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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (22/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

El Peruano Viernes 22 de agosto de 2014 530576 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Conforman Segunda Sala Contenciosa Administrativa y designan Jueces Supernumerarios en diferentes Órganos Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 240-2014-P-CSJLI/PJ Lima, 21 de agosto de 2014 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso número 383241-2014 la doctora Rosario Del Pilar Encinas Llanos, Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Contenciosa Administrativa de Lima, solicita se le conceda licencia con goce de haber a partir del 21 de agosto del presente año, toda vez que será intervenida quirúrgicamente. Que, mediante la razón que antecede se pone en conocimiento el sensible fallecimiento de la señora madre de la doctora Carmen Alicia Sánchez Tapia, Juez Titular del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Lima el día 19 de agosto del presente año, por lo cual la referida Juez tomará la licencia pertinente por el periodo que corresponda, a partir de la referida fecha. Que, mediante el ingreso número 390167-2014, la doctora Delcy García Román, Juez Titular del 29º Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima solicita hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce por el periodo de 10 días a partir del 25 de agosto al 03 de setiembre del presente año. Que, estando a lo expuesto en los considerandos anteriores, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de los diversos órganos jurisdiccionales, y proceder a la designación de los Jueces conforme corresponda. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora JUANA CELIA RIOS CHU, Juez Titular del 19º Juzgado Especializado de Familia de Lima, como Juez Superior Provisional de la 2º Sala Contenciosa Administrativa de Lima a partir del 22 de agosto del presente año y mientras dure la licencia de la doctora Encinas Llanos, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: SEGUNDA SALA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA Dr. Rómulo Torres Ventocilla Presidente Dra. Mercedes Isabel Manzanares Campos (T) Dra. Juana Celia Ríos Chu (P) Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora ROXANA ISABEL PALACIOS YACTAYO, como Juez Supernumeraria del 19º Juzgado Especializado de Familia de Lima, a partir del 22 de agosto del presente año y mientras dure la promoción de la doctora Ríos Chu. Artículo Tercero.- DESIGNAR a la doctora NELLY JANET CARHUACHIN SICCHA, como Juez Supernumeraria del 2º Juzgado Especializado de Familia de Lima, a partir del 22 de agosto del presente año y mientras dure la licencia de la doctora Sánchez Tapia. Artículo Cuarto.- DESIGNAR a la doctora MARITZA ROSARIO SOLIS POLO, como Juez Supernumeraria del 29º Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima, a partir del 25 de agosto del presente año, y mientras duren las vacaciones de la doctora García Román. Artículo Quinto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Unidad Ejecutora de esta Corte Superior, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente 1126922-1 Amplían el plazo de vigencia de la nómina de profesionales y/o especialistas inscritos en el Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 0870-2014-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, dieciocho de agosto del año dos mil catorce//. I. ANTECEDENTES: La Resolución Administrativa Nº 0700-2013-P- CSJLIMASUR/PJ, expedida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur y el Informe Nº 045-2014-SJ-CSJLIMASUR/PJ, del 12 de agosto de 2014 (Correlativo Nº 2014-382253). II. FUNDAMENTOS: 1. Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 0700-2013-P-CSJLIMASUR/PJ de fecha 29 de agosto de 2013, aprobó la Nómina de Profesionales y/o Especialistas inscritos en el Registro de Peritos Judiciales – REPEJ – de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur correspondiente al periodo 2013; asimismo, con efectividad desde el 01 de setiembre del 2013 hasta el 31 de agosto del 2014. 2. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 351- 98-SE-T-CME-PJ, que aprueba el Reglamento de Peritos Judiciales, prescribe en su Artículo 9, “Los Colegios Profesionales y/o las Instituciones representativas, deberán presentar noventa días antes del inicio del año judicial la relación de postulantes, con lo que se iniciará el proceso de evaluación y selección, el cual concluirá antes del inicio del año judicial”. 3. Así también, conforme lo señala el artículo 10º, del Reglamento antes citado, que, “Los Colegios Profesionales y las Instituciones representativas de cada actividad u ofi cio debidamente constituidas, una vez concluido el proceso de evaluación y selección, remitirán a la Presidencia de la Corte Superior de su Jurisdicción la nómina de sus miembros que consideren idóneos para el cargo de Perito Judicial, dentro de los treinta días naturales anteriores al inicio del año judicial. 4. Asimismo, el artículo 21º del Reglamento de Peritos, señala “Anualmente el Profesional o Especialista inscrito en el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ), deberá revalidar su inscripción previo pago del derecho correspondiente...”. 5. Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 265-2012-CE-PJ, dispone el procedimiento de inscripción y reinscripción de Perito Judicial en cada distrito judicial, el mismo que debe realizarse anualmente. 6. Que, mediante Informe Nº 045-2014-SJ- CSJLIMASUR/PJ, la Jefa de la Ofi cina de Servicios Judiciales pone en conocimiento que conforme aparece