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El Peruano Jueves 14 de agosto de 2014 529962 49º al 53º PREMIO EXPRIMIDORES 5 54º al 56º PREMIO OLLAS ARROCERAS 3 57º PREMIO VENTILADOR 1 58º al 87º PREMIO VALES DE CONSUMO 30 III. De las reglas para participar en el Sorteo Público Tributario Se tendrán en cuenta las siguientes reglas: 3.1 Condiciones mínimas a. Participarán todos los contribuyentes (Personas Naturales) que hasta las 12.00 pm del 16 de Agosto del presente año, hayan cancelado sus tributos Impuesto Predial y Arbitrios Municipales al 2014; debiéndose considerar también a los contribuyentes que hayan cancelado hasta la 2º cuota del Impuesto Predial y 7º cuota de Arbitrios Municipales del año 2014. 3.2 A más pagos más opciones a) Los Contribuyentes que cumplan con el pago total del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales tendrán las siguientes OPCIONES: - Haber cancelado los años del 2009 al 2014: (04) CUPONES - Haber cancelado todos los años anteriores al 2009: (02) CUPONES b) El contribuyente puntual podrá tener un máximo de 06 CUPONES. 3.3 Limitaciones: El contribuyente no podrá ser acreedor de más de un premio, en caso de ser sorteado más de una vez, podrá elegir el premio de mayor valor que haya sido favorecido por el Sorteo. El Alcalde, Regidores y Funcionarios de la Municipalidad no podrán participar del sorteo; así como Personas Jurídicas. IV. Del Procedimiento del Sorteo 4.1 Los vecinos participantes del sorteo, integrarán el Padrón de Participantes Hábiles, debidamente verifi cados por la Sub Gerencia de Tecnología de Información y de Comunicación y por la Subgerencia de Recaudación. El que será publicado en la Página Web de la Municipalidad y en el panel que se colocará en el frontis del Palacio Municipal, en las siguientes secuencias: Pre publicación el 08 de Agosto y la Publicación defi nitiva el 16 de Agosto a las 12:00 horas. Se considera Vecino Participante aquel contribuyente puntual, persona natural o Sociedad Conyugal, propietaria de inmuebles ubicados dentro del distrito de Independencia, registrado ante la Administración Tributaria, que cumpla con los requisitos establecidos en el Numeral III de la presente base. El contribuyente que participe en el sorteo lo hará de forma gratuita y automática. 4.2 La emisión de los cupones será a través del sistema informático, para todos los contribuyentes que cumplan condiciones mínimas establecidas en el punto 3.1; en la cantidad de cupones que les corresponda de acuerdo a lo indicado en los incisos del punto 3.2. 4.3 La entrega de los cupones del sorteo será de la siguiente manera: Se emitirán los cupones los cuales luego de verifi cación por el Notario serán depositados en el ánfora. 4.4 El día 16 de Agosto de 2014 el Notario Público, procederá a la verifi cación y tendrá a su disposición la Base de Datos de contribuyentes hábiles para participar en el sorteo, así como todos los cupones que se muestren en la relación de los contribuyentes hábiles y que entraran en el ánfora del sorteo. 4.5 El Sorteo Público se desarrollará con las siguientes características: a) Todos los cupones de los contribuyentes hábiles al sorteo entrarán al ánfora, los cuales serán verifi cados por el Notario Público. b) Se solicitará a un menor de edad que se encuentren entre el público para que extraiga un cupón hábil al sorteo y que pasara a ser el premiado. c) Se llamará al ganador y se efectuará la entrega del premio en el mismo acto, en el caso que esté presente. d) El Notario Público dará fe de los números que salgan sorteados, de cada número ganador, de la entrega de los premios y de los premios que queden en cartera pendientes de entrega por no encontrarse los ganadores en el mismo acto los cuales serán notifi cados a efectos de programar una nueva fecha de entrega de Premios, la misma que será publicada, a fi n de que se cumpla con el protocolo que norma el sorteo. V. De los Ganadores y entrega de premios Los que resulten ganadores, deben acreditar su identidad mediante Documento Nacional de Identidad, Carnet de Extranjería y otros según corresponda. Es condición ineludible que el contribuyente ganador tenga correctamente declarado su predio. La entrega es personal, previa verifi cación de la cuenta corriente del contribuyente ganador, pudiendo ser ésta realizada en el día del sorteo, de encontrarse presente el ganador, contando con la conformidad del Notario. De no encontrase presente el ganador, la entrega se realizará en la ofi cina de la Gerencia de Rentas en nueva fecha debidamente programada, cuyo código de contribuyente corresponda al número ganador, mediante Acta de Entrega del Premio con la suscripción y asentamiento de huella digital del índice derecho del contribuyente favorecido. Si el contribuyente ganador no recoge el premio obtenido dentro de los sesenta (60) días después de realizado el sorteo, perderá todo derecho de reclamar entrega alguna. VI. De los Casos Especiales en la Entrega de Premios En caso que el contribuyente, cuyo código corresponda al número ganador, hubiere fallecido, podrán solicitar la entrega del premio, quienes acrediten ser herederos mediante Sucesión Intestada o Declaratoria de Heredero, poder o autorización de los demás integrantes de la Sucesión para recibir los premio o en su defecto los herederos puedan acreditar la fi liación mediante las respectivas Actas de Nacimiento y/o partida de matrimonio en el caso de la cónyuge supérstite. Adicionalmente, en estos casos, previo a la entrega del premio, los herederos deberán haber regularizado la condición de propiedad y situación tributaria, mediante el procedimiento correspondiente ante la Sub Gerencia de Administración Tributaria. En caso de que el ganador se encontrase impedido de asistir personalmente a recoger el premio obtenido, podrá efectuarlo a través de un tercero debidamente premunido de la autorización correspondiente, mediante poder simple. La persona autorizada se apersonará portando el poder descrito y original de su Documento Nacional de Identidad y original y copia del DNI del otorgante del poder. Cualquier circunstancia no contemplada en estas bases, será resuelta por la Gerencia de Rentas, sin que su decisión sea objeto de queja o impugnación. VII.- Del plazo para recoger los premios Los ganadores del sorteo podrán recoger los premios dentro de los (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de realizado el evento. Dicho plazo es improrrogable. VIII.- De la Relación de Ganadores La publicación de los contribuyentes ganadores de los premios sorteados, será al día hábil siguiente del evento y, será a través de los siguientes medios: - Listados en las sedes de la Municipalidad de Independencia. - Listados en la Página Web de la Municipalidad de Independencia. IX.- De la Organización y Difusión del Sorteo La organización del evento del Primer Sorteo Público Tributario denominado “TU MUNICIPALIDAD PREMIA TU PUNTUALIDAD” estará a cargo de la Gerencia de Rentas y sus Subgerencias que la conforma, las mismas que se