Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2013 (22/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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VISTOS: El documento de fecha 14 de agosto de 2013 del Ministerio de Tecnologias de la Informacion y las Comunicaciones de la Republica de Colombia, el Memorandum No. 1405-2013-MTC/03 emitido por el Viceministerio de Comunicaciones, el Memorandum No. 3450-2013-MTC/29 y el Informe No. 003-2013MTC/29 emitidos por la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, y; CONSIDERANDO: Que, mediante documento de fecha 14 de agosto de 2013 el Ministerio de Tecnologias de la Informacion y las Comunicaciones de la Republica de Colombia, cursa invitacion al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para participar en el MORDAZA sobre Calidad, Control y Supervision en los Servicios de Tecnologias de la Informacion y las Comunicaciones, a realizarse del 23 al 24 de setiembre de 2013, en la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia; Que, el citado MORDAZA tiene como objetivo compartir las mejores practicas internacionales que nos permitan identificar las estrategias y acciones para resolver los interrogantes relacionados con la vigilancia y control del espectro radioelectrico; Que, de conformidad con lo senalado en el Informe No. 003-2013-MTC/29 de la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, resulta conveniente autorizar la participacion de los senores MORDAZA MORDAZA Orrego MORDAZA, Director General de Control y Supervision de Comunicaciones y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la citada Direccion General, considerando que en dicho evento se recogeran los comentarios y opiniones que se presentaran en las sesiones, respecto de temas que son de interes de nuestra administracion, asi como permitira contar con mayores elementos de juicio para la formulacion de estrategias y acciones para la vigilancia y control en el desarrollo de los servicios y actividades de telecomunicaciones; siendo que los gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos son asumidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones con cargo a su presupuesto; De conformidad con la Ley No. 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo No. 056-2013-PCM, la Ley No. 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, y a lo informado por la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA Orrego MORDAZA, Director General de Control y Supervision de Comunicaciones y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la citada Direccion General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia, del 22 al 25 de setiembre de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos (para dos personas, incluye TUUA) US$ 3,644.16 Viaticos (para dos personas) US$ 2,220.00

El Peruano MORDAZA 22 de setiembre de 2013

Articulo 3.- Dentro de los siete (07) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas mencionadas en el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema, deberan presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas mencionadas en el articulo 1 deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; asi como la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 5.- El cumplimiento de la presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones
991361-14

Autorizan a Escuela de Conductores Senor de los MORDAZA Sociedad Anonima Cerrada impartir cursos de capacitacion en su calidad de Escuela de Conductores Profesionales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2914-2013-MTC/15

MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 069292 y 092446, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES SENOR DE LOS MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ESCONS MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el articulo 51º del referido texto legal, que senala los requisitos documentales; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1274-2013MTC/15 de fecha 19 de marzo de 2013, se autorizo a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES SENOR DE LOS MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA

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