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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (28/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 25

El Peruano Jueves 28 de agosto de 2014 531111 RELACIONES EXTERIORES Declaran de interés nacional la realización del 14° Periodo de Sesiones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (XIV UNCTAD) en el año 2016, sus actividades y eventos conexos DECRETO SUPREMO N° 036-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo – UNCTAD, creada en 1964 mediante Resolución 1995 (XIX) para asuntos relacionados con el comercio, las inversiones y el desarrollo, es un órgano de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas – ONU, siendo el Perú país miembro desde su creación; Que, la UNCTAD es el único órgano de la ONU competente en materia de comercio y desarrollo, que tiene como objetivo la integración de los países en desarrollo en la economía mundial, a fi n de consolidar progresivamente su legitimidad mediante la publicación de trabajos que buscan orientar el debate y la refl exión actual sobre la política general del desarrollo, buscando de manera particular que las políticas nacionales y la acción internacional concurran al desarrollo sostenible; Que, conforme a la práctica de dicha organización internacional, cada cuatro años se reúne la Conferencia Ministerial de la UNCTAD a fi n de establecer el mandato de la organización para los próximos cuatro años, según lo establecido en el inciso 2 de la Sección II de la Resolución 1995 (XIX) de la Asamblea General de la ONU; Que, la realización del 14º Periodo de Sesiones de la Conferencia Ministerial de la UNCTAD se realizará en la ciudad de Lima, República del Perú en el año 2016, tal como fue acordado por la Junta de Comercio y Desarrollo de la UNCTAD en su 27º periodo extraordinario de sesiones (A/68/15, Parte II), en la que mediante Decisión 517 (S-XXVII), se aceptó el ofrecimiento del Perú para ser país sede; Que, asimismo, mediante Resolución A/C.2/68/L.29, la Segunda Comisión de la Asamblea General de la ONU tomó nota del informe de la Junta de Comercio y Desarrollo sobre su 27º período extraordinario de sesiones, y de la decisión que en él fi gura, y acogió con beneplácito el ofrecimiento del Gobierno del Perú para organizar el 14º período de sesiones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo en el año 2016; Que, en ese contexto, corresponde al Estado peruano participar, en su calidad de país anfitrión, en la preparación, organización y realización del 14º período de sesiones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo en el año 2016 (XIV UNCTAD), así como de las actividades y eventos conexos que se desarrollen antes, durante y después de las citadas Sesiones; por lo que resulta conveniente declarar de interés nacional la realización de los mismos; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 y en el inciso 7 del artículo 6 de la Ley Nº 29357 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, el ámbito de competencia de dicho Ministerio es la Política Exterior, las Relaciones Internacionales y la Cooperación Internacional, por lo que tiene como función el conducir la organización de los eventos ofi ciales a celebrarse en el país que corresponden a Jefes de Estado, Jefes de Gobierno y Ministros de Relaciones Exteriores; Que, las Conferencias Ministeriales de la UNCTAD cuentan con la participación de diversos Jefes de Estado, Jefes de Gobierno, Ministros de Relaciones Exteriores y Ministros de Comercio de los Estados miembros de la UNCTAD; Que, dado que la representación de la República del Perú ante la ONU se encuentra dentro del ámbito de competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores, le corresponde a dicho sector la preparación, organización y realización del 14º Período de Sesiones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (XIV UNCTAD) en el año 2016; Que, de otro lado, el artículo 35 de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que a través de la creación de los denominados Grupos de Trabajo en las entidades del Poder Ejecutivo se busca desarrollar funciones diferentes a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes; Que, en ese marco, resulta necesario llevar a cabo las coordinaciones de manera integral, intersectorial e intergubernamental, entre las instituciones nacionales que tendrán vinculación directa con el desarrollo de dichos eventos; por lo que corresponde constituir un Grupo de Trabajo Multisectorial, de carácter temporal, liderado y adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado de la preparación, organización y realización del 14º Período de Sesiones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (XIV UNCTAD) en el año 2016, así como de las actividades y eventos conexos que se desarrollen antes, durante y después de las mencionadas Sesiones; Que, de otro lado, la realización del 14º Período de Sesiones de la UNCTAD implicará el ingreso de bienes para consumo y de bienes sujetos al régimen de admisión temporal para reexportación, con el fin de cumplir a cabalidad con los compromisos adquiridos por el Gobierno de la República del Perú, para su organización; Que, en ese orden de ideas, la Ley Nº 29963 - Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional, prevé la facilitación de trámites aduaneros y el ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales, como la presente conferencia intergubernamental, siempre que el evento sea declarado de interés nacional por el Poder Ejecutivo, mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, en virtud de los argumentos expuestos, resulta prioritario declarar de interés nacional la realización de dicho evento internacional, y disponer la creación del Grupo de Trabajo Multisectorial, de carácter temporal, encargado de la preparación, organización y realización del mismo, así como de las actividades y eventos conexos que se desarrollen antes, durante y después de las citadas Sesiones; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en la Ley N° 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, en la Ley Nº 29963 - Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional; y, en uso de la facultad conferida en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Declaración de interés nacional Declárese de interés nacional la realización del 14º Período de Sesiones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (XIV UNCTAD) en el año 2016, así como de las actividades y eventos conexos que se desarrollen antes, durante y después de las mencionadas Sesiones, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima. Artículo 2.- Creación del Grupo de Trabajo Multisectorial Créase el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado de la preparación, organización y realización del 14º Período de Sesiones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (XIV UNCTAD) en el año 2016, así como de las actividades y eventos conexos que se desarrollen antes, durante y después de las mencionadas Sesiones. Artículo 3.- Conformación del Grupo de Trabajo Multisectorial El Grupo de Trabajo Multisectorial estará integrado por un representante titular y uno alterno, ambos con poder de decisión, de las siguientes instituciones: