NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (20/09/2013)
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TEXTO PAGINA: 11
El Peruano Viernes 20 de setiembre de 2013 503245 Nacional del Agua (www.ana.gob.pe) y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Jefe Autoridad Nacional del Agua 990595-1 AMBIENTE Aprueban el Plan Anual de Transferencia 2013 del Sector Ambiental RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 280-2013-MINAM Lima, 17 de setiembre de 2013 Vistos, el Memorando Nº 387-2013-VMGA-/MINAM de 05 de septiembre de 2013, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº 255-2013-OPP-SG/MINAM de 29 de agosto de 2013, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 188º de la Constitución Política del Perú, la descentralización es una política permanente del Estado Peruano, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país y se realiza por etapas en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada transferencia de atribuciones y recursos desde el Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, los artículos 83º y 84º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, determinan la organización de la transferencia y los criterios para la elaboración de los Planes Anuales de Transferencia de los Sectores a los Gobiernos Regionales; Que, el artículo 2° de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, defi ne dicho Sistema señalando que comprende la capacitación, asistencia técnica y el conjunto de criterios, instrumentos, procedimientos y normas necesarios para determinar la capacidad de gestión de los Gobiernos Regionales y Locales, para recibir y ejercer las funciones materia de transferencia; siendo que en sus artículos 3º y 6º se describen los objetivos del Sistema así como las responsabilidades de sus integrantes; Que, mediante Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, se aprobó el Reglamento de la precitada Ley, el cual desarrolla el marco normativo del Sistema en mención, siendo que en sus artículos 6º y 7º se establece que el proceso de acreditación se inicia anualmente con la aprobación y publicación de los correspondientes Planes Anuales, así como los aspectos relacionados a la elaboración del Plan Anual de Transferencia Sectorial, respectivamente; Que, de conformidad con el literal b) del numeral 11.3 del artículo 11º de la Directiva Nº 005-CND-P-2005: “Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, aprobada por Resolución Presidencial Nº 081-CND-P- 2005, el Plan Anual de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por Resolución Ministerial y presentado al Consejo Nacional de Descentralización, hoy Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 086-2009- MINAM, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 171- 2009-MINAM, se conformó la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio del Ambiente - MINAM; Que, mediante los documentos de vistos, se presenta el Plan Anual de Transferencia 2013 del Sector Ambiental, propuesto por la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio del Ambiente; por lo que, resulta necesario emitir el acto resolutivo de aprobación del citado Plan; Estando a la propuesta de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio del Ambiente; Con el visado del Viceministro de Gestión Ambiental, la Secretaría General, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales; y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Transferencia 2013 del Sector Ambiental, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. El Plan Anual de Transferencia Sectorial 2013 del Sector Ambiental será publicado en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente: www.minam. gob.pe. Artículo 3º.- Transcribir la presente resolución a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, a la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio del Ambiente y a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 990512-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Amplían relación de procedimientos administrativos que se tramitan a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 252-2013-MINCETUR/DM Lima, 19 de setiembre de 2013 Vistos, el Informe N° 228-2013-MINCETUR/VMCE/ DNC de la Dirección Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior y el Memorándum N° 562-2013-MINCETUR/ VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2010- MINCETUR, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 09 de julio de 2010, se aprueba el Reglamento Operativo del Componente de Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior –VUCE, estableciéndose las reglas para su funcionamiento; Que, la Segunda Disposición Final y Transitoria del Reglamento Operativo del Componente de Mercancías Restringidas de la VUCE, señala que entrará en funcionamiento, al día siguiente de la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, la lista de los procedimientos administrativos que deben tramitarse a través de la VUCE, la cual será aprobada mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y