Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2014 (01/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Lunes 1 de diciembre de 2014

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la Ordenanza N° 1613, Ordenanza que crea el Sistema Integrado de Transporte Publico de MORDAZA Metropolitana, aprueba el Plan Regulador de Rutas y modifica el MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en lo que corresponde a la Gerencia de Transporte MORDAZA, a fin de garantizar la reforma del transporte publico MORDAZA que viene llevandose a cabo con la implementacion del Corredor N° 3: Tacna- Garcilaso- Arequipa. Articulo Segundo.RECORDAR que las autorizaciones de rutas del servicio de transporte publico regular de personas, asi como sus modificaciones efectuadas con motivo de la implementacion del Sistema Integrado de Transporte de MORDAZA, y las concesiones del servicio de transporte MORDAZA en los corredores complementarios otorgadas por el Instituto Metropolitano Protransporte de MORDAZA, fueron otorgadas de acuerdo a las competencias de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en estricto cumplimiento de la normatividad vigente. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe), el mismo dia de la publicacion en el Diario Oficial. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa 1171663-1

de las autorizaciones se encuentra supeditada a la implementacion de los componentes del SIT, de acuerdo con lo establecido en el Plan Regulador de Rutas, pudiendo ser modificadas, dejadas sin efecto o canceladas conforme a la implementacion gradual de los servicios del sistema"; Que, en ese sentido mediante la Resolucion del Comite Especial de los Corredores Complementarios N° 002-2013-MML/IMPL/CECC de fecha 20 de enero de 2014, se otorgo la buena pro en la Licitacion Publica N° 001-2012-MML-IMPL para la Concesion del Servicio Publico de Transporte de Pasajeros de los Corredores Complementarios del Sistema Integrado de Transporte de MORDAZA y adjudicacion de los Paquetes de Servicios de los Corredores Complementarios del Sistema Integrado de Transporte; Que, asimismo, es importante senalar que mediante la Resolucion de Gerencia N° 100-2014-MML/GTU, de fecha 24 de marzo de 2014, se aprobo la creacion de 85 rutas y 32 servicios para los Corredores de Integracion las Rutas de Aproximacion y se autorizo la conformacion de un Comite Especial para cada uno de los grupos de licitacion; Que, de conformidad con lo expuesto, resulta evidente que las diversas fases de implementacion del Sistema Integrado de Transporte se han venido ejecutando de acuerdo a la normatividad vigente, teniendo como hoja de ruta lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1613. Es necesario precisar que dentro de las particularidades de esta implementacion se advirtio que dada la proximidad territorial y poblacional existente entre las circunscripciones territoriales de MORDAZA Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, se determino la necesidad de iniciar las acciones para determinar el Area MORDAZA Continua y la conformacion del Regimen de Gestion Comun del servicio de transporte publico, de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Transporte ­ Ley Nº 27181, asi como en el Decreto Supremo Nº 0172009-MTC ­ Reglamento Nacional de Administracion de Transporte; Que, como consecuencia de ello, funcionarios de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la Municipalidad Provincial del Callao suscribieron documentos denominados Acta de Acuerdo Nº 001-2004 de fecha 19 de MORDAZA del 2004 y el Acta de Acuerdo Nº 001-2010-MMLMPC de fecha 22 de noviembre de 2010, los cuales son documentos que expresan la intencion de los organos de linea de MORDAZA comunas por solucionar la problematica de prestacion del servicio de transporte publico, los cuales tuvieron como finalidad asegurar la satisfaccion de la demanda de viajes entre MORDAZA provincias hasta la implementacion de un definitivo Regimen de Gestion Comun, dado que los referidos documentos no cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente al momento de su emision ni cumplen con la normativa actual; Que, asimismo, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 244, de fecha 03 de setiembre de 2012, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobo la conformacion de un Grupo de Trabajo que se encargaria de proponer el Area MORDAZA y plantear una propuesta de Acuerdo de Regimen de Gestion Comun del Transporte en la Provincia de MORDAZA y la Provincia del Callao, designando para tal efecto a sus representantes; motivo por el cual se solicito a la Municipalidad Provincial del Callao designar a los representante que integrarian el referido grupo de trabajo para los fines MORDAZA mencionados; Que, no obstante, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA debe continuar realizando las acciones necesarias, dentro del MORDAZA de sus competencias, para implementar los componentes del Sistema Integrado de Transporte, de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1613, a fin de viabilizar la reforma del transporte en MORDAZA Metropolitana; Que, de conformidad a lo dispuesto en los articulos 20º inciso 6) y 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- EXHORTAR a los operadores del transporte MORDAZA al cabal cumplimiento de

Disponen publicar documentos que atienden solicitudes de los administrados
GERENCIA DE TRANSPORTE MORDAZA RESOLUCION DE GERENCIA Nº 387-2014-MML/GTU MORDAZA, 19 de noviembre de 2014 VISTOS: Las Resoluciones de Gerencia Nos 2032014-MML/GTU de fecha 18 de MORDAZA del 2014, 199-2013MML/GTU de fecha 18 de junio del 2013; Carta N° 4922014-MML/GTU de fecha 23 de octubre del 2014, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del numeral 17.1 del articulo 17º de la Ley Nº 27181 ­ Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, prescribe que es competencia de las municipalidades provinciales emitir normas y disposiciones, asi como realizar los actos necesarios para la aplicacion de los reglamentos nacionales dentro de su respectivo ambito territorial; Que, el numeral 16.1 del articulo 16º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, indica que el acto administrativo es eficaz a partir de que la notificacion legalmente realizada produce sus efectos; Que, por su parte, el numeral 21.1 del articulo 21° de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, establece respecto al regimen de notificacion personal lo siguiente: "La notificacion personal se MORDAZA en el domicilio que conste en el expediente, o en el ultimo domicilio que la persona a quien deba notificar MORDAZA senalado ante el organo administrativo en otro procedimiento analogo en la propia entidad dentro del ultimo ano"; Que, el numeral 21.2 del articulo 21° de la Ley Nº 27444, indica que: "En caso que el administrado no MORDAZA senalado domicilio, la autoridad debe agotar su busqueda mediante los medios que se encuentren a su alcance, recurriendo a MORDAZA de informacion de las entidades de la localidad"; Que, en tal sentido el numeral 23.1.2 del articulo 23º de la Ley Nº 27444 prescribe que la publicacion de los actos administrativos se practica en via subsidiaria a otras modalidades, tratandose de actos administrativos de

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