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El Peruano Miércoles 2 de abril de 2014 520157 OCHENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), destinada al fi nanciamiento de la elaboración del Estudio de Pre-inversión de los proyectos de inversión pública de saneamiento urbano denominados i) “Mejoramiento y rehabilitación del sistema de agua potable y alcantarillado para la Urb. Ascarrunz Bajo – distrito San Juan de Lurigancho”, por el monto de S/. 224 702,00, y ii) “Mejoramiento y rehabilitación del sistema de agua potable y alcantarillado para la Urb. Zárate – distrito San Juan de Lurigancho”, por el monto de S/. 484 685,00. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para lo cual se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014. Artículo 5.- Información La Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), informará oportunamente al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de los estudios de Pre Inversión de los Proyectos de Saneamiento Urbano indicados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de los Convenios suscritos por las partes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1068752-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 103-2014-VIVIENDA Lima, 28 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 096- 2000-EF se aprobó la Operación de Endeudamiento Externo entre la República del Perú y el Japan Bank for International Cooperation – JBIC, hasta por ¥ 7 636 000 000,00 (SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES), para fi nanciar parcialmente el “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación de Agua Potable y Alcantarillado en las ciudades de Iquitos, Cusco y Sicuani”, suscribiéndose el respectivo Convenio de Préstamo Nº PE-P29 de fecha 04 de setiembre del 2000; Que, en el Anexo 1 del citado Convenio de Préstamo, se estableció que la “Unidad Ejecutora”, encargada de la coordinación y administración integral del Proyecto, sería el Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado – PRONAP, que posteriormente fue subrogado en sus funciones y competencias por el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento – PARSSA; y a su vez fue absorbido por el Programa Agua para Todos, ahora Programa Nacional de Saneamiento Urbano – PNSU, conforme a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 002- 2012-VIVIENDA; como órgano responsable de coordinar acciones de los proyectos del sector saneamiento, conforme lo establece el Decreto Supremo N° 006-2007- VIVIENDA; asimismo, en el Anexo 1 del citado Convenio, se precisa que las “Agencias de Implementación” para la ejecución del proyecto en mención sería, entre otras, la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO S.A.; Que, en el marco del Convenio de Préstamo antes señalado, con fecha 22 de enero del 2009, se suscribió el Convenio de Implementación para la ejecución del Proyecto Lote 3: “Planta de Tratamiento de Aguas Residuales - Cusco”, entre el Programa Agua Para Todos – PAPT y la EPS SEDACUSCO S.A., estableciéndose el objeto, las obligaciones de las partes, procedimientos y demás condiciones en que se desarrollará la implementación del proyecto en la ciudad de Cusco; Que, en la Cláusula Cuarta del Convenio de Implementación antes citado, se estableció como una obligación del Programa Agua Para Todos, formalizar la transferencia fi nanciera a la EPS SEDACUSCO S.A., de los recursos presupuestales en la fuente de fi nanciamiento de recursos externos para la ejecución del Proyecto Lote 3: “Planta de Tratamiento de Aguas Residuales - Cusco”; Que, a través del Convenio Interinstitucional de Cooperación Financiera entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS y la EPS SEDACUSCO S.A., y las Adendas N° 01, 02, 03 y 04 del referido Convenio, se establece que los recursos a fi nanciar por el MVCS, ascienden a la suma total de S/. 43 497 109,14 con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para la ejecución del Proyecto Lote 3: “Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo – Cusco”, del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la Ciudad de Cusco”, en el marco del Convenio de Préstamo PE-P29; los cuales serán transferidos mediante transferencias fi nancieras a favor de la EPS SEDACUSCO S.A.; Que, mediante el Memorándum Nº 163-2014- VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0 del Director Ejecutivo (s) del Programa Nacional de Saneamiento Urbano – PNSU y el Informe N° 046-2014-VIVIENDA/VMCS/ PNSU/3.2 de la Jefa (e) de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Sistemas de Información del PNSU, solicita se gestione el dispositivo legal correspondiente para realizar la transferencia fi nanciera, a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco S.A. – EPS SEDACUSCO S.A., por la suma de S/. 2 138 676,45 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinada al fi nanciamiento del Proyecto Lote 3: “Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo – Cusco”, del Proyecto Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Cusco (Convenio de Préstamo PE-P29)”; en el marco del literal d) numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30114; precisándose, que la transferencia fi nanciera será atendida con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por S/. 2 138 676,45 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, con el Informe Nº 021-2014/VIVIENDA-OGPP, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, emite opinión favorable en materia presupuestaria, proponiendo un proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco S.A. – EPS SEDACUSCO S.A., por la suma de S/. 2 138 676,45 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinada al fi nanciamiento del Proyecto Lote 3: “Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo – Cusco”, del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Cusco (Convenio de Préstamo N° PE–P29); precisando, que cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/.