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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (20/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 20

El Peruano Viernes 20 de setiembre de 2013 503254 fecha de colocación del Bono Soberano con vencimiento el 12 de agosto de 2031. Moneda : Nuevos Soles. Tasa Cupón : 6,95% nominal anual fi ja. Negociabilidad de los bonos : Libremente negociables. Modalidad de colocación : Oferta privada al Banco de la Nación. Fecha de colocación : El día siguiente a la fecha de pago del préstamo. Registro : Mediante anotación en cuenta en CAVALI S.A ICLV y listado en la Bolsa de Valores de Lima. 3.2 Las características adicionales de la citada emisión interna se ajustarán a lo dispuesto en el Reglamento de la Emisión y Colocación de Bonos Soberanos en el Mercado Interno, vigente a la fecha de dicha emisión. 3.3 El presente artículo entrará en vigencia el 06 de enero del 2017. Artículo 4.- Unidad Ejecutora 4.1 La Unidad Ejecutora de los proyectos “Mejoramiento, Ampliación e Instalación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de la Comunidad de Chaccaro del Distrito de Tambobamba, Provincia de Cotabambas – Apurímac”, “Mejoramiento, Ampliación del Sistema de Agua Potable y Construcción de Letrinas con Arrastre Hidráulico en la Comunidad Campesina de Asacasi del Distrito de Tambobamba, Provincia de Cotabambas – Apurímac”, “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Construcción de Letrinas con Arrastre Hidráulico en la Comunidad Campesina Churoc Distrito de Tambobamba, Provincia de Cotabambas – Apurímac”, “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable e Instalación de Letrinas con Arrastre Hidráulico en el Anexo de Raccaty del Centro Poblado de Chaccaro, Distrito de Tambobamba, Provincia de Cotabambas – Apurímac”, “Ampliación, Mejoramiento del Sistema de Agua Potable, y Construcción de Letrinas con Arrastre Hidráulico en la Comunidad Campesina Víctor Raúl Haya de la Torre del Distrito de Mara, Provincia de Cotabambas – Apurímac”, “Mejoramiento, Ampliación del Sistema de Agua Potable e Instalación de Letrinas con Arrastre Hidráulico en los Anexos Chullupata y Tastapata de la Comunidad Campesina San Andrés Yanaca del Distrito de Tambobamba, Provincia de Cotabambas – Apurímac”, “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable e Instalación de Letrinas con Arrastre Hidráulico en los Anexos de Ccoñamuro y Huaraccopata de la Comunidad de Occacahua del Distrito de Tambobamba, Provincia de Cotabambas – Apurímac”, “Construcción del Sistema de Riego en el Sector de Pampañapata del Distrito de Tambobamba, Provincia de Cotabambas – Apurímac”, e “Instalación del Sistema de Riego por Aspersión en las Comunidades de Parcco - Quewincha Quebrada de Mara Pitic, Distrito de Mara, Provincia de Cotabambas – Apurímac”, será la Municipalidad Provincial de Cotabambas. 4.2 Los proyectos “Ampliación del Servicio de Educación Secundaria en la localidad de Challhuahuacho, Distrito de Challhuahuacho - Cotabambas – Apurímac”, “Ampliación del Servicio de Educación Primaria en la I.E. N 50633 de la localidad de Challhuahuacho, Distrito de Challhuahuacho - Cotabambas – Apurímac”, “Ampliación y Mejoramiento de los Servicios de Educación Inicial de la I.E. N 786, Primaria de la I.E. N 51074 y Secundaria de la I.E. José Antonio Encinas en la Comunidad de Ccasa, Distrito de Challhuahuacho - Cotabambas – Apurímac”, “Instalación del Sistema de Riego Presurizado en la Comunidad Campesina de Patario, Distrito de Challhuahuacho - Cotabambas – Apurímac”, e “Instalación del Sistema de Riego Presurizado en los Anexos de Auquillo, Sacanco, Anta Anta, Moccopata y Maccapata de la Comunidad Campesina de Anta Anta, Distrito de Challhuahuacho - Cotabambas – Apurímac”, serán desarrollados por la Municipalidad Distrital de Challhuahuacho en calidad de Unidad Implementadora. Artículo 5.- Convenio de Traspaso de Recursos 5.1 El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, traspasará a la Municipalidad Provincial de Cotabambas, los recursos de la operación de endeudamiento interno que se aprueba en el artículo 1 del presente decreto supremo, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, a ser suscrito por dichas entidades, el mismo que será aprobado mediante Resolución Ministerial. 5.2 Dicho Convenio establecerá, adicionalmente, los términos y condiciones referidos a la atención del servicio de la deuda. Artículo 6.- Suscripción de documentos Autorícese al Ministro de Economía y Finanzas, o a quien él designe, a suscribir en representación de la República del Perú, el contrato de la operación de endeudamiento interno y de administración de deuda que se aprueba en los artículos 1 y 2 de este decreto supremo; así como al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar las citadas operaciones, y las que se requieran para implementar la emisión del Bono a que se refi ere el Artículo 3 de la presente norma legal. Artículo 7.- Servicio de la deuda El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la operación de endeudamiento interno y de administración de deuda que se aprueban mediante los artículos 1 y 2 del presente decreto supremo, será atendido por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública. Artículo 8.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de setiembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 990682-3 Autorizan viaje de funcionario de PROINVERSIÓN a Noruega, Dinamarca y Suecia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 262-2013-EF/10 Lima, 19 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28660 se determinó la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN como Organismo Público adscrito al sector Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía, técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a través de la Dirección para Norteamérica y Europa del Vice Ministerio de Comercio Exterior, ha organizado la Misión Comercial de Prospección a Europa, que incluye la realización de los eventos denominados “Perú: Tu Socio Estratégico en Sudamérica”, que se llevarán a cabo en las ciudades de Oslo, Reino de Noruega el 23 de septiembre, Copenhague, Reino de Dinamarca el 25 de septiembre,