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El Peruano Miércoles 2 de abril de 2014 520155 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 096- 2000-EF, se aprobó la Operación de Endeudamiento Externo entre la República del Perú y el Japan Bank for International Cooperatión – JBIC, hasta por ¥ 7 636 000 000,00 (SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 Yenes Japoneses), para fi nanciar parcialmente el “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación de Agua Potable y Alcantarillado en las ciudades de Iquitos, Cusco y Sicuani”, suscribiéndose el respectivo Convenio de Préstamo Nº PE-P29 de fecha 04 de setiembre del 2000; Que, el citado Convenio de Préstamo, en su Anexo 1, establece que la “Unidad Ejecutora”, encargada de la coordinación y administración integral del Proyecto, sería el Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado – PRONAP, órgano que posteriormente fue subrogado en sus funciones y competencias por el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento – PARSSA, que a su vez fue absorbido por el Programa Agua para Todos, ahora Programa Nacional de Saneamiento Urbano – PNSU, conforme a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 002-2012-VIVIENDA; como órgano responsable de coordinar acciones de los proyectos del sector saneamiento, conforme establece el Decreto Supremo N° 006-2007-VIVIENDA; además el citado Convenio en su Anexo 1, precisa que las “Agencias de Implementación” para la ejecución del proyecto en mención sería, entre otras, la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. – EPS EMPSSAPAL S.A.; Que, el Convenio Interinstitucional de Cooperación Financiera suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la EPS EMPSSAPAL S.A., de fecha 31 de octubre del 2012, establece que VIVIENDA fi nanciará recursos hasta por la suma de S/. 49 602 317,68, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para el fi nanciamiento y ejecución de las obras de los Lotes 4 y 5 del Proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Sicuani”; en el marco del Convenio de Préstamo PE-P29, los cuales serán transferidos mediante Transferencias Financieras a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. – EPS EMPSSAPAL S.A.; Que, mediante el Memorándum Nº 164-2014- VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0 del Director Ejecutivo (s) del Programa Nacional de Saneamiento Urbano y el Informe N° 047-2014-VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2 de la Jefa (e) de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Sistemas de Información del PNSU, se solicita gestionar el dispositivo legal correspondiente para realizar la transferencia fi nanciera, a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. – EPS EMPSSAPAL S.A., por la suma de S/. 11 953 892,81, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinada al fi nanciamiento de la Obra: Lotes 4 y 5 del Proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en la Ciudad de Sicuani (Contrato de Préstamo PE-P29)”; en el marco del literal d) numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30114; precisándose, que la transferencia fi nanciera será atendida con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por S/. 11 953 892,81, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, con el Informe Nº 022-2014/VIVIENDA-OGPP, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, emite opinión favorable en materia presupuestaria, y propone un proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. – EPS EMPSSAPAL S.A., por la suma de S/. 11 953 892,81, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinada al fi nanciamiento de la Obra: Lotes 4 y 5 del Proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en la Ciudad de Sicuani (Contrato de Préstamo PE-P29)”; precisando, que se cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/. 11 953 893,00, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, del Presupuesto Institucional 2014 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias; Que, el literal d) numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, autoriza en el presente año fi scal la realización de manera excepcional de transferencias fi nancieras, entre otras, que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables y las operaciones ofi ciales de crédito celebrados en el marco de la normativa vigente; asimismo, el numeral 12.2 del referido artículo, establece que las transferencias fi nancieras autorizadas por el párrafo 12.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que se publica en el Diario Ofi cial El Peruano; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 11 953 892,81 (ONCE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 81/100 NUEVOS SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. – EPS EMPSSAPAL S.A., destinada al fi nanciamiento de la Obra: Lotes 4 y 5 del Proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en la Ciudad de Sicuani”, en el marco del Convenio de Préstamo PE-P29. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo a los recursos aprobados en el Presupuesto Institucional 2014, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para lo cual realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2014. Artículo 5°.- Información La EPS EMPSSAPAL S.A. informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el Convenio correspondiente,