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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (14/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 64

El Peruano Jueves 14 de agosto de 2014 529954 De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- INCORPORAR la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima, al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, respecto al acervo documentario de la sección de Nacimientos que comprende a los libros de actas y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de los años 1986 - 1990; así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera; la cual se hará efectiva a partir del día Viernes 15 de Agosto de 2014. Artículo Segundo.- DISPONER que la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima, mantenga la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales l), m), n), y q) del artículo 44º de la Ley Nº 26497; a que hace referencia la Resolución Jefatural Nº 510-2010-JNAC/RENIEC de fecha 09 de Junio de 2010, en lo que respecta al acervo documentario relativo a la sección de Nacimientos que conserva en su archivo registral y que aún no ha sido incorporado a RENIEC; quedando facultada a expedir copias certifi cadas de dicho acervo documentario. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima, para el traslado del acervo documentario de la sección Nacimientos que comprende a los libros de actas y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de los años 1986 - 1990, así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera, al RENIEC, en cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497 y el artículo primero de la presente Resolución Jefatural. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a las Gerencias de Procesos de Registros Civiles, de Operaciones Registrales, de Imagen Institucional y de Asesoría Jurídica la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. ANA CASTILLO ARANSAENZ Jefe Nacional (e) 1123253-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a AFP Habitat la apertura de agencia de atención al público, ubicada en el departamento de la Libertad RESOLUCIÓN SBS N° 4879-2014 Lima, 25 de julio de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES PREVISIONALES Y DE SEGUROS VISTOS: La carta GG N°292-2014, recibida el 17.07.2014, presentada por la Administradora Privada de Fondos de Pensiones AFP Habitat, representada por su Gerente General, el señor Mariano Alvarez De La Torre Jara; y complementada mediante el Informe N° 91-2014-DSP, del Departamento de Supervisión Previsional. CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud recibida con fecha 17 de julio de 2014, el señor Mariano Alvarez De La Torre Jara, en representación de AFP Habitat, solicita a esta Superintendencia se autorice a la citada Administradora Privada de Fondos de Pensiones, la apertura de su agencia de atención al público ubicada en el Centro Comercial Mall Aventura Plaza, local 103, Av. América Oeste N° 750, Urbanización El Ingeniero, Trujillo, Departamento de La Libertad; Que, la citada AFP ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura de la agencia de atención al público solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Previsional, mediante Informe N° 91-2014- DSP, de fecha 22 de julio de 2014; Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión Previsional, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modifi catorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF, y sus modifi catorias, la Resolución N° 053-98-EF/SAFP y sus modifi catorias, y la Resolución SBS N° 842-2012; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a AFP Habitat, la apertura de la agencia de atención al público ubicada en el Centro Comercial Mall Aventura Plaza, local 103, Av. América Oeste N° 750, Urbanización El Ingeniero, Trujillo, Departamento de La Libertad. Artículo Segundo.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese CARLOS IZAGUIRRE CASTRO Intendente General de Supervisión de Instituciones Previsionales y de Seguros 1122784-1 Autorizan a El Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. el cierre de oficina especial, ubicada en el departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN SBS N° 4953-2014 Lima, 1 de agosto de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES PREVISONALES Y DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa EL PACÍFICO VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., para que se le autorice el cierre de una oficina especial ubicada en la esquina de las calles Simón Bolívar y Mariscal Castilla N° 1396 y 1398, piso 2 y 3, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 1387-2012 de fecha 24 de febrero de 2012, se autorizó a El Pacífi co