Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2014 (14/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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- Un Representante Regional del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil- RENIEC - Representantes de las Universidades Privadas - Representantes de la Universidad Nacionales - Representantes de Institutos Superiores - Representantes de los Programas Sociales del Gobierno Central que intervienen en la region - Representantes del CIAM - Representantes de CEM - Representantes de la DEMUNA - Representantes de CONADIS - Representantes de OREDIS - Representantes de las Comunidades Nativas de la Region - Representantes de organizaciones de mujeres - Representantes de organizaciones de base - Gobernador Regional o su representante. Podran formar parte las instituciones que realizan acciones en el MORDAZA de la Ley de Fortalecimiento de la Familia Nº 28542 y el MORDAZA Plan de Fortalecimiento de Familia 2013 ­ 2021. Articulo Tercero.- EL CONSEJO REGIONAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS FAMILIAS tendra por objeto la promocion de relaciones intra e interfamiliares saludadles, la proteccion de las familias y velar por el cumplimiento de las leyes politicas, decretos nacionales, regionales a favor de las familias en especial de las que se encuentran en situacion de pobreza extrema, riesgo, abandono o exclusion en el ambito regional; asi como su necesaria articulacion con las diversas autoridades, instituciones privadas, organismo cooperacion internacional, organizaciones no gubernamentales, organizaciones sociales de base, comunidades nativas y demas actores de la sociedad civil con el fin de elaborar, ejecutar, monitorear de manera participativa politicas, planes, programas y proyectos locales y regionales logrando el fortalecimiento y desarrollo integral de las familias en la Region Pasco. Articulo Cuarto.- Son funciones del EL CONSEJO REGIONAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS FAMILIAS: - Emitir opiniones consultivas, con la finalidad de generar compromisos y fortalecer las redes sociales para la elaboracion, ejecucion, monitoreo, conjunta de politicas, planes, programas y demas acciones orientadas a promover y proteger el desarrollo Integral de las familias, con especial enfasis en aquellas que se encuentran en situacion de vulnerabilidad, pobreza extrema, riesgo social, abandono y exclusion. - Promover la conformacion de los comites provinciales de fortalecimiento a las familias. - Implementar y transversalizar las politicas de fortalecimiento familiar en los diferentes ejes de desarrollo regional (economico, social, infraestructura, medio ambiente, gestion de los recursos naturales y otros), asi como en los objetivos del Plan Regional de Desarrollo Concertado y Plan Estrategico Institucional. - Promover la vigilancia ciudadana para la efectiva implementacion de las politicas regionales, ejecucion de programas sociales, proyectos de inversion publica y convenios suscrito por el Gobierno Regional a favor de las familias en situacion de pobreza extrema, riesgo social, abandono o exclusion. - Generar compromisos en las entidades, empresas publicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil en la region para fortalecer capacidades en la prevencion y solucion proactiva de conflictos intrafamiliares o en la MORDAZA familiar y demas espacios sociales o economicos. - Proponer estrategias comunicacionales orientadas a la promocion de relaciones intra e interfamiliares saludables y la proteccion de las familias en situacion de vulnerabilidad pobreza extrema, riesgo, abandono o exclusion en el ambito regional. - Promover acciones concretas contra la violencia fisica, psicologica y abuso sexual en el entorno familiar y comunitario. - Promover intervenciones orientadas al auto sostenimiento economico de las familias en situacion de vulnerabilidad, pobreza extrema, riesgo social o exclusion. - Promover la participacion activa y equitativa de las familias de las comunidades nativas de la region.

El Peruano Jueves 14 de agosto de 2014

- Elaborar y proponer Planes y/o Programa para el Fortalecimiento a la Familias en la region Pasco. Articulo Quinto.- OTORGUESE, un plazo no mayor de 60 dias para la instalacion del CONSEJO REGIONAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS FAMILIAS en la region Pasco, bajo responsabilidad de la Gerencia Regional de Desarrollo Social. Articulo Sexto.- INSTITUCIONALIZAR EL DIA NACIONAL DE LA FAMILIA, el MORDAZA MORDAZA de Setiembre de cada ano en el MORDAZA de la Ley Nº 23465; debiendose promover actividades locales y regionales en coordinacion con los diferentes sectores e instancias del Gobierno Regional, los gobiernos locales y sociedad civil organizada, bajo la responsabilidad de la Gerencia Regional de Desarrollo Social. Articulo Septimo.- FACULTAR a la Gerencia de Desarrollo Social a fin de que preside el Consejo Regional de Fortalecimiento de las Familias asi mismo, disponer la elaboracion del Diagnostico Situacional de Familias de la Region Pasco a traves del referido consejo; el mismo que servira para la elaboracion del Plan Regional de Fortalecimiento de las Familias. Articulo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social incorporar la promocion de relaciones intra e interfamiliares saludables y la proteccion de las familias con enfasis en las familias que se encuentran en situacion de pobreza extrema, riesgo, abandono o exclusion en el Plan de Desarrollo de Capacidades, Plan Operativo Institucional y demas instrumentos del Gestion del Gobierno Regional. Articulo Noveno.- RESPONSABILIZAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la DIFUSION de la presente Ordenanza en las Provincias y Distritos a fin que se implementen las acciones respectivas, de acuerdo a las funciones y competencias exclusivas, compartidas y delegadas que les corresponde conforme a ley. Articulo Decimo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el diario oficial "El Peruano" y en el diario de mayor circulacion de la Region y en el MORDAZA del Gobierno Regional de conformidad a lo dispuesto en el articulo 42º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional Pasco, para su promulgacion. En la Provincia de Pasco, a los veintiocho dias del mes de MORDAZA del dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los veintiocho dias del mes de MORDAZA del dos mil catorce. KLEVER U. MORDAZA MORDAZA Presidente 1122255-1

Declaran la Lucha contra la Trata de Personas en la Region Pasco
ORDENANZA REGIONAL Nº 349-2014-G.R.PASCO/CR Cerro de Pasco, 28 de MORDAZA 2014. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco, en Sesion Ordinaria de fecha veintitres de MORDAZA del dos mil catorce.

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