Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2013 (22/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA 22 de setiembre de 2013

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personal dispuesto en las Leyes N° 28498, N° 28560 y N° 29862, en los porcentajes que corresponden al presente ano; Contando con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de la Modernizacion de la Gestion del Estado y modificatorias; en la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; y en los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal de las Entidades de la Administracion Publica, aprobados con Decreto Supremo Nº 0432004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Ministerio de Salud Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Salud, el cual contiene un total de 1597 cargos calificados, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Implementacion del Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Salud En los casos que en la implementacion del Cuadro para Asignacion de Personal aprobado mediante la presente Resolucion Suprema, se le asigne a algun servidor un cargo estructural que tenga una clasificacion menor o no equivalente al cargo que ostenta actualmente, este hecho, no implicara en ningun supuesto un menoscabo de la remuneracion total que venga percibiendo a la fecha. Articulo 3º.- Acciones de Personal Disponer que la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, disponga las acciones de personal necesarias, a fin de asignar los cargos correspondientes. Articulo 4º.- De la Publicacion La presente Resolucion Suprema sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. La Resolucion Suprema y el Cuadro para Asignacion de Personal aprobado por el articulo 1º de la presente MORDAZA, seran publicados en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob,pe), al dia siguiente de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5º.- De la Vigencia El Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Salud entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en los portales institucionales a que se refiere al articulo 4º de la presente Resolucion Suprema. Articulo 6°.- Derogatoria Deroguese la Resolucion Suprema Nº 020-2012-SA y las demas normas que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolucion Suprema. Articulo 7°.- Del Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud
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Que, mediante Ley N° 29682, se autorizo el nombramiento de los medicos cirujanos a nivel nacional -en forma progresiva, por concurso de meritos y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal-, que se encuentran prestando servicios en la condicion de contratados por el Ministerio de Salud, sus organismos publicos y las direcciones regionales de salud de los gobiernos regionales, bajo cualquier modalidad, preferentemente en zonas de pobreza y de extrema pobreza, durante dos anos continuos o cuatro anos no consecutivos como minimo; Que, el literal c) del numeral 8.1 del articulo 8° de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, establece que se encuentran exceptuados de la prohibicion de ingreso de personal en el Sector Publico, el nombramiento de hasta el (55%) del numero de los profesionales no medicos cirujanos y del personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, respectivamente, en el MORDAZA del nombramiento gradual a que se refieren las Leyes N° 28498 y N° 28560, sus normas modificatorias y complementarias; Que, asimismo, el literal d) del precitado articulo, exceptua de la prohibicion de ingreso de personal en el Sector Publico, el nombramiento de los Profesionales medicos cirujanos contratados en el VRAEM y hasta el 25% del numero de los profesionales medicos cirujanos, comprendidos en la Ley N° 29682, senalando que para dicho nombramiento, el profesional medico debe encontrarse prestando servicios en la condicion de contratado por el Ministerio de Salud, sus organismos publicos y los Gobiernos Regionales; Que, el numeral 8.1 del articulo 8° de la Ley N° 29951, dispone que para la aplicacion de los casos de excepcion establecidos desde el literal a) hasta el literal g), es requisito que las plazas a ocupar se encuentren aprobadas en el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), y registradas en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico a cargo de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas, y que cuenten con la respectiva certificacion del credito presupuestario; Que, la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, mediante Memorando Nº 958-2013-OGGRH-OARH/MINSA remitio la relacion de personal que sera nombrado en la sede central del Ministerio de Salud en el MORDAZA de lo dispuesto en las Leyes Nº 28560, N° 28498 y N° 29682; Que, mediante Informe N° 0138-2013-OGPPOO/MINSA, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, ha emitido opinion favorable y el informe tecnico que sustenta el proyecto de Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Salud; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 0432004-PCM, se aprobaron los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de las entidades de la Administracion Publica, estableciendo en el numeral 14.1 del articulo 14º de los Lineamientos, que el proyecto del Cuadro para Asignacion de Personal, para el caso de los Ministerios y de los Organismos Publicos debe ser remitido para informe previo a la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, asimismo, el articulo 15º de los precitados Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal de las Entidades de la Administracion Publica, senala que la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal de los Ministerios se efectuara por Resolucion Suprema refrendada por el Titular del Sector; Que, en consecuencia resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Salud, a fin de viabilizar el nombramiento del

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