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El Peruano Lunes 1 de diciembre de 2014 539080 carácter particular cuando la ley así lo exija, o la autoridad haya agotado las acciones que correspondan para la notifi cación personal del acto; Que, con los documentos del visto, la Gerencia de Transporte Urbano advierte una relación de documentos que no pudieron ser notifi cados personalmente, en cumplimiento de lo establecido en los numerales 21.1 y 21.2 del artículo 21º de la Ley Nº 27444; por lo que corresponde que estos sean publicados en vía subsidiaria en el diario ofi cial El Peruano conforme lo prescrito en el numeral 23.1.2 de la Ley N° 27444; Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución Política del Perú, la Ley, y el Derecho dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el numeral 1.1. del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publicar en el diario ofi cial El Peruano los documentos que atienden las solicitudes de los administrados, de acuerdo al siguiente detalle: DOCUMENTO: RESUELVE: NOTIFICAR A: Res. de Gerencia N° 203-2014-MML/GTU (18.07.2014) (Ref.: D.S. Nos. 76683- 2011, 144076-2011, 66231-2012, 78931- 2013,99301-2013 y Exp. N° 180323-2013) ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la creación de la REZNA, de acuerdo a la siguiente Ficha Técnica: RUTA ZN-005 Distrito de Origen : CARABAYLLO Distrito de Destino : PUENTE PIEDRA ITINERARIO IDA Av. Panamericana Norte Av. San Juan de Dios Av. Saco Rojas Av. S/N (Centro Poblado San Pedro de Carabayllo) ITINERARIO VUELTA Av. S/N (Centro Poblado San Pedro de Carabayllo) Av. Saco Rojas Av. San Juan de Dios Av. Panamericana Norte AV. Lecaros TIPOLOGÍA REQUERIDA: Microbús o camioneta Rural. FLOTA REQUERIDA: Flota Operativa: 13 Flota Reten: 01 Flota Total: 14 LONGITUD DE RECORRIDO: Longitud de ida: 8.Km. Longitud de vuelta: 8.Km. Longitud total: 16 Km. VELOCIDAD PROMEDIO: 15 Km/h. INTERVALO DE PASO: 5 min. PARADERO INICIAL: Ca. S/N (Altura C.P. San Pedro) PARADERO FINAL: Óvalo Puente Piedra. ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer la publicación de la Ficha Técnica de la REZNA creada en el Artículo 1° de la presente Resolución en el diario ofi cial “El Peruano” por el plazo de dos (02) días. ARTÍCULO TERCERO.- Encárguese a la Subgerencia de Tecnologías de la Información la publicación del contenido de la presente resolución en el portal web de la Gerencia de Transporte Urbano por el plazo de cinco (05) días. ARTÍCULO CUARTO.- Notifíquese la presente resolución a la Municipalidad Distrital de Carabayllo, al Centro Poblado de San Pablo, a la Asociación de Vivienda Monterrico de San Pedro de Carabayllo, a la Central General de Organizaciones Sociales San Pedro de Carabayllo y a la Empresa de Transportes y Servicios Múltiples Lomas de Zapallal S.A. Centro Poblado de San Pedro. DOCUMENTO: RESUELVE: NOTIFICAR A: Res. de Gerencia N° 199-2013-MML/GTU (18.06.2013) (Ref.: D.S. Nos 46917- 2012, 64497-2012 y 175154-2012) ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la creación de la REZNA, de acuerdo a la siguiente Ficha Técnica: RUTA ZN-002 Distrito de Origen : ANCÓN Distrito de Destino : ANCÓN ITINERARIO IDA Ca. S/N (Zona El Mirador) Ca. S/N Ca. Moyobamba Ca. Rioja Ca. San Martin Ca. Trujillo Av. 11 de enero Av. Industrias Unidas Variante Pasamayo. Ov. Ancón (Término de media vuelta) ITINERARIO VUELTA Ov. Ancón Variante Pasamayo Av. Industrias Unidas Av. 11 de enero Ca. Trujillo Ca. San Martin Ca. Rioja Ca. Moyobamba Ca. S/N Ca. S/N (Zona El Mirador) TIPOLOGÍA REQUERIDA: Microbús o camioneta Rural. FLOTA REQUERIDA: Flota Operativa: 14 Flota Reten: 01 Flota Total: 15 LONGITUD DE RECORIIDO: Longitud de ida: 8.52 Km. Longitud de vuelta: 8.52 Km. Longitud total: 17.04 Km. VELOCIDAD PROMEDIO: 15 Km/Hr. INTERVALO DE PASO: 5 min. PARADERO INICIAL: Ca. S/N (Zona El Mirador) - Ancón PARADERO FINAL: TÉRMINO DE MEDIA VUELTA: Ov. Ancón – Ancón ESTACIONAMIENTO INICIAL: ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer la publicación de la Ficha Técnica de la REZNA creada en el Artículo 1° de la presente Resolución en el diario ofi cial “El Peruano” por el plazo de dos (02) días. ARTÍCULO TERCERO.- Encárguese a la Subgerencia de Informática la publicación del contenido de la presente resolución en la página web de la Gerencia de Transporte Urbano por el plazo de cinco (05) días. ARTÍCULO CUARTO.- Notifíquese la presente resolución a la Asociación Popular Las Lomas de Ancón, al Sr. Florentino Sulca Herrera, a la Asociación Pro Vivienda Villas de Ancón y a la Municipalidad Distrital de Ancón. Asociación Pro Vivi- enda Villas de Ancón. Carta N° 492- 2014-MML/GTU (23.10.2014) (Ref.: Exp. N° 268077- 2014) Indica que con relación al Exp. N° 268077- 2014 de fecha 24 de setiembre del 2014, a través del cual interpone recurso de reconsideración contra el Acta de Control N° C679694. Al respecto, indica que conforme lo preceptúa la Décimo Novena Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N° 1769-MML, el Servicio de Administración Tributaria – SAT es el órgano competente para atender decho pedido, por lo que en aplicación de lo establecido en el artículo 75° numeral 3) de la Ley N° 27444, se remitió el referido a dicha entidad a fi n que emita pronunciamiento de acuerdo a sus competencias. Ronald Vega Rojas Artículo 2º.- Establecer que los administrados, sus representantes o sus abogados, pueden acceder a los documentos detallados en el Artículo 1° de la presente Resolución, en la ofi cina en que se encuentre el expediente, de conformidad con lo establecido en el artículo 160° de la Ley N° 27444.