Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2014 (01/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Lunes 1 de diciembre de 2014

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4. Disponer la valorizacion de todos los activos de la MORDAZA en Liquidacion. 5. Elaborar la relacion de asegurados cubiertos por el Fondo de Seguro de Depositos y, de ser el caso, remitirla al mencionado Fondo de conformidad con lo establecido en el articulo 154° de la Ley General. 6. Elaborar la relacion de acreedores de la MORDAZA en Liquidacion, con indicacion del monto, naturaleza de las acreencias y preferencia de que gozan de conformidad con el articulo 117° de la Ley General. 7. Comunicar a los arrendatarios de MORDAZA de seguridad y a las demas personas que de acuerdo a los libros de la MORDAZA en Liquidacion, MORDAZA propietarios de cualquier bien mantenido en MORDAZA, que deben proceder al retiro correspondiente en un plazo de sesenta (60) dias. 8. Mantener los recursos liquidos de la MORDAZA en Liquidacion en empresas de operaciones multiples clasificadas en las categorias "A" o "B", segun las normas vigentes sobre la materia. 9. Realizar las acciones necesarias para formalizar las garantias otorgadas a la MORDAZA en Liquidacion y levantar dichos gravamenes previa cancelacion de la deuda o la celebracion de la transaccion judicial o extrajudicial, cualquiera sea el caso. 10. Entregar la posesion de la totalidad de los bienes, libros, archivos y documentacion de propiedad de la MORDAZA en Liquidacion a la persona juridica encargada de la liquidacion o al liquidador designado por la Corte Suprema, segun corresponda. Mediante acta se dejara MORDAZA de la entrega. Dicha acta debera contener el inventario de lo entregado. 11. Los demas actos administrativos y laborales que requieran resolverse como parte de la administracion de la MORDAZA en Liquidacion. 12. Transferir los activos y/o pasivos de la MORDAZA en Liquidacion, bajo cualquier modalidad. 13. Realizar pagos a cuenta a los acreedores de la MORDAZA en Liquidacion, respetando la prelacion establecida en los articulos 117° y 118° de la Ley General. 14. Realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que resulten necesarios para la adecuada administracion de la MORDAZA en Liquidacion, facultades que incluyen las de abrir y cerrar cuentas corrientes y de ahorros, MORDAZA a plazo o no, obtener certificados y realizar todo otro MORDAZA de depositos e imposiciones sobre las cuentas corrientes de ahorro y de plazo; girar y endosar cheques en general, lo que incluye la emision de cheques sobre los saldos acreedores, emitir los documentos que fueren requeridos para realizar depositos y/o retiros, abrir y desdoblar y cancelar certificados a plazo, cobrarlos, endosarlos y retirarlos; y en general efectuar toda clase de operaciones que conlleven al cumplimiento del objetivo para el cual fueron designados. 15. Las facultades generales y especiales previstas en los articulos 74° y 75° del Codigo Procesal Civil; que incluye la capacidad de iniciar procesos judiciales en nombre de la MORDAZA en Liquidacion y continuar con los iniciados por la citada empresa en contra de terceros con las facultades establecidas en el articulo 29° del Reglamento; precisandose que tales facultades de representacion judicial, con las atribuciones y potestades generales que corresponden al representado, han sido otorgadas para todo el MORDAZA, incluso para los procesos cautelares, asi como la ejecucion de la sentencia y el cobro de costas y costos, legitimando a los representantes para intervenir en el MORDAZA en representacion de la MORDAZA en Liquidacion y realizar todos los actos que resulten necesarios en defensa de los intereses de la MORDAZA en Liquidacion. Igualmente, se precisa que las facultades especiales otorgadas permiten realizar todos los actos de disposicion de derechos sustantivos y demandar, reconvenir, contestar demandas y reconvenciones, desistirse del MORDAZA y de la pretension, allanarse a la pretension, conciliar, transigir, someter a arbitraje las pretensiones controvertidas en el MORDAZA, sustituir o delegar la representacion procesal y en los demas actos que exprese la Ley Registrese, comuniquese, publiquese y transcribase a los Registros Publicos para su correspondiente inscripcion. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1171624-1

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 2965-2014 de fecha 21.05.2014, esta Superintendencia dispuso el sometimiento a regimen de intervencion de la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA (en adelante, la MORDAZA en Liquidacion), por encontrarse incursa en la causal de intervencion prevista en el numeral 2 del articulo 104° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y modificatorias (en adelante, la Ley General); Que, mediante Resolucion SBS Nº 3028-2014 de fecha 21.05.2014, esta Superintendencia declaro la disolucion e inicio del correspondiente MORDAZA liquidatorio de la MORDAZA en Liquidacion, designandose a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Raygada y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, o en caso de ausencia de alguno de ellos, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representantes del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (en adelante, los representantes del Superintendente) para que realicen todos los actos necesarios para llevar adelante el referido proceso; de conformidad con lo establecido en el articulo 19° de Reglamento de los Regimenes Especiales y de la Liquidacion de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado mediante Resolucion SBS N° 455-99 y modificatorias (en adelante, el Reglamento). Que, en aplicacion de lo dispuesto en el articulo 21° del Reglamento, mediante Resolucion SBS N° 4590-2014 de fecha 18.07.2014, se faculto a los representantes del Superintendente a transferir los activos y/o pasivos de la MORDAZA en Liquidacion, bajo cualquier modalidad; Que, adicionalmente, mediante Resolucion SBS N° 4891-2014 de fecha 30.07.2014, se precisaron las facultades otorgadas a los representantes del Superintendente mediante Resolucion SBS N° 3028-2014; asi como, en los articulos 74° y 75° del Codigo Procesal Civil; Que, asimismo, en aras de atender el pago de las obligaciones de la MORDAZA en Liquidacion a la mayor brevedad posible, mediante Resolucion SBS N° 67532014 de fecha 10.10.2014, se faculto a los representantes del Superintendente para que procedan a realizar pagos a cuenta a los acreedores de la MORDAZA en Liquidacion, respetando la prelacion establecida en los articulos 117° y 118° de la Ley General; Que, se ha determinado que se requiere designar a una persona adicional como representante del Superintendente para que, ante la ausencia de cualquiera de los representantes del Superintendente MORDAZA designados, pueda indistintamente actuar con las mismas facultades otorgadas y senaladas en los considerandos de la presente Resolucion; Con el visto MORDAZA de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General. RESUELVE: Articulo Unico .- Facultar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Florido, identificado con DNI N° 09162702, para que, ante la ausencia de cualquiera de las personas facultadas en virtud de la Resolucion SBS Nº 3028-2014, pueda realizar indistintamente todos los actos necesarios para llevar adelante el MORDAZA de liquidacion, conforme lo establece el Reglamento de los Regimenes Especiales y de la Liquidacion de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado mediante Resolucion SBS Nº 0455-99, cuyas facultades comprenden las siguientes: 1. Tomar inmediata posesion de la totalidad de los bienes de la MORDAZA en Liquidacion, ordenando que se les entregue los titulos, valores, contratos, libros, archivos, documentos y cuanto fuere propiedad de esta. 2. Elaborar, desde el inicio del MORDAZA de liquidacion, el balance general asi como el estado de ganancias y perdidas correspondiente, de conformidad con las disposiciones pertinentes emitidas por esta Superintendencia. 3. Disponer la realizacion de un inventario de todos los activos de la empresa, incluyendo el de los correspondientes documentos de sustento, debiendo elaborarse el respectivo listado por triplicado, uno para la MORDAZA en Liquidacion, otro para la persona juridica liquidadora y otro para la Superintendencia.

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