Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2014 (05/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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adquisiciones registradas conforme a lo dispuesto en el literal anterior. q) Base imponible de las adquisiciones gravadas que no dan derecho a credito fiscal y/o saldo a favor por exportacion, por no estar destinadas a operaciones gravadas y/o de exportacion. r) Monto del impuesto general a las ventas y/o impuesto de promocion municipal correspondiente a las adquisiciones registradas conforme a lo dispuesto en el literal anterior. s) Valor de las adquisiciones no gravadas. t) Monto del impuesto selectivo al consumo, en los casos en que el sujeto pueda utilizarlo como deduccion. u) Otros tributos y cargos que no formen parte de la base imponible. v) Importe total de las adquisiciones registradas segun comprobantes de pago. w) MORDAZA de cambio utilizado conforme lo dispuesto en las normas sobre la materia. x) En el caso de las notas de debito o las notas de credito, adicionalmente, se MORDAZA referencia al comprobante de pago que se modifica, para lo cual se debera registrar la siguiente informacion: i) Fecha de emision del comprobante de pago. ii) MORDAZA de comprobante de pago (segun la tabla 10 de la Resolucion de Superintendencia Nº 234-2006SUNAT). iii) Numero de serie del comprobante de pago o de la maquina registradora, segun corresponda. iv) Numero del comprobante de pago, en forma correlativa por serie o por numero de serie de la maquina registradora, segun corresponda. El monto ajustado de la base imponible y/o del impuesto o valor, segun corresponda, senalado en las notas de credito, se consignara respectivamente, en las columnas utilizadas para registrar los datos vinculados a las adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportacion; adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportacion y a operaciones no gravadas y adquisiciones gravadas destinadas a operaciones no gravadas. El monto de la base imponible y/o impuesto o valor, segun corresponda, senalados en las notas de debito, se consignaran respectivamente en las columnas indicadas en el parrafo anterior. y) Numero de comprobante de pago emitido por el sujeto no domiciliado en la utilizacion de servicios o adquisiciones de intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda.

El Peruano Martes 5 de agosto de 2014

En estos casos se debera registrar la base imponible correspondiente al monto del impuesto pagado y el referido impuesto. Dicha informacion se consignara, segun corresponda, en las columnas utilizadas para senalar los datos vinculados a las adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportacion; adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportacion y a operaciones no gravadas y adquisiciones gravadas destinadas a operaciones no gravadas. z) Fecha de emision de la MORDAZA de deposito de detraccion, cuando corresponda. aa) Numero de la MORDAZA de deposito de detraccion, cuando corresponda. bb) MORDAZA del comprobante de pago sujeto a retencion, cuando se MORDAZA optado por registrar dicha informacion. cc) Estado o indicador de la operacion, segun la codificacion del anexo 4 que se aprueba en el articulo 13. Articulo 3º.- DE LA GENERACION DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS Y DEL REGISTRO DE COMPRAS ELECTRONICOS Y DE LA ANOTACION DE OPERACIONES EN LOS MISMOS Sustituyase los literales b.2), b.5) y el MORDAZA parrafo del literal d) del numeral 8.1.1 y el literal b.2) del numeral 8.1.2 del articulo 8º de la resolucion, por los siguientes textos: "Articulo 8º.- DE LA GENERACION DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS Y DEL REGISTRO DE COMPRAS ELECTRONICOS Y DE LA ANOTACION DE OPERACIONES EN LOS MISMOS 8.1 Generacion de los registros electronicos 8.1.1 Registro de ventas e ingresos electronico (...) b) Sobre el ingreso de informacion (...) b.2) La informacion a ingresar sera la prevista en el numeral 7.1 del articulo 7º, con excepcion de la informacion senalada en los incisos a), b) y c) del citado numeral, la cual sera consignada automaticamente por el sistema. (...) b.5) Debera incluirse a los comprobantes de pago y notas de debito y de credito anulados, en cuyo caso, solo

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