Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2013 (22/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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El Peruano MORDAZA 22 de setiembre de 2013

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Decreto Supremo que aprueba la actualizacion del Clasificador de Rutas del SINAC y las disposiciones sobre dicho Clasificador
DECRETO SUPREMO Nº 012-2013-MTC

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 15° del Reglamento de Jerarquizacion Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, senala que el Clasificador de Rutas es el documento oficial del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, clasificadas en Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y Red Vial Vecinal o Rural, que incluye el Codigo de Ruta y su definicion segun puntos o lugares principales que conecta; precisando, ademas, que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el responsable de elaborar la actualizacion del Clasificador de Rutas que se aprobara mediante Decreto Supremo y que las modificaciones seran aprobadas por Resolucion Ministerial de este Ministerio; Que, en virtud de ello mediante el Decreto Supremo N° 036-2011-MTC, se aprobo la actualizacion del Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras ­ SINAC; Que, asimismo, a traves de los articulos 2°, 3°, 4°, 5°, 5A y 6° del Decreto Supremo Nº 044-2008-MTC, se aprobaron la disposiciones sobre: i) las definiciones de los terminos utilizados en el Clasificador de Rutas; ii) el ambito de aplicacion del Clasificador de Rutas; iii) la identificacion de las redes viales; iv) la aplicacion obligatoria del Clasificador de Rutas; v) la clasificacion temporal de carreteras; y vi) la clasificacion de los caminos departamentales o vecinales de los Programas de Provias Descentralizado; Que, de acuerdo al articulo 57º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, es un organo de linea de ambito nacional del Sector Transportes, encargado de normar sobre la gestion de la infraestructura de caminos, puentes y ferrocarriles, asi como de fiscalizar su cumplimiento y de conformidad al literal c) del articulo 58º del citado Reglamento de Organizacion y Funciones, tiene como una de sus funciones especificas la de proponer y/o aprobar normas de caracter tecnico y/o administrativas relacionadas con la gestion de infraestructura vial y velar por su cumplimiento; Que, asimismo, los literales d) y e) del articulo 62° del citado Reglamento de Organizacion y Funciones, establece como funciones especificas de la Direccion de Caminos, conducir y mantener el Registro Nacional de Carreteras y mantener actualizado el inventario vial a nivel nacional; Que, en ejercicio de estas funciones, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, a traves de su Direccion de Caminos, ha realizado la revision total del Clasificador de Rutas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 036-2011-MTC, teniendo en cuenta la informacion obtenida a traves de la actualizacion del inventario vial de caracter basico de la Red Vial Departamental o Regional de catorce (14) departamentos (Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ica, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, San MORDAZA, Tacna, Tumbes y Ucayali); de la reclasificacion definitiva de carreteras pertenecientes a las diferentes redes

viales que han sido aprobadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de diversas Resoluciones Ministeriales emitidas con posterioridad al Decreto Supremo N° 036-2011-MTC; de los ajustes de la trayectoria o puntos notables de las redes viales y de la complementacion de las rutas conformantes de la Red Vial Nacional que dan acceso al Puerto del Callao, al Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA y a la Plataforma Logistica de Carga; Que, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles mediante Memorandum N° 1204-2013-MTC/14 al cual adjunta el Informe N° 029-2013-MTC/14.07 de la Direccion de Caminos, propone aprobar por Decreto Supremo la actualizacion del Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras ­ SINAC, asi como incluir en este las disposiciones referidas al Clasificador de Rutas que se encuentran previstas en el Decreto Supremo N° 044-2008-MTC y en el Decreto Supremo N° 026-2009-MTC, a fin de su consolidacion en un solo dispositivo legal; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y en la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; DECRETA: Articulo 1°.- Aprobacion de la actualizacion del Clasificador de Rutas Aprobar la actualizacion del Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, el mismo que se detalla en el Anexo adjunto que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2°.- De las definiciones Las definiciones de los terminos utilizados en el presente Clasificador de Rutas, se encuentran senaladas en el "Glosario de Terminos de Uso Frecuente en Proyectos de Infraestructura Vial", aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolucion Ministerial Nº 660-2008-MTC/02. Articulo 3°.- Del ambito de aplicacion El presente Clasificador de Rutas rige en todo el territorio de la Republica del Peru para su aplicacion por los tres niveles de Gobierno (Nacional, Regional y Local). Su alcance esta referido a las vias que conforman el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), asi como el derecho de via y las areas o vias de acceso restringido. Articulo 4°.- De la identificacion de las redes viales 4.1 Red Vial Nacional: La Red Vial Nacional tiene tres (3) Ejes Longitudinales y veinte (20) Ejes Transversales. Los Ejes longitudinales son carreteras que unen las fronteras norte y sur del MORDAZA y se identifican con numeracion impar de un digito. Estos ejes se inician (Km. "0") en los siguientes puntos notables en la MORDAZA central del pais: i) El eje longitudinal de la costa (PE-1), en el Intercambio Vial MORDAZA MORDAZA (Lima) ii) El eje longitudinal de la MORDAZA (PE-3), Reparticion La Oroya, y iii) El eje longitudinal de la MORDAZA (PE-5), en el Pte. Reither (Chanchamayo)| Los Ejes transversales o de penetracion son carreteras en las que la medicion de su trayectoria se hace de Oeste a Este, comunicando la costa con la MORDAZA y MORDAZA, salvo las excepciones de las carreteras que van al litoral, que tambien se inician en la Ruta PE-1, en cuyo caso su trayectoria se mide de Este a Oeste. Se identifican con numeracion par y se inician (Km. "0"), necesariamente, en un punto notable de la longitudinal de la costa (PE-1).

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