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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (13/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 99

El Peruano Viernes 13 de setiembre de 2013 502917 con edifi caciones y servicios públicos domiciliarios. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de la habilitación urbana (…); Que, sin embargo las áreas aprobadas y destinadas como servicios públicos complementarios están sustentadas legalmente en lo normado por el Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edifi caciones, en cuyo Título I – Generalidades, G.040 – Defi niciones, se señala que los Servicios Públicos Complementarios es aquella dotación de servicios urbanos para atender las necesidades de educación, salud, comerciales, sociales, recreativas, religiosas, de seguridad, etc.; Que, por lo tanto la naturaleza de las áreas destinadas a servicios públicos complementarios para la Habilitación Urbana de la Urbanización Padres de Familia Las Delicias de Villa es para educación con un área de 9,115.60 m2; para parque, con un área de 2,599.30 m2 y para área deportiva, con un área de 1,248.90 m2; Que, el predio sujeto a Habilitación Urbana de Ofi cio se encuentra considerado dentro del Área de Tratamiento Normativo IV, con Zonifi cación de Residencial Baja - RDB; con Zonifi cación de Recreación Pública – ZRP; con Zonifi cación de Educación Básica –E1; con Zonifi cación Centro de Salud – H2; y con Zonifi cación para Otros Usos - OU; aprobados por la Ordenanza Nº 1044-MML, con trazos viales circundantes defi nidos; Que, la declaración de Habilitación Urbana de Ofi cio, es un procedimiento administrativo que por sus particularidades es excepcional y resulta procedente ante la verifi cación por parte de la Autoridad Municipal de tres supuestos; que el predio se encuentre registralmente califi cado como rústico; que esté ubicado en zonas urbanas consolidadas y; que cuente con edifi caciones destinadas a viviendas y demás complementarias a dicho uso, con servicios públicos domiciliarios de agua potable, desagüe o alcantarillado, energía eléctrica y alumbrado público e inscrito registralmente como predio rústico; no siendo sujeto de aportes ni redención en dinero; Que, mediante Informe Nº 251-2013-GDU-MSS, de fecha 21.08.2013, la Gerencia de Desarrollo Urbano, remite la propuesta de aclaración de la Resolución Nº 1160-2012- RASS del 27.12.2012, sustentado en el Informe Nº 371- 2013-SGPUC-GDU-MSS, del 19.08.2013, que contiene el Informe Nº 010-2013-ORL-ACU, del 13.08.2013, de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, indicando que atendiendo a las observaciones formuladas, se ha modifi cado sólo el cuadro de áreas del Plano de Trazado y Lotización, señalando como aportes a los lotes destinados a Educación y Recreación Pública, según el Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, permaneciendo los demás lotes como parte del área útil; Que, el Informe Nº 622-2013-GAJ-MSS del 22.08.2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión señalando que resulta procedente la modifi cación de la Habilitación Urbana de Ofi cio de la Habilitación Urbana de la Urbanización Padres de Familia Las Delicias de Villa – Santiago de Surco contenida en la Resolución Nº 1160- 2012-RASS, del 27.12.2012, aprobando nuevos planos, modifi cando los Artículos Primero, Segundo y Tercero de la acotada Resolución, para la cual deberá emitirse la Resolución correspondiente. Estando al Informe Nº 251-2013-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, al Informe Nº 371-2013- SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, al Informe Nº 622-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y al amparo de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, modifi cada por la Ley Nº 29898, del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, de la Ordenanza Nº 388-MSS y del Decreto de Alcaldía Nº 11- 2011-MSS; en uso de las facultades conferidas por los Artículos 20º numeral 6) y 43º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Plano PTL-21-2012-SGPUC-GDU-MSS, aprobado en el Artículo Primero de la Resolución Nº 1160-2012-RASS del 27.12.2012, sobre la Habilitación Urbana de Ofi cio de la Urbanización Padres de Familia Las Delicias de Villa y APROBAR el nuevo Plano PTL-38-2013-SGPUC-GDU- MSS que contiene el Cuadro General de Distribución de Áreas, el mismo que defi ne el área útil, área de aportes, el área de circulación y por consiguiente el área total. Artículo Segundo.- MODIFICAR el Artículo Primero de la Resolución Nº 1160-2012-RASS del 27.12.2012, quedando redactada de la siguiente manera: “Artículo Primero.- DECLARAR la Habilitación Urbana de Ofi cio del terreno de 65,488.15 m2, inscrito en el Código de Predio Nº P03149139, de la Zona Registral IX- Sede Lima de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, como URBANIZACIÓN PADRES DE FAMILIA LAS DELICIAS DE VILLA, de acuerdo a los planos PU- 19-2012-SGPUC-GDU-MSS, PP-20-2012-SGPUC-GDU- MSS y PTL 38-2013-SGPUC-GDU-MSS, que se aprueban con la presente Resolución”. Artículo Tercero.- MODIFICAR el Artículo Segundo de la Resolución Nº 1160-2012-RASS, del 27.12.2012, quedando redactada de la siguiente manera: “Artículo Segundo.- APROBAR el Cuadro General de Distribución de Áreas de la Urbanización Padres de Familia Las Delicias de Villa, contenido en el Plano PTL 38-2013-SGPUC-GDU-MSS, el mismo que defi ne el área útil, área de aportes, área de circulación y por consiguiente su área total, según el siguiente detalle”: USO ÁREA (m2) % PARCIAL % GENERAL ÁREA BRUTA DEL TERRENO 65.488.15 100 ÁREA ÚTIL 34.118.60 52.10 Vivienda (138 lotes) Capilla Mz. A Lt. 7 Local Comunal Mz. F Lt. 14 Servicio de Salud Mz. G Lt. 1 Parroquia Mz. G Lt. 2 Servicio Comunal Mz. G Lt. 3 Servicio de Electrifi cación Mz. C Lt. 6A Servicio de Electrifi cación Mz. E Lt. 5A 30.253.60 136.50 265.80 560.70 1.095.90 1.757.10 37.90 11.10 APORTES 12.963.80 19.79 Educación Parque Área Deportiva Mz. H Lt. 1 Mz. I Lt. 1 Mz. I Lt. 1 9.115.60 2.599.30 1.248.90 ÁREA DE CIRCULACIÓN 18.405.759 28.11 Artículo Cuarto.- MODIFICAR el Artículo Tercero de la Resolución Nº 1160-2012-RASS, del 27.12.2012, quedando redactada de la siguiente manera: “Artículo Tercero.- DISPONER la Inscripción Registral a uso urbano de los lotes que conforman la Habilitación Urbana de Ofi cio, que se aprueba de acuerdo a los planos PU-19-2012- SGPUC-MSS, PP-20-2012-SGPUC-MSS, PTL-38-2013- SGPUC-MSS, que forman parte de la presente Resolución, acto que se formalizará mediante la gestión individual del propietario ante el Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, precisando que los referidos planos serán publicados en la página web institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco: www.munisurco.gob.pe. Las áreas de vías, de acuerdo al Artículo 56º de la Ley Orgánica de Municipalidades son bienes de uso y dominio público”. Artículo Quinto.- RATIFICAR los demás extremos de la Resolución Nº 1160-2012-RASS del 27.12.2012, que aprueba la Habilitación Urbana de la Urbanización Padres de Familia Las Delicias de Villa. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano remitir a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia de la presente Resolución y de los planos que la sustentan. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 986671-1