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El Peruano Jueves 10 de abril de 2014 520730 de implementación del referido órgano desconcentrado, iniciando funciones a partir del día 10 de abril de 2014; Que, atendiendo a lo expuesto, es necesario dictar las disposiciones que permitan el desarrollo de las funciones de la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca, en el marco de la legislación vigente en materia de recursos hídricos; Con los vistos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, Ofi cina de Administración, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Dirección de Administración de Recursos Hídricos, Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, Secretaria General, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y las facultades y atribuciones conferidas por el Decreto Supremo N° 006- 2010-AG, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar la conclusión del proceso de implementación de la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca (Código XIV), la que a partir del día 10 de abril de 2014, ejercerá sus funciones asignadas de acuerdo a ley. Artículo 2°.- Precísase que las Administraciones Locales de Agua del ámbito de la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca, continuarán ejerciendo la función de primera instancia administrativa hasta el día 09 de abril de 2014. Artículo 3°.- Disponer que los expedientes administrativos que no hayan sido resueltos al día 09 de abril de 2014, por las Administraciones Locales de Agua, y que sean de competencia de la Dirección de la Autoridad Administrativa del Agua Titicaca, deberán ser remitidos a la citada dirección para la prosecución de su trámite, sin retrotraer etapas ni suspender plazos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1072345-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0161-2014-MINAGRI Mediante Ofi cio Nº 301-2014-MINAGRI-SG, el Ministerio de Agricultura y Riego solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 0161-2014-MINAGRI, publicada en la edición del día 6 de abril de 2014. DICE: Artículo 1.- (…) 2. La Directora General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica o su representante. (…) DEBE DECIR: Artículo 1.- (…) 2. El Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica o su representante. (…) 1071503-1 EDUCACION Encargan funciones de Director General de la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional y de Director de la Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico Productiva RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 143-2014-MINEDU Lima, 9 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0353-2012- ED se designó a la señora Pilar Saavedra Paredes, como Directora de la Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico Productiva de la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0575-2013- ED se encargó las funciones de Directora General de la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, a la señora Pilar Saavedra Paredes, Directora de la Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico Productiva, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo, el mismo que fue renovado por Resolución Ministerial N° 010-2014-MINEDU; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, en consecuencia resulta necesario encargar las funciones de Directora General de la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional y de Directora de la Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico Productiva, a fi n de garantizar la continuidad del servicio; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora PILAR SAAVEDRA PAREDES al cargo de Directora de la Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico Productiva de la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; dándosele las gracias por los servicios prestados; dejándose sin efecto el encargo de funciones conferido mediante la Resolución Ministerial N° 0575-2013-ED y renovado por Resolución Ministerial N° 010-2014-MINEDU. Artículo 2.- Encargar las funciones de Director General de la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, a la señora MARIA LUISA SANCHEZ DOMINGUEZ, en adición a sus funciones, y en tanto se designe al titular del referido cargo. Artículo 3.- Encargar las funciones de Director de la Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico Productiva de la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación a la señora MARIA LUISA SANCHEZ DOMINGUEZ, en adición a sus funciones, y en tanto se designe al titular del referido cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1071912-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban Directiva Nº 003-2014- JUS/OGA, “Directiva que regula el procedimiento para la aplicación de la Ley Nº 29806 y su Reglamento, en el Sector Justicia y Derechos Humanos” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0137-2014-JUS Lima, 9 de abril de 2014