Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2013 (20/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Viernes 20 de setiembre de 2013

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Cotabambas ­ Apurimac", "Ampliacion, Mejoramiento del Sistema de Agua Potable, y Construccion de Letrinas con Arrastre Hidraulico en la Comunidad Campesina MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA del Distrito de MORDAZA, Provincia de Cotabambas ­ Apurimac", "Mejoramiento, Ampliacion del Sistema de Agua Potable e Instalacion de Letrinas con Arrastre Hidraulico en los Anexos Chullupata y Tastapata de la Comunidad Campesina San MORDAZA Yanaca del Distrito de Tambobamba, Provincia de Cotabambas ­ Apurimac", "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Agua Potable e Instalacion de Letrinas con Arrastre Hidraulico en los Anexos de Cconamuro y Huaraccopata de la Comunidad de Occacahua del Distrito de Tambobamba, Provincia de Cotabambas ­ Apurimac", "Instalacion del Sistema de Riego Presurizado en la Comunidad Campesina de Patario, Distrito de Challhuahuacho - Cotabambas ­ Apurimac", "Instalacion del Sistema de Riego Presurizado en los Anexos de Auquillo, Sacanco, Anta Anta, Moccopata y Maccapata de la Comunidad Campesina de Anta Anta, Distrito de Challhuahuacho - Cotabambas ­ Apurimac", "Construccion del Sistema de Riego en el Sector de Pampanapata del Distrito de Tambobamba, Provincia de Cotabambas ­ Apurimac", e "Instalacion del Sistema de Riego por Aspersion en las Comunidades de Parcco - Quewincha Quebrada de MORDAZA Pitic, Distrito de MORDAZA, Provincia de Cotabambas ­ Apurimac". 1.2 El monto correspondiente al principal de la citada operacion de endeudamiento interno, sera integramente cancelado en una (01) cuota, el 05 de enero del 2017, y devengara una tasa de interes efectiva anual de 4,65% sobre el monto efectivamente desembolsado. Los intereses seran pagados de forma semestral, calculados a partir de la fecha del primer desembolso. Articulo 2.- Aprobacion y condiciones de la operacion de administracion de deuda 2.1 Apruebese la operacion de administracion de deuda de las obligaciones que se generen de la operacion de endeudamiento interno que se aprueba en el articulo 1 de este decreto supremo, bajo la modalidad de refinanciacion, a traves de la emision y colocacion del MORDAZA Soberano con vencimiento el 12 de agosto de 2031, cuya emision se aprueba en el articulo siguiente. 2.2 La Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, efectuaran la conciliacion del monto desembolsado con cargo a la operacion de endeudamiento que se aprueba mediante el articulo 1 del presente Decreto Supremo. Efectuada la conciliacion del monto total desembolsado, se determinara, de acuerdo con lo establecido en el respectivo Contrato de Prestamo, la cantidad de bonos soberanos que seran entregados al Banco de la Nacion. 2.3 El presente articulo entrara en vigencia el 06 de enero del 2017. Articulo 3.- De la emision de bonos soberanos 3.1 Apruebese la emision interna de bonos hasta por S/. 47 380 341,60 (CUARENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 60/100 NUEVOS SOLES), la cual forma parte de la operacion de administracion de deuda a que se refiere el articulo precedente, cuyas caracteristicas seran como se detalla a continuacion:
Monto a emitir : Hasta por S/. 47 380 341,60 (Cuarenta y Siete Millones Trescientos Ochenta Mil Trescientos Cuarenta y Uno y 60/100 Nuevos Soles). : S/. 1 000,00 (Un Mil Nuevos Soles) El monto que corresponde a las fracciones del MORDAZA sera cancelado por la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, en la

Que, tal endeudamiento interno se efectuara con cargo al monto autorizado para "Sectores economicos y sociales" referido en el literal a) del numeral 4.2 del Articulo 4º de la Ley Nº 29953; Que, la indicada operacion de endeudamiento interno ha cumplido con los requisitos establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, modificado por la Ley Nº 29953; Que, mediante el numeral 36.1 del Articulo 36º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, se autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, para realizar operaciones de administracion de deuda dirigidas a disminuir los riesgos de refinanciamiento y/o de MORDAZA, las cuales no se encuentran sujetas a los limites para las operaciones de endeudamiento que fija la Ley de Endeudamiento del Sector Publico para cada ano fiscal, ni tienen implicancias presupuestales en el ano fiscal que se acuerden; Que, se ha considerado conveniente aprobar una operacion de administracion de deuda de las obligaciones que se deriven de la citada operacion de endeudamiento interno, la misma que sera bajo la modalidad de refinanciacion, a traves de la entrega del MORDAZA Soberano con vencimiento 12 de agosto de 2031; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento interno y la operacion de administracion de deuda, en aplicacion del literal l) del Articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, y su modificatoria y la Ley Nº 29953 y por la Resolucion Directoral Nº 05-2006EF/75.01, que aprueba la "Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico"; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion y condiciones de la operacion de endeudamiento interno 1.1 Apruebese la operacion de endeudamiento interno a ser acordada entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, hasta por la suma de S/. 47 380 341,60 (CUARENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 60/100 NUEVOS SOLES) destinada a financiar los proyectos "Ampliacion del Servicio de Educacion Secundaria en la localidad de Challhuahuacho, Distrito de Challhuahuacho - Cotabambas ­ Apurimac", "Ampliacion del Servicio de Educacion Primaria en la I.E. N 50633 de la localidad de Challhuahuacho, Distrito de Challhuahuacho - Cotabambas ­ Apurimac", "Ampliacion y Mejoramiento de los Servicios de Educacion Inicial de la I.E. N 786, Primaria de la I.E. N 51074 y Secundaria de la I.E. MORDAZA MORDAZA Encinas en la Comunidad de MORDAZA, Distrito de Challhuahuacho - Cotabambas ­ Apurimac", "Mejoramiento, Ampliacion e Instalacion de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de la Comunidad de Chaccaro del Distrito de Tambobamba, Provincia de Cotabambas ­ Apurimac", "Mejoramiento, Ampliacion del Sistema de Agua Potable y Construccion de Letrinas con Arrastre Hidraulico en la Comunidad Campesina de Asacasi del Distrito de Tambobamba, Provincia de Cotabambas ­ Apurimac", "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Agua Potable y Construccion de Letrinas con Arrastre Hidraulico en la Comunidad Campesina Churoc Distrito de Tambobamba, Provincia de Cotabambas ­ Apurimac", "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Agua Potable e Instalacion de Letrinas con Arrastre Hidraulico en el Anexo de Raccaty del Centro Poblado de Chaccaro, Distrito de Tambobamba, Provincia de

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