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El Peruano Jueves 10 de abril de 2014 520739 del Trabajo ha consolidado las solicitudes de prórroga de dependencias judiciales transitorias, realizando la evaluación en base a la información estadística registrada y disponible en los sistemas informáticos del Poder Judicial, y concluye que por el número de ingresos de expedientes, carga procesal pendiente y producción jurisdiccional, resulta necesaria la prórroga de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de los Distritos Judiciales de Piura, Lima Norte, Lima, La Libertad, Cusco, Arequipa, Junín, Ica, Tacna y Lambayeque. Asimismo, se recomienda que, con apoyo del Equipo Técnico Distrital Laboral y la Presidencia de la Corte Superior de Justicia, los referidos órganos transitorios alcancen una producción jurisdiccional adecuada, tomando en consideración el estándar de producción establecido en la Resolución Administrativa N° 245-2012-CE-PJ y el informe de estándares elaborado por el Equipo Técnico Institucional. Cuarto. Que los numerales 24, 25 y 26 del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 201- 2014 de la octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzáles, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas, sin la intervención del señor De Valdivia Cano por encontrarse de licencia. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, hasta el 30 de abril de 2014, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios: DISTRITO JUDICIAL DE PIURA • Primera Sala Laboral Transitoria de Piura DISTRITO JUDICIAL DE ICA • Juzgado Especializado de Trabajo Transitorios de Chincha Alta • Juzgado Especializado de Trabajo Transitorios de Ica • Juzgado Especializado de Trabajo Transitorios de Nazca. DISTRITO JUDICIAL DE AREQUIPA • Tercer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Arequipa. • Cuarto Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Arequipa. • Sala Laboral Transitoria de Arequipa. DISTRITO JUDICIAL DE CUSCO • Primer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorios de Cusco • Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Transitorios de Cusco DISTRITO JUDICIAL DE LIMA • Sexto Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Lima • Sétimo Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Lima DISTRITO JUDICIAL DE LAMBAYEQUE • Tercer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Chiclayo. DISTRITO JUDICIAL DE JUNÍN • Primer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Junín. DISTRITO JUDICIAL DE LIMA NORTE • Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Independencia DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD • Tercer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Trujillo. • Quinto Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Trujillo. DISTRITO JUDICIAL DE TACNA • Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Tacna. • Sala Laboral Transitoria de Tacna. Artículo Segundo.- Los Jueces a cargo de los órganos jurisdiccionales materia de prórroga de funcionamiento, a fi n de mes, sin perjuicio de la información que debe registrarse en los sistemas informáticos de la institución, informarán directamente al Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, sobre el estado situacional de su dependencia jurisdiccional, siguiendo el modelo de informe que se adjunta, bajo apremio que se ponga a conocimiento de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de su Distrito Judicial. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Piura, Lima, Lima Norte, La Libertad, Cusco, Arequipa, Tacna, Junín Lambayeque e Ica; así como, a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente Nota: El Modelo de Informe, está publicado en el Portal Web del Poder Judicial: www.pj.gob.pe. (Enlace del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, página principal, ícono de Resoluciones Administrativas). 1072051-2 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juez Supernumeraria del 1° Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de Lima y disponen permanencia del Juez Supernumerario del 6° Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 136-2014-P-CSJLI/PJ Lima, 9 de abril de 2014 VISTOS: La Resoluciones Administrativas N° 131,134 y 135 - 2014-P-CSJLI/PJ, de fechas 31 de marzo, 07 y 08 de abril del presente año respectivamente. y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso número 92204-2014, la doctora Rosario Alfaro Lanchipa, Juez Titular del Primer Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de Lima, solicita se programen sus vacaciones pendientes de goce por el periodo del 10 al 22 de abril del presente año, para atender asuntos personales. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Primer Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de Lima; y conforme a las Resoluciones Administrativas de Vistos disponer la permanencia del Juez Supernumerario a cargo del Sexto Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho.