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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (20/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 25

El Peruano Viernes 20 de setiembre de 2013 503259 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban transferencia de frecuencias asignadas a DIGITAL WAY S.A. a favor de la empresa DIRECTV PERU S.R.L. RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 472-2013-MTC/03 Lima, 13 de setiembre de 2013 VISTA, la solicitud con registro P/D Nº 022488 de fecha 21 de febrero de 2013, presentada por la empresa DIGITAL WAY S.A., para la aprobación a favor de la empresa DIRECTV PERÚ S.R.L., de la transferencia de las frecuencias comprendidas en la Banda de Frecuencias 2 300 – 2 400 MHz, asignadas mediante Resoluciones Directorales Nºs. 490-2010-MTC/27 y 594-2010-MTC/27; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 139-99- MTC/15.03 del 07 de abril de 1999, se otorgó a la empresa DIGITAL WAY S.A. concesión para la prestación del servicio portador local por el plazo de veinte (20) años, en el área de cobertura que comprende la ciudad de Lima, de la provincia y departamento Lima, y la ciudad del Callao, de la Provincia Constitucional del Callao; suscribiéndose el respectivo Contrato de Concesión el 18 de mayo de 1999; Que, por Resolución Viceministerial Nº 128-99- MTC/15.03 de fecha 09 de abril de 1999, se asignó a la empresa DIGITAL WAY S.A. espectro radioeléctrico, según anexo, para la prestación del servicio portador local en el área que comprende las ciudades de Lima y Callao, estableciéndose las correspondientes metas de uso de espectro radioeléctrico; y se aprobó las características técnicas de operación para la prestación del servicio portador local; Que, por Resolución Ministerial Nº 324-2001- MTC/15.03 de fecha 20 de julio de 2001, se amplió el área de concesión, otorgada a la empresa DIGITAL WAY S.A. con Resolución Ministerial Nº 139-99-MTC/15.03, para la prestación del servicio portador local a todas las áreas locales del territorio de la República del Perú; habiéndose suscrito la respectiva Adenda el 19 de setiembre de 2001; Que, con Resolución Viceministerial Nº 622-2001- MTC/15.03 de fecha 01 de agosto de 2001, se asignó a la empresa DIGITAL WAY S.A. espectro radioeléctrico en la banda 2 300 – 2 500 MHz, estableciéndose las respectivas metas de uso de espectro radioeléctrico; y, se aprobaron las características técnicas específi cas de operación para la prestación del servicio portador local en el área de concesión que comprende todas las áreas locales del territorio de la República del Perú, excepto las ciudades de Lima y Callao; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 890- 2001-MTC/15.03 del 16 de octubre de 2001, se asignó a la empresa DIGITAL WAY S.A. segmento adicional de espectro radioeléctrico para la prestación del servicio portador local, y se autorizó la modifi cación de las características técnicas y de metas de uso de espectro radioeléctrico, aprobadas por Resolución Viceministerial Nº 128-99-MTC/15.03; Que, por Resolución Directoral Nº 247-2005-MTC/17 de fecha 28 de enero de 2005, se autorizó a la empresa DIGITAL WAY S.A. la modifi cación de las características técnicas de operación conforme al anexo adjunto, el cual sustituye al anexo aprobado por Resolución Viceministerial Nº 128-99-MTC/15.03; Que, por Resolución Directoral Nº 994-2005-MTC/17 de fecha 30 de mayo de 2005, se migraron tres (3) canales de la banda 2 300 – 2 483,5 MHz, asignados a la empresa DIGITAL WAY S.A. mediante Resolución Viceministerial Nº 128-99-MTC/15.03, a la banda 2 200 – 2 400 MHz. Asimismo, se asignó cuatro (4) nuevos canales a la citada empresa para la prestación del servicio portador en el área de las ciudad de Lima y Callao, haciendo un total de siete (7) canales, aprobándose sus correspondientes metas de uso de espectro radioeléctrico. A su vez, se aprobó la modifi cación de las características técnicas de operación respecto a la descripción de red, aprobadas con Resolución Viceministerial Nº 128-99-MTC/15.03; Que, por Resolución Ministerial Nº 669-2005-MTC/03 del 28 de setiembre de 2005, se prorrogó el plazo para iniciar la prestación del servicio portador local en la modalidad conmutado concedido a la empresa DIGITAL WAY S.A. por Resolución Ministerial Nº 324-2001-MTC/15.03, correspondiente a todas las áreas locales de la República del Perú, excepto la ciudad de Lima, de la provincia y departamento de Lima, y la ciudad del Callao, de la Provincia Constitucional del Callao, hasta tres (3) meses posteriores a la fecha de emisión de la Resolución Directoral de migración del área ampliada a la banda de 2 200 - 2 400 MHz. Asimismo, se prorrogó con efi cacia anticipada al 01 de abril de 2003, el plazo para iniciar la prestación del servicio portador local en la modalidad no conmutado concedido a la empresa DIGITAL WAY S.A. por Resolución Ministerial Nº 324-2001- MTC/15.03, correspondiente a todas las áreas locales de la República del Perú, excepto la ciudad de Lima, de la provincia y departamento de Lima, y la ciudad del Callao, de la Provincia Constitucional del Callao; suscribiéndose la respectiva Adenda el 25 de octubre de 2005; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2209-2005- MTC/17 de fecha 22 de diciembre de 2005, se migraron cuatro (4) canales asignados en la banda 2l300 - 2l483,5 MHz a la empresa DIGITAL WAY S.A. por Resolución Ministerial Nº 324-2001-MTC/15.03, para la prestación del servicio portador local en todas las áreas locales del territorio de la República del Perú, excepto la ciudad de Lima de la provincia y departamento Lima y la ciudad del Callao, de la Provincia Constitucional del Callao, a la banda de 2 200 – 2 400 MHz. Asimismo, se asignaron tres (03) nuevos canales a la empresa DIGITAL WAY S.A. en la banda de 2 200 – 2 400 MHz para la prestación de dicho servicio portador, haciendo un total de siete (7) canales; aprobándose sus correspondientes metas de uso de espectro radioeléctrico. A su vez, se aprobó la modifi cación de características técnicas respecto a la descripción de red, aprobadas con Resolución Viceministerial Nº 622-2001-MTC/15.03; Que, por Resolución Directoral Nº 749-2006-MTC/17 de fecha 05 de abril de 2006, se autorizó a la empresa DIGITAL WAY S.A., la modifi cación de características técnicas contenidas en el anexo “Asignación de Frecuencias” aprobado por Resolución Directoral Nº 994- 2005-MTC/17; Que, con Resolución Directoral Nº 490-2010-MTC/27 de fecha 29 de setiembre de 2010, se dispuso migrar siete (7) canales de la banda 2 200 – 2 400 MHz, asignados a la empresa DIGITAL WAY S.A. por Resolución Directoral Nº 994- 2005-MTC/17, para la prestación del servicio portador local en el área que comprende la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, a la banda de 2 300 – 2 400 MHz; y, se asignó un (01) nuevo canal en la banda 2 300 – 2 400 MHz para la prestación del citado servicio portador local; aprobándose sus correspondientes metas de uso de espectro radioeléctrico. Asimismo, se aprobó la modifi cación de características técnicas de operación respecto a la descripción de red, aprobadas por Resolución Directoral Nº 994-2005- MTC/17. A su vez, se revirtió al Estado las frecuencias: 2 238, 2 242, 2 246, 2 250, 2 254, 2 258 y 2 262 MHz y sus pares de frecuencias asociados, las cuales fueron asignadas mediante Resolución Directoral Nº 994-2005-MTC/17; Que, por Resolución Directoral Nº 525-2010-MTC/27 del 20 de octubre de 2010, se aprobó el cronograma de actividades al cual se sujeta la empresa DIGITAL WAY S.A. en la migración de la banda 2 200 – 2 400 MHz a la banda 2 300 – 2 400 MHz; Que, con Resolución Directoral Nº 594-2010-MTC/27 de fecha 02 de diciembre de 2010, se adecuaron siete (07) canales de la banda 2 200 - 2 400 MHz, asignados a la empresa DIGITAL WAY S.A. por Resolución Directoral Nº 2209-2005-MTC/17, para la prestación del servicio portador local en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, excepto la provincia Lima, del departamento Lima, y la Provincia Constitucional del Callao, a la banda 2 300 – 2 400 MHz.; y se asignó un (1) nuevo canal a la empresa DIGITAL WAY S.A. en la banda 2 300 – 2 400 MHz para la prestación del citado servicio portador local; aprobándose sus correspondientes metas de uso de espectro radioeléctrico. Asimismo, se aprobó: la modifi cación de características técnica de operación respecto a la descripción de red, aprobadas por Resolución Directoral Nº 2209-2005-MTC/17; el cronograma de actividades al cual se sujeta la citada empresa en la adecuación de la asignación de la banda