NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (20/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 9
El Peruano Viernes 20 de setiembre de 2013 503243 de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063- 2007-PCM y sus modifi catorias; SE RESUELVE Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 248-2012-PCM, ampliando la relación de integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial, el cual quedará redactado en los siguientes términos: “Artículo 2.- Conformación El Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruana Boliviana para erradicar el contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros estará conformado por los siguientes miembros: Un (1) representante del Ministerio de la Producción. Un (1) representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Un (1) representante del Ministerio de Relaciones Exteriores. Un (1) representante del Ministerio de Economía y Finanzas. Un (1) representante del Ministerio de Agricultura. Un (1) representante del Ministerio de Defensa. Un (1) representante del Ministerio del Interior. Un (1) representante de la Policía Nacional del Perú. Un (1) representante del Ministerio Público. Un (1) representante de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria. Un (1) representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual. Un (1) representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria. Un (1) representante de PROVIAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Un (1) representante de la Superintendencia Nacional de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías. Un (1) representante del Ministerio de Educación. Un (1) representante de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas DIGEMID. De ser el caso y para el mejor cumplimiento de sus funciones, se podrá convocar la participación, como invitados de representantes de entidades pública o privadas para que participen o asistan a las sesiones del presente grupo de Trabajo Multisectorial.” Artículo 2º.- Modifi car el artículo 7º de la Resolución Ministerial Nº 248-2012-PCM, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Articulo 7º.- Del Plazo del Grupo de Trabajo. El Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros, tendrá vigencia mientras duren las funciones de dicha instancia binacional.” Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 990263-1 AGRICULTURA Y RIEGO Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0356-2013-MINAGRI Lima, 19 de setiembre de 2013 VISTO: El correo electrónico de fecha 10 de setiembre de 2013, del Coordinador Binacional de la Unidad de Coordinación Binacional (UCB) del Proyecto Binacional Puyango - Tumbes y correo electrónico de fecha 18 de setiembre de 2013, del Subsecretario de Riego y Drenaje del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP) de la República del Ecuador ; y, CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes, creado en el marco del Convenio para el Aprovechamiento de las Cuencas Hidrográfi cas Puyango -Tumbes y Catamayo Chira, suscrito entre el Perú y Ecuador en Washington el 27 de setiembre de 1971, aprobado mediante Decreto Ley N° 19060, es un órgano desconcentrado del Ministerio de Agricultura y Riego, cuya fi nalidad es la implementación y ejecución de acuerdos de la componente peruana integrante del Plan Binacional Peruano - Ecuatoriano, así como la formulación de estudios y ejecución de obras orientadas al desarrollo de la Irrigación Binacional Puyango - Tumbes; Que, mediante correo electrónico de fecha 10 de setiembre de 2013, el señor David Miguel Dumet Delfín, Coordinador Binacional de la Unidad de Coordinación Binacional (UCB) del Proyecto Binacional Puyango - Tumbes y Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura y Riego, comunica que por asuntos relacionados con la Unidad de Coordinación Binacional y el proceso arbitral con el Consorcio Fronterizo es necesario viajar a la ciudad de Quito, República del Ecuador, para sostener reuniones de trabajo con los miembros de la Unidad de Coordinación Puyango Tumbes, las mismas que se llevarían a cabo los días 12 y 13 de setiembre de 2013, habiéndose reprogramado para los días 23 y 24 de setiembre próximo, mediante correo electrónico de fecha 18 de setiembre de 2013, remitido por el Subsecretario de Riego y Drenaje del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP) de la República del Ecuador; Que, las referidas reuniones tienen por objeto, ente otros, adoptar acuerdos relacionados con el proceso arbitral en trámite que se tiene con el Contratista Consorcio Fronterizo, revisión de informes técnicos elaborados por las Unidades Técnicas de Apoyo y coordinación con funcionarios de la Procuraduría General de la República del Ecuador; Que, el señor David Miguel Dumet Delfín, viajará acompañado de la señora María Ofelia Espinoza Berríos, Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de Agricultura y Riego, atendiendo a la naturaleza de la reunión antes citada y al ejercicio de la defensa jurídica de este Ministerio, entre otros, en el ámbito internacional, en estricta observancia a lo establecido en el artículo 24 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, concordante con el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado; Que, teniendo en cuenta el interés nacional en participar en la citadas reuniones, por cuanto permitirá el desarrollo socioeconómico de los departamentos de Piura y Tumbes, toda vez que coadyuvará en la gestión del recurso hídrico, la conservación de las cuencas hidrográfi cas y la utilización razonable y equitativa de aguas, como desarrollo transfronterizo de las Repúblicas del Perú y del Ecuador, resulta procedente autorizar el viaje de los citados funcionarios; Que, los gastos por conceptos de pasajes y viáticos serán asumidos con cargo a los recursos fi nancieros de la Meta 008 Seguimiento y Monitoreo del Contrato Binacional de la Unidad Ejecutora 014-01327: MINAG- Binacional Puyango - Tumbes del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el inciso a) numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo aquellos casos, que se autorizan mediante resolución