Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2014 (22/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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El Peruano Viernes 22 de agosto de 2014

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Dan caracter oficial al Taller Nacional "II Encuentro Nacional de Consejeros Regionales de Seguridad y Salud en el Trabajo", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 170-2014-TR MORDAZA, 21 de agosto de 2014 VISTOS: El Oficio Nº 505-2014-MTPE/3/15 de la Direccion General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo; el Oficio Nº 1114-2014MTPE/4/11 de la Oficina General de Administracion y el Informe Nº -2014-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, asi como diversos instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por el Peru, consagran el derecho a la MORDAZA y la salud de la persona; Que, la Comunidad MORDAZA de Naciones, de la cual el Peru es parte, establece en la Decision 584 y

su Reglamento, aprobado por Resolucion Nº 957, la obligacion de los Estados miembros de implementar una politica de prevencion de riesgos laborales y vigilar su cumplimiento; Que, el articulo 8 de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley Nº 29783, crea el Sistema Nacional de Seguridad y Salud, conformado por el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y los Consejos Regionales de Seguridad y Salud en el Trabajo, a fin de garantizar la proteccion de todos los trabajadores en este ambito; Que, el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, es la instancia MORDAZA de concertacion en materia de seguridad y salud en el trabajo, de naturaleza tripartita y adscrita al Sector Trabajo y Promocion del Empleo; mientras que los Consejos Regionales de Seguridad y Salud en el Trabajo son instancias de concertacion regional en materia de seguridad y salud en el trabajo, igualmente de naturaleza tripartita, correspondiendo al primero establecer el contenido y los alcances de la Politica Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, y a los segundos, aprobar los Programas Regionales de Seguridad y Salud en el Trabajo; Que, con fecha 01 de MORDAZA de 2013, se aprobo por consenso la Politica Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, cuyo primer objetivo especifico del Eje de Accion Nº 6, referido al fomento del dialogo social, consiste en "Fortalecer las instancias de dialogo social nacional, regional y local en seguridad y salud en el trabajo"; Que, el literal a), numeral 8.2) del articulo 8 la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, establece que una de las funciones compartidas por el Sector con los gobiernos regionales es garantizar y promover el ejercicio de los

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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