimientos establecidos para conformar la Mancomunidad Municipal de Lima Sur.” Que, en sesión realizada de la fecha 24 de julio de 2013, los alcaldes de las municipalidades distritales de San Juan de Mirafl ores, Villa El Salvador, y Villa María del Triunfo, acordaron la constitución de la Mancomunidad Municipal de “Lima Sur”. Que, mediante Informe Nº 84-2013-OPP/MVES, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad, declaró la viabilidad para la constitución de la “Mancomunidad Municipal de “Lima Sur”; Que, con Informe Nº 355-2013-OAJ/MVES, la Ofi cina de Asesoría Jurídica señala que luego del análisis legal pertinente del contenido del Acta y de los Estatutos, se observa que estos respetan las normas establecidas en la Ley Nº 29029 y su Reglamento, por lo que opina favorablemente respecto a su aprobación por el Concejo Municipal; De conformidad con lo establecido por la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, la Ley de la Mancomunidad Municipal - Ley Nº 29029, modifi cada por la Ley Nº 29341, al Dictamen Nº 01-2013-CAL/MVES de la Comisión de Asuntos Legales 2013, al Informe Técnico Nº 84-2013- OPP/MVES y al Informe Legal Nº 355-2013-OAJ/MVES; luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONSTITUCIÓN Y EL ESTATUTO DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL DE “LIMA SUR” Artículo Primero.- La presente Ordenanza Municipal tiene por fi nalidad aprobar la constitución de la “Mancomunidad Municipal de “LIMA SUR”, según Acta de fecha 24 de Julio del 2013, suscrita por los Señores Alcaldes de las Municipalidades de San Juan de Mirafl ores, Villa María del Triunfo y Villa El Salvador. Artículo Segundo.- La Mancomunidad Municipal de “Lima Sur” tiene por como objeto y objetivos lo siguiente: 1) Objeto: a) Promover el Desarrollo Económico Local. b) Diseño y ejecución de proyectos de infraestructura vial y ordenamiento urbano. c) Fomentar la prestación efi ciente del servicio de seguridad ciudadana. d) Formulación e implementación de proyectos de gestión ambiental. 2) Objetivos: a) Seguridad ciudadana. a.1) Promover el adecuado funcionamiento del sistema de seguridad ciudadana, con mayor participación vecinal. a.2) Fomentar la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil, en la prevención de riesgos. b) Gestión ambiental b.1) Reducir de la contaminación ambiental b.2) Promover y preservar el patrimonio ecológico c) Fortalecimiento de capacidades c.1.) Elaborar e implementar planes, programas y experiencias conjuntas de desarrollo de capacidades y asistencia técnica, para una gestión municipal efi ciente. c.2) Promover el desarrollo y gestión del capital humano. c.3) Fortalecer la gestión del desarrollo económico. c.4) Fomentar los espacios de articulación y comunicación, entre autoridades y sociedad civil. c.5) Elaborar, gestionar, promover e implementar Programas y Proyectos en materia de Seguridad Ciudadana, para reducir la victimización y la sensación de inseguridad. c.6) Elaborar, gestionar, promover e implementar Programas y Proyectos en materia de gestión de riesgos, para incrementar la capacidad y optimizar de prevención y respuesta ante desastres. c.7) Diseñar y Ejecutar proyectos de Infraestructura vial, que permitan mejorar la movilidad y transitabilidad urbana y rural, e interconexión de los distritos de la Mancomunidad. c.8) Promover y diseñar políticas para un adecuado ordenamiento del territorio y tránsito para la mejora del hábitat. c.9) Promover una educación ambiental, que sensibilice a la población de la importancia del cuidado del medio ambiente. c.10) Establecer medidas y programas de reducción y mitigación de la contaminación ambiental, para la sostenibilidad del ambiente. c.11) Establecer medidas y programas de fomento y preservación del patrimonio ecológico para la sostenibilidad del ambiente.