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El Peruano Jueves 14 de agosto de 2014 529966 PAPELETAS PENDIENTES POR COBRAR AREA PAPELETA SALDO TRANSPORTE 4690 3,807,171.63 COACTIVO 4900 2,707.178.82 TOTAL 9,590 6,514,330.45 INFRACCIÓN TRANSPORTE COACTIVO TOTAL N° PAP TOTAL N° PAP TOTAL N° PAP TOTAL M 1,807 2,473,090.19 1369 1,912,126.85 3,176 4,385,217.04 G 2,213 656,371.74 1950 561,707.83 4,163 1,218,079.57 L 249 37,415.00 136 19,658.00 385 57,073.00 TRANSPORTE 421 640,274.70 1445 213,686.14 1866 853,960.84 TOTALES 4,690 3,807,151.63 4,900 2,707,178.82 9590 6,514,330.45 Que, pese a los benefi cios a la infracciones vehicular se ha observado en los cuadros estadísticos que presenta la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, que las infracciones de codifi cación M no se reducen; esto debido a que los montos elevados que no están acorde con la economía de los vecinos de la Provincia de Barranca; debiéndose tener en cuenta el alto costo de vida que hace difícil la convivencia que satisfaga necesidades urgentes y, que, en el aspecto tributario los incentivos juegan un rol importante para el cobro de sus acreencias, por lo que igual tratamiento deberán tener las acreencias de obligaciones no tributarias como las provenientes de multas por infracciones al tránsito; siendo así, es posible Aprobar la Ordenanza Municipal que “Benefi cios de Descuento a Papeletas por Infracción Vehicular al tránsito”, es el siguiente contexto: - 95% de descuento a Infracciones de codifi cación "M" de vehículos menores - 83% de descuento a Infracciones de codifi cación "M" de Vehículos mayores - 70% de descuento a Infracciones de codifi cación "G" y "L" de vehículos menores - 50% de descuento a Infracciones de codifi cación "G" y "L" de Vehículos mayores Que, considerando el artículo 304° del D.S. 016-2009- MTC - Reglamento Nacional de Transito establece que “Las sanciones que se impongan por infracciones a las disposiciones del presente reglamento, son aplicadas a la autoridad municipal provincial de la jurisdicción donde estas se cometen”, asimismo el artículo 306° de la referida norma establece que “La sanción pecuniaria puede ser reducida o dejada sin efecto a criterio de la Autoridad Municipal competente en caso de existir atenuante que guarde relación con la falta cometida”. Que, mediante el Informe N° 098-2014-SADH-EC-(e.)- MPB, de fecha 11 de julio del 2014, la Ofi cina de Ejecutoria Coactiva, hace suyo el proyecto de Ordenanza Municipal Propuesto por la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, y propone adicionar un benefi cio especial para los discapacitados. Que, mediante Informe N° 070-2014-GPP/MPB, de fecha 15 de julio del 2014, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, concluye que el proyecto de ordenanza es procedente, por lo cual, no requiere para su implementación recursos presupuestales adicionales. Que, mediante Informe N° 0931-2014-OAJ/MPB de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, e Informe N° 062- 2014-GM/MPB de la Gerencia Municipal, opinan que es Viable aprobar el presente proyecto de Ordenanza que establece “Benefi cios a Papeletas por Infracción Vehicular”, recomendando su elevación al Pleno de Sesión de Concejo. Que, sometido a debate, luego de las deliberaciones correspondientes, de conformidad con el artículo 9º numeral 8 y Art. 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el pleno de concejo de la Municipalidad Provincial de Barranca con el voto por MAYORIA de sus miembros y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Actas, aprobó la siguiente: ORDENANZA DE BENEFICIOS DE DESCUENTO A PAPELETAS DE INFRACCIÓN VEHICULAR AL TRANSITO Artículo 1°.- CONCEDER, el benefi cio de Descuento por Infracción Vehicular al tránsito del 95% del monto insoluto por papeletas de infracción de vehículos Menores de codifi cación “M”. Asimismo, CONCEDER el benefi cio de Descuento por Infracción Vehicular al tránsito del 83% del monto insoluto por papeletas de infracción de vehículos mayores de codifi cación “M”. Artículo 2°.- CONCEDER, el benefi cio de Descuento por Infracción Vehicular al tránsito del 70% del monto insoluto por papeletas de infracción de vehículos Menores de codifi cación “G” y “L”. Asimismo, CONCEDER el benefi cio de Descuento por infracción Vehicular al tránsito del 50% del monto insoluto por papeletas de infracción de vehículos mayores de codifi cación “G”y “L”. Artículo 3°.- OTÓRGUESE, un plazo de 30 días calendarios de aprobada la presente, para acogerse al Benefi cio, a toda infracción que fue generada antes de que entre en vigencia la presente ordenanza. Artículo 4°.- El presente Benefi cio, es APLICABLE a todas la Papeletas de Infracción Vehicular impuestas a los vehículos que se encuentran en cualquier etapa de cobranza sea cobranza administrativa o en cobranza coactiva, incluso a las sanciones fi rmes y hasta cuando se encuentren embargados los bienes de los obligados. Asimismo, todos los administrados que se encuentran con reclamo o recurso impugnatorio pendiente, deberán previamente desistirse del reclamo o recurso presentado, para poder acogerse al presente benefi cio. Artículo 5°.- AUTORICESE, al Alcalde Provincial, la facultad de ampliar en todo o en parte la presente ordenanza, mediante Decreto de Alcaldía. Artículo 6°.- ENCARGAR, a la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, a la Gerencia de Ejecutoria Coactiva, a la Subgerencia de Seguridad Vial y Fiscalización y a la Subgerencia de Estadísticas e Informática, el cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en la Casa Municipal, a los treinta días del mes de julio del dos mil catorce. ROMEL ULLILEN VEGA Alcalde Provincial 1122482-1