Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2014 (05/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Martes 5 de agosto de 2014

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Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 1436 del Codigo Civil, la forma de la transmision, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en funcion del acto que sirve de base a la cesion y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, estando a lo dispuesto por el articulo 1436 del Codigo Civil, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision de 22,9/13,2 kV del Pequeno Sistema Electrico Namballe, existente, senalada en el primer considerando de la presente Resolucion a ELECTRO ORIENTE S.A., la que debera inscribir el Contrato de Cesion de Posicion Contractual a que se refiere el tercer considerando de la presente Resolucion, asi como el texto de esta MORDAZA, en el Registro de Concesiones para la Explotacion de los Servicios Publicos, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 305-2014-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 1436 del Codigo Civil, en el MORDAZA parrafo del articulo 53 y en el articulo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la transferencia de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, en la Linea de Transmision de 22,9/13,2 kV del Pequeno Sistema Electrico Namballe, existente, ubicada en el distrito de Namballe, provincia de San MORDAZA y departamento de MORDAZA, detallada a continuacion, que efectua ELECTRONORTE S.A. a favor de ELECTRO ORIENTE S.A., por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion:
Salida/ Llegada Tension Pequeno Sistema Electrico Namballe (kV) C.H. Namballe ­ Namballe C.H. Namballe ­ Mariscal MORDAZA Namballe ­ Pto. Internacional de la Balsa 22,9 13,2 13,2 Fases Trifasico Monofasico MRT Monofasico MRT Longitud (km) 1,99 1,61 4,64

mencionado en la parte considerativa de la presente Resolucion, asi como en las Escrituras Publicas que originen el Contrato de Concesion N° 029-94-01 y el Addendum N° 6 al Contrato de Concesion N° 029-94. Articulo 6.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada a los concesionarios dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme al articulo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 7.- MORDAZA de la presente Resolucion Suprema sera notificada a ELECTRONORTE S.A. y adjuntada a su Expediente N° 15018393. Articulo 8.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1118765-4

Aprueban transferencias de concesiones definitivas para desarrollar actividades de transmision de energia electrica en los departamentos de MORDAZA y Amazonas, que efectua ELECTRONORTE S.A. a favor de ELECTRO ORIENTE S.A.
RESOLUCION SUPREMA Nº 057-2014-EM MORDAZA, 4 de agosto de 2014 VISTO: El Expediente Nº 14122502, organizado por Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A., sobre la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision de 22,9/13,2 kV del Pequeno Sistema Electrico Namballe, existente, y la solicitud de transferencia de dicha concesion a favor de Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Oriente S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11000601 del Registro de Personas Juridicas de la MORDAZA Registral Nº IV ­ Sede Iquitos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 039-2005EM, publicada el 24 de junio de 2005, se otorgo a favor de ELECTRONORTE S.A. la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision de 22,9/13,2 kV del Pequeno Sistema Electrico Namballe, existente, ubicada en el distrito de Namballe, provincia de San MORDAZA y departamento de MORDAZA, aprobandose el Contrato de Concesion Nº 245-2005; Que, mediante las Cartas Nº G-458-2014 y Nº G602-2014 ingresadas con los registros Nº 2385725 y Nº 2390474, el 21 de MORDAZA de 2014 y 08 de MORDAZA de 2014, respectivamente, ELECTRO ORIENTE S.A. solicito se apruebe a su favor la transferencia de la concesion definitiva descrita en el primer considerando de la presente Resolucion; Que, como sustento de la solicitud, presento el Contrato de Cesion de Posicion Contractual suscrito el 12 de febrero de 2014, mediante el cual ELECTRONORTE S.A. cede a favor de ELECTRO ORIENTE S.A., su posicion contractual en el Contrato de Concesion Nº 2452005, a fin de que esta MORDAZA asuma todos los derechos y obligaciones comprendidos en dicho Contrato;

Articulo 2.- Tener como titular de la concesion mencionada en el articulo 1 de la presente Resolucion a ELECTRO ORIENTE S.A., quien asumira en esta oportunidad todos los derechos y obligaciones que le corresponde de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento, y demas normas legales y tecnicas aplicables, asi como el Contrato de Concesion Nº 245-2005. Articulo 3.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme al articulo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1118765-5

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