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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (20/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Viernes 20 de setiembre de 2013 503246 Turismo – MINCETUR, precisándose que por la misma vía se irán incorporando progresivamente a dicha lista los nuevos procedimientos administrativos cuando corresponda; Que, mediante Resolución Ministerial N° 137-2010- MINCETUR/DM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 19 de julio de 2010, se aprobó la relación inicial de procedimientos administrativos que se tramitarán a través de la VUCE y mediante las Resoluciones Ministeriales Nos. 233 y 261-2010-MINCETUR/DM, 037-2011- MINCETUR/DM, 085, 234 y 252-2012-MINCETUR/DM, y 039-2013-MINCETUR/DM se amplió y modifi có la referida relación de procedimientos; Que, de acuerdo al Acta de Conformidad N° 2013-001- DGS se ha certifi cado un procedimiento administrativo de la Dirección General de Salud Ambiental - DIGESA del Ministerio de Salud que se tramitará a través de la VUCE; Que, de acuerdo a las Actas de Conformidad N°s. 2013-001-SNP, 2013-002-SNP, 2013-003-SNP y 2013-004-SNP se han certifi cado procedimientos administrativos del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera- SANIPES (antes ITP) del Ministerio de la Producción que se tramitarán a través de la VUCE; Que, de acuerdo a las Actas de Conformidad N°s. 2013-001-DGM y 2013-002-DGM se han certifi cado procedimientos administrativos de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas-DIGEMID del Ministerio de Salud que se tramitarán a través de la VUCE; Que, corresponde incluir a la lista publicada mediante Resolución Ministerial N° 137-2010-MINCETUR/DM y modifi catorias, nuevos procedimientos administrativos cuya operación en la VUCE ha sido certifi cada mediante las Actas de Conformidad antes señaladas; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, y el Reglamento Operativo del Componente de Mercancías Restringidas de la VUCE, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2010- MINCETUR; De acuerdo con los documentos del Vistos; y, Con la visación del Viceministro de Comercio Exterior; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ampliar la relación de procedimientos administrativos que se tramitan a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE, aprobada por Resolución Ministerial N° 137-2010-MINCETUR/DM, y sus modifi catorias, mediante la inclusión de dieciséis (16) procedimientos administrativos que se detallan en Anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo Anexo de la Resolución Ministerial N° 252 -2013-MINCETUR/DM que incorpora 16 procedimientos administrativos al listado de procedimientos administrativos que se tramitan a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior aprobado por Resolución Ministerial N° 137-2010-MINCETUR/DM N° Denominación del procedimiento Entidad Competente 97 Autorización Sanitaria para la Fabricación de Juguetes y/o Útiles de Escritorio. Ministerio de Salud (Dirección General de Salud Ambiental) N° Denominación del procedimiento Entidad Competente 98 Expedición del Protocolo Técnico para Habilitación Sanitaria de Planta o Registro de Procesamiento Industrial de Productos Pesqueros, Acuícolas, Centros de Depuración, Procesamiento Artesanal o Primario. Ministerio de la Producción (Organismo Nacional de Sanidad Pesquera) 99 Emisión o Renovación de Protocolo Técnico para Registro Sanitario de Productos Pesqueros y Acuícolas, Nacionales o Importados. Ministerio de la Producción (Organismo Nacional de Sanidad Pesquera) 100 Ampliación a nuevos productos o adenda en Protocolos Técnicos para Habilitación Sanitaria o Registro de Planta de Procesamiento Industrial, Artesanal o Primario. Ministerio de la Producción (Organismo Nacional de Sanidad Pesquera) 101 Constancia de verifi cación del Plan de Análisis de Peligros y Control de Puntos Críticos (APCPC). Ministerio de la Producción (Organismo Nacional de Sanidad Pesquera) 102 Modifi cación de Nombre de un Producto Cosmético dentro o fuera de la Sub-Región Andina. Ministerio de Salud (Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas) 103 Cambio de Nombre de Productos de Higiene Doméstica y Productos Absorbentes de Higiene Personal Fabricados dentro y fuera de la Subregión Andina. Ministerio de Salud (Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas) 104 Inclusión de un Nuevo Fabricante para Productos Cosméticos ya notifi cado dentro o fuera de la Sub- Región Andina, o dentro del Territorio Nacional. Ministerio de Salud (Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas) 105 Inclusión de un Nuevo Fabricante para Productos de Higiene Doméstica y Productos Absorbentes de Higiene Personal ya Notifi cado dentro o fuera de la Sub-Región Andina, o dentro del Territorio Nacional. Ministerio de Salud (Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas) 106 Cambio de Fórmula de Productos Cosméticos. Ministerio de Salud (Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas) 107 Cambio de Fórmula de Productos de Higiene Doméstica y Productos Absorbentes de Higiene Personal. Ministerio de Salud (Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas) 108 Notifi cación o Renovación o Ampliación de Notifi cación Sanitaria Obligatoria de Productos Higiene Doméstica y Productos Absorbentes de Higiene Personal Nacional o Importados y/o fabricados fuera de la Sub-Región Andina o por terceros dentro o fuera de la Sub-Región Andina. Ministerio de Salud (Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas) 109 Notifi cación Sanitaria Obligatoria para Productos Cosméticos, Productos de Higiene Doméstica y Productos Absorbentes de Higiene Personal, cuando el producto ya está notifi cado dentro o fuera de la Sub-Región Andina. Ministerio de Salud (Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas) 110 Reconocimiento de Notifi cación Sanitaria Obligatoria para Productos Cosméticos, Productos de Higiene doméstica y Productos Absorbentes de Higiene Personal, dentro de la Sub-Región Andina. Ministerio de Salud (Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas) 111 Modifi cación de Fabricante de Productos de Higiene Doméstica y Productos Absorbentes de Higiene Personal Fabricados dentro o fuera de la Subregión Andina. Ministerio de Salud (Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas)