NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (13/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 88
El Peruano Viernes 13 de setiembre de 2013 502906 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Visto el Memorándum Nº 613-2013-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 404-2013-GAJ- MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y la Carta Nº 0001-2013-DENS-P-CMSTPEPVM-MDSJL emitido por la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público en Vehículos Menores; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, preceptúa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo, el Artículo IV del título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción; Que, el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de la ordenanza, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 010 de fecha 23/04/2012 modifi cado por el Decreto de Alcaldía Nº 023 de fecha 26/12/2012 se estableció los integrantes de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores del distrito de San Juan de Lurigancho; Que, mediante Informe Nº 404-2013-GAJ-MDSJL la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que se debe emitir el acto administrativo que modifi que la designación de sus integrantes: regidores de la Comisión de Servicios Públicos Locales y el representante de la Policía Nacional del Perú, a fi n de actualizar la conformación de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores del distrito; Estando a lo expuesto, lo dispuesto en el Artículo 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Modifi car el artículo primero del Decreto de Alcaldía Nº 023 de fecha 26/12/2012, el mismo que tendrá el siguiente tenor literal: “Artículo Primero.- Establecer que los integrantes de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores del distrito de San Juan de Lurigancho, conformada mediante Ordenanza Nº 227 de fecha 24.01.2012 serán los siguientes: REGIDORES DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO: • Regidor David Elías Nestares Silva Presidente • Regidor Teódulo Patricio García Richardzon • Regidor Badimilo Ignacio Jorge Zanabria REGIDORES DE LA COMISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS LOCALES: • Regidor Virgilio Damián Lachos Corrales Presidente • José Zambrano Espinoza • Nectario Rivera Arias REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES AUTORIZADAS A PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL EN VEHÍCULOS MENORES: • Isaías Amador Cahuari León, representante de la Federación de Transportistas en Vehículos Menores de San Juan de Lurigancho. (Titular) • Julio Carlos García Fernández, representante de la Federación de Transportistas en Vehículos Menores de San Juan de Lurigancho. (Suplente) REPRESENTANTE DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ: • Mayor P.N.P. Rubén Huillcañauhui Tamayo FUNCIONARIOS DE LA MUNICIPALIDAD: • Abg. Wiliam Dennis Murillo Mejía Gerente de Desarrollo Económico • Abg. Nely Julia Espinoza Mejía Gerente de Asesoría Jurídica • Ing. Fany Soledad Chinchihualpa Anglas Sub Gerente de Transporte, Tránsito y Vialidad” Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General la notifi cación del presente decreto a los integrantes de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores del distrito de San Juan de Lurigancho. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 986955-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Aprueban Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito ORDENANZA Nº 00116 /MDSA Santa Anita, 18 de julio del 2013 VISTO: En sesión Ordinaria de la fecha que se indica, el punto de agenda referido a la aprobación de la ordenanza para el cobro de estacionamiento vehicular temporal. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º, 195º incisos 3) y 4) de la Constitución Política del Estado establece la autonomía política económica y administrativa que tienen los gobiernos locales para administrar sus rentas y crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley; Que, el Artículo 66º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala que “Las tasas municipales son los tributos creados por los Concejos Municipales cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por la Municipalidad de un servicio publico o administrativo, reservado a las Municipalidades de acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades”. Asimismo el literal d) del Artículo 68º del citado Decreto Supremo, establece que las Municipalidades podrán imponer entre otras “Las Tasas por estacionamiento de vehículos. son las tasas que debe pagar todo aquel que estacione su vehículo en zonas comerciales de alta circulación, conforme lo determine la Municipalidad del Distrito correspondiente, con los limites que determine la Municipalidad Provincial respectiva y en el marco de las regulaciones sobre transito que dicte la autoridad competente del Gobierno Central”: Que, mediante la Ordenanza Nº 739-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se establecen los aspectos legales, técnicos y administrativos, que deben observar las municipalidades distritales de la provincia de Lima para la determinación de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la respectiva circunscripción; Que, el Servicio de Administración Tributaria – SAT mediante Directiva Nº 001-006-00000005, de fecha 16 de Marzo de 2005. Establece criterios y metodología para estimación de ingresos y determinación de la tasa a