Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2014 (21/08/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

530554
CONTROL DE CANES Y MASCOTAS Cod. Infraccion Por permitir pasear a su mascota, por adiestradores y paseadores NO autorizados por la Municipalidad. Por no contar con la autorizacion Sanitaria correspondiente para Clinicas Veterinarias, Centros de Experimentacion con canes y establecimientos de crianza, atencion, comercializacion y albergue de canes emitido por el Ministerio de Salud de acuerdo al D.S. Nº 013-2009-SA Por no presentar el Certificado de inicio y termino de Observacion de la mascota Abandonar en espacios publicos canes y felinos. Hacer sufrir a cualquier animal en forma que su salud y/o MORDAZA se ponga en peligro. Sacrificar canes o felinos con cualquier otra tecnica que no se la eutanasia realizada por un medico veterinario colegiado No mantener permanentemente en buen estado el area de banos de las mascotas, con evidencia de pelos, hongos, etc. Proc. Previo N.P. Monto Multa Medida Complementaria

El Peruano Jueves 21 de agosto de 2014

MORDAZA Legal

C-049

10% U.I.T.

C-050

N.P

40% U.I.T.

Ley Nº 26842 D.S. Nº 006-2002-SA D.S. Nº 013-2009-SA

C-051 C-052 C-053 C-054

M M M M

10% U.I.T. 20% U.I.T. 20% U.I.T. 20% U.I.T.

C-055

N.P.

20% U.I.T.

Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Deroguese todo dispositivo que se oponga a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1125915-1

Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 524-MSB, sobre "Beneficio de Regularizacion de Edificaciones y de construcciones temporales en el retiro municipal en el distrito de San Borja"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 017-2014-MSB-A San MORDAZA, 19 de agosto de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS, el Informe Nº 137-2014-MSB-GM-GDU de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de fecha 17 de MORDAZA de 2014; el Informe Nº 432-2014-MSB-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 25 de MORDAZA de 2014; el Memorandum Nº 852-2014-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 01 de agosto de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 524-MSB, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de MORDAZA del 2014, se establece el "Beneficio de Regularizacion de Edificaciones Ejecutadas sin Licencia de Edificacion y de construcciones temporales en el retiro municipal en el distrito de San Borja", cuyo objeto es establecer un beneficio temporal para la regularizacion de las edificaciones existentes dentro de la jurisdiccion de San MORDAZA y sobre las cuales no se ha hayan obtenido la correspondiente Licencia de Edificacion; Que, conforme al articulo 2º de la citada Ordenanza, para aquellas construcciones ejecutadas y culminadas despues de MORDAZA de 1999 hasta MORDAZA de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, asi como para aquellas construcciones efectuadas sobre retiro municipal hasta MORDAZA de entrada en vigencia la presente Ordenanza, el plazo de regularizacion vencera el 25 de MORDAZA de 2014; Que, la Primera Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 524-MSB, faculta al MORDAZA para que

mediante Decreto de Alcaldia pueda prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza; Que, mediante Informe Nº 137-2014-MSB-GMGDU, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA senala que se ha verificado la acogida de los administrados para la regularizacion de sus construcciones, pero que aun no se ha producido la regularizacion en todas las edificaciones construidas sin la correspondiente licencia de edificacion, por lo que resulta necesario ampliar el plazo para la formalizacion de las construcciones y que no se vean perjudicados con multas y sanciones de demolicion que corresponderia ejecutarse de no encontrarse vigente el beneficio de regularizacion; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica, a traves del Informe Nº 432-2014-MSB-GAJ, opina porque es viable la prorroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 524-MSB; Que, la Gerencia Municipal mediante Memorandum Nº 852-2014, propone la aprobacion de la prorroga solicitada; En uso de las facultades conferida en el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; con el visto MORDAZA de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Asesoria Juridica y Gerencia Municipal; DECRETA: Articulo 1º.- PRORROGAR hasta el 31 de octubre de 2014 el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 524-MSB, sobre ¨Beneficio de Regularizacion de Edificaciones y de construcciones temporales en el retiro municipal en el distrito de San Borja¨. Articulo 2º.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldia en el diario oficial El Peruano y encargar a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion su publicacion en el MORDAZA de Transparencia Institucional y MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas, asi como a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion en el Distrito. Articulo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, la Unidad de Obras Privadas y la Unidad de Control Urbano.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.