NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (20/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 24
El Peruano Viernes 20 de setiembre de 2013 503258 Que, el artículo 69° del citado Texto Único Ordenado establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas, entre, otros, por Resolución del Titular de la Entidad, debiendo ser publicados en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, el literal ii. del numeral 19.2 del artículo 19° de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y sus modifi catorias, establece que las modifi caciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42° de la Ley N° 28411, proceden cuando se trate de recursos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias; Que, el numeral 19.3 del artículo 19º de la citada Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, establece el modelo y plazos de presentación de las resoluciones para la aprobación de la incorporación de mayores fondos públicos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias; Que, el numeral 25.1 del artículo 25° de la mencionada Directiva señala que dado el carácter fi nanciero del presupuesto del Sector Público, sólo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos serán registrados en números enteros; Que, el Banco Interamericano de Desarrollo – BID ha realizado el segundo desembolso del Acuerdo de Subvención PER-809-GO7-T del proyecto relacionado al Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable N° ATN/FT-12373-PE “Fortalecimiento de la Supervisión y Regulación en el Aseguramiento de Salud”, consignándose como receptor principal del desembolso al Ministerio de Salud a través de la Unidad Ejecutora 123 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD, por el importe de SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 673 774,00); Que, como producto del de la donación efectuada por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, mediante Ofi cio N° 0604-2013-PARSALUD/CG-el Coordinador General del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD, solicita gestionar la inclusión en el Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 011: Ministerio de Salud, en la fuente de fi nanciamiento 4. Donaciones y Transferencias, el importe de TRECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/10 NUEVOS SOLES (S/. 358 982,00); señalando que dichos fondos permitirán fi nanciar la ejecución de las actividades programadas para el proyecto Fortalecimiento de la Supervisión y Regulación en el Aseguramiento de Salud para los últimos cuatro (4) meses del presente Año Fiscal, las que estarán a cargo de la Unidad Ejecutora 123 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud PARSALUD del Pliego 011: Ministerio de Salud, en su calidad de receptor principal de la donación; Que, como consecuencia de lo antes mencionado, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, considerando que los mayores fondos públicos a incorporar corresponden a la fuente de fi nanciamiento 4. Donaciones y Transferencias; Estando a lo informado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Ofi cina de Presupuesto, mediante Informe N° 182-2013-OGPP-OP/ MINSA, y con el visado del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42º y el artículo 69º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptación de Donación Aceptar la donación de SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 673 774,00) efectuada por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID destinada a fi nanciar la ejecución de actividades programadas en el marco del Acuerdo de Subvención PER-809-GO7-T del proyecto relacionado al Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable N° ATN/FT-12373-PE “Fortalecimiento de la Supervisión y Regulación en el Aseguramiento de Salud”, consignando como receptor principal al Ministerio de Salud a través de la Unidad Ejecutora 123 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD. Artículo 2°. - Incorporación de Presupuesto Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma TRECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/10 NUEVOS SOLES (S/. 358 982,00); de acuerdo al detalle siguiente: INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS Rubro: 13 Donaciones y Transferencias (En Nuevos Soles) 1. Ingresos Presupuestarios 358 982,00 1.4 Donaciones y Transferencias 358 982,00 1.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes 358 982,00 1.4.1 2 De Organismos Internacionales 358 982,00 1.4.1 2.1 1 Banco Interamericano de Desarrollo - BID 358 982,00 --------------- TOTAL INGRESOS: 358 982,00 ========= EGRESOS: (En Nuevos Soles) SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 011 Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA : 123 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD ACCIONES CENTRALES : 3999999 SIN PRODUCTO ACTIVIDAD : 5000002 Conducción y Orientación Superior GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 358 982,00 ========= Artículo 3º.- Codifi caciones La Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Ofi cina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 4º.- Notas de Modifi cación La Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Ofi cina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, instruirá a la Unidad Ejecutora 123 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD para que elabore la correspondiente “Nota para Modifi cación Presupuestaria” que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 5º.- Informe Copia de la presente Resolución Ministerial, se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 989884-1